viernes, 27 de junio de 2014

NUEVA LEY UNIVERSITARIA EN PERÚ

 Ley Universitaria: ¿Cuáles son los alcances de esta norma?
Se desactivará la ANR y el Conafu. Autógrafa irá hoy a Palacio de Gobierno. Ejecutivo tiene 15 días para promulgarla  Ley Universitaria: ¿Cuáles son los alcances de esta norma?
Imagen referencial (Foto: Dante Piaggio Díaz/ JORGE SALDAÑA RAMÍREZ @jlsaldanar
El Pleno del Congreso aprobó ayer, al cierre de la legislatura, la nueva ley universitaria. Si es promulgada hoy, su primer efecto será la creación de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu), que tendrá amplios e ilimitados poderes, que vulnerarían la hasta ahora vigente autonomía universitaria.
Esta nueva entidad reemplazará a la Asamblea Nacional de Rectores (ANR) y al Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades (Conafu), que serán desactivadas a partir de la vigencia de la nueva ley.
Según conoció El Comercio, la ANR alista una acción de constitucionalidad contra la norma. Además, algunas universidades presentarán sendas acciones de amparo.
Lo controvertido de la norma explica la ajustada votación. Fue aprobada con 55 votos a favor, 45 en contra y tres abstenciones. Y con 55 adhesiones, 48 votos en contra y cuatro abstenciones, fue exonerada de la segunda votación. Así, quedó lista para que sea promulgada por el presidente Ollanta Humala.
El presidente de la Comisión de Educación del Congreso, Daniel Mora (Perú Posible), negó que la nueva ley viole la autonomía universitaria, pero admitió que la Sunedu estará adscrita al Ministerio de Educación.
Ante ello, el pepecista Alberto Beingolea alertó: “¡Podrán decir lo que quieran! ¡Esta superintendencia será manejada por el gobierno de turno! ¡El superintendente lo nombra el ministro de Educación!”.
OTROS ASPECTOS
La futura ley le da amplias facultades al superintendente. Una de sus atribuciones es: “ejecutar las políticas y realizar las acciones necesarias para la correcta aplicación de los lineamientos técnicos aplicables al servicio en materia de educación superior universitaria que resulten de su competencia”. Para Beingolea, esto es peligroso. “En cualquier momento podrá venir alguien con ganas de tapar la libertad de crítica y de cátedra y lo podrá hacer porque tiene el mando total. ¡Aquí no ha habido racionalidad para votar en conciencia! ¡Se ha votado al caballazo, como se votó en la Comisión de Educación!”.  El texto –de 133 artículos y varias disposiciones transitorias– fue sancionado ayer sin debate, a pesar de que se trata de un nuevo documento respecto al que fue aprobado hace varios meses en la Comisión de Educación y del que se ventiló el miércoles en el pleno. El nuevo dictamen fue repartido a los 106 legisladores que estuvieron presentes en sus curules a las 9 de la mañana y tres horas después se votó. Eso sí, antes de la votación se archivaron tres pedidos para conseguir un meditado pronunciamiento parlamentario. Así, por ejemplo, no prosperó una cuestión previa para solicitar a la Comisión de Constitución que opine si es que la denominada Sunedu se ajusta  al marco constitucional.
LAS VOTACIONES
Gana Perú, Perú Posible y Acción Popular-Frente Amplio respaldaron la propuesta de ley. Se pronunciaron en contra los congresistas de Fuerza Popular, Partido Popular Cristiano, Solidaridad Nacional y Concertación Parlamentaria.  Los tres que se abstuvieron fueron el oficialista Hernán de la Torre, Wuiliam Monterola (Unión Regional) y Heriberto Benítez (antes de SN).
El vocero de Fuerza Popular, Héctor Becerril, alertó que la nueva ley tiene varios artículos inconstitucionales y pronosticó que no durará mucho tiempo. “¡Hay que esperar qué dice el Tribunal Constitucional!”, dijo.
¿CUÁLES SON LOS ALCANCES?
1. Para ser docente se requerirá tener maestría
Lo que pretende la Ley Universitaria es mejorar la calidad académica. Por eso se fija que uno de los requisitos para ejercer la docencia universitaria sea haber obtenido, por lo menos, una maestría. Las universidades tienen siete años para adaptarse a este requisito, que implicaría una mejora remunerativa para el docente.
 2. Aumenta de 15% a 25% el número de docentes a tiempo completo.
La nueva disposición obliga a que –en adelante– los centros superiores de estudios tengan como mínimo un 25% de docentes a tiempo completo. Esto busca favorecer la investigación científica, la producción editorial y la realización de asesorías a los alumnos que van a egresar de las aulas.
3. Se elimina el vicerrectorado de administración.
La nueva ley reemplaza  el vicerrectorado de administración por una gerencia, y crea el vicerrectorado de investigación. ¿Por qué? Porque así habrá fondos económicos para que las universidades compitan con proyectos educativos. El profesor investigador tendrá una remuneración extra equivalente al 50%.
4. Nuevas condiciones para obtener el bachillerato
Un estudiante universitario que termine sus ciclos de estudios no podrá obtener su título en ninguna universidad ajena a aquella en la que estudió. Existen universidades que solo dan títulos a nombre de la Nación. Sucedía que algunos alumnos estudiaban en Lima, se matriculaban en universidades alejadas y se titulaban.
5. Las nuevas universidades surgirán con requisitos
Para que exista una nueva universidad deberá contar con requisitos básicos de calidad. ¿Cuáles son? Infraestructura adecuada, personal docente adecuado. Actualmente existen centros superiores de estudios que funcionan en locales inapropiados, como garages. Habrá una evaluación de calidad a las 139 universidades.
 6. Se elimina el bachillerato automático

Para obtener el grado de bachiller el estudiante debe haber aprobado los estudios de pregrado y un trabajo de investigación así como un idioma extranjero, de preferencia inglés o una lengua nativa. Para el título profesional se requiere el grado de bachiller y la aprobación de una tesis o trabajo de suficiencia profesional. TOMADO DE ENVIO DEL COMERCIO DE PERU 

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