Propuestas para el desarrollo de una ganadería integrada al bosque chaqueño
Desde principios del
siglo XX en la región chaqueña se ha
desarrollado la ganadería
extensiva “bajo monte”. Muchas
familias campesinas e
indígenas que viven
en los
bosques del norte
de Argentina basan
gran parte de
su sustento en
la producción
vacuna y caprina. Cabe
señalar que en varios casos la acción sistemática y combinada durante años del
sobrepastoreo de los animales y la tala irracional produjo
una importante degradación
de los bosques. Sin
embargo, en general se mantuvo su biodiversidad, por lo que es
posible recuperarlos mediante un plan de manejo sustentable.
Pero desde mediados de la década de 1990 hubo un fuerte incremento en la
superficie
cultivada para soja;
y la ganadería
intensiva – cuya
producción históricamente se
concentraba en la
región pampeana – empezó a ser “corrida” hacia el norte del país,
propiciada por el bajo precio de la tierra.
Esto produjo un
importante aumento de
los desmontes y
el desarrollo de
sistemas
silvopastoriles,
considerados como una
opción de producción
ganadera intensiva y
forestal donde se
busca mantener en
pie a las
especies leñosas maduras
y se
implantan pasturas para el forraje, bajo un manejo
integral. Sin embargo,
la mayoría de los sistemas
silvopastoriles existentes en
la región
chaqueña son básicamente
ganaderos, donde el
componente forestal posee
una
importancia menor. Por otro lado, la experiencia indica que
generalmente el “desmonte
selectivo”, “desarbustado” o “desbajerado”, que muchas veces
se realiza con topadora,
resulta un desmonte en etapas o el paso previo al desmonte,
ya que son muy pocos
los árboles que
quedan en pie
y se elimina
el sotobosque, lo
que no garantiza
el
mantenimiento de los
servicios ambientales que
los bosques brindan
y su regeneración.
Algunas provincias están autorizando este tipo de sistemas
silvopastoriles en bosques
clasificados en la
Categoría II – Amarillo, donde según
la Ley Nacional de Bosques
(26.331) no pueden autorizarse desmontes y “podrán ser sometidos a los siguientes
usos: aprovechamiento sostenible, turismo, recolección e
investigación científica”. Cabe advertir
que el monitoreo de deforestación realizado por Secretaría de Ambiente
y Desarrollo Sustentable de la Nación (SAyDS) consideró a
gran parte de los sistemas
silvopastoriles como áreas desmontadas dado que “pierden su
funcionamiento como
ecosistema de bosque
y a su
vez se ven
disminuidos en gran medida
los servicios
ambientales que estos brindan. Estas zonas donde se practica
este tipo de manejo se localizan en su mayoría dentro de la Categoría II -
amarillo”. Resulta evidente que el
desarrollo de una ganadería integrada al bosque debe implicar
su manejo sostenible; el cual es definido por la Ley de
Bosques como “la organización,
administración y uso
de los bosques
nativos de forma
e intensidad que permita
mantener su biodiversidad, productividad, vitalidad,
potencialidad y capacidad
de
regeneración, para atender, ahora y en el futuro, las
funciones ecológicas, económicas
y sociales relevantes
en el ámbito
local y nacional,
sin producir daños
a otros
ecosistemas, manteniendo los Servicios Ambientales que
prestan a la sociedad”. En ese sentido,
frente a la
falta de garantías
en cuanto a
su sustentabilidad,
consideramos que para el desarrollo de una ganadería integrada al bosque (en
Categoría II –
Amarillo) debe aplicarse
el principio precautorio
y no deben
autorizarse en una escala que dificulte su correcta
ejecución y control. Para ello entendemos que deben tomarse como base los
requisitos establecidos en la
disposición N° 534/2012 de la Subsecretaría de Recursos
Naturales de la provincia del
Chaco. La misma fue el resultado de consultas con
organizaciones ambientalistas y de
desarrollo
rural, asociaciones de
productores, y técnicos
del Instituto Nacional
de
Tecnología Agropecuaria y de la SAyDS y establece:
• La superficie total
a autorizar no podrá superar las trescientas (300) hectáreas
boscosas por predio y se habilitará por tramos de hasta cien (100) hectáreas
boscosas. Podrá ser
ejecutado en un
área de hasta
el cincuenta (50%)
por
ciento de la
superficie boscosa del
inmueble. No se
ejecutará sobre las
márgenes de ríos y zonas lindantes a la Categoría I – rojo.
Se deberá presentar
un inventario forestal
y un plan
de manejo de, como mínimo,
cinco (5) años
respecto de las actividades ganaderas y forestales a
desarrollar.
• Para la remoción parcial de herbáceas,
ejemplares arbustivos y subarbustivos,
como así también
de ejemplares arbóreos
defectuosos o enfermos,
se
permitirá el rolado
parcial de baja
intensidad, el cual
deberá garantizar la
persistencia de por
lo menos un
20% de especies
herbáceas y arbustivas. Queda prohibido
el uso de
topadoras. Se autorizará
únicamente el uso de
maquinarias de ancho de
trabajo menor a tres (3) metros y herramientas que
no produzcan arrastre de suelo, y rolos adecuados a la
potencia del tractor y al ancho de la pala.
• La
masa forestal resultante
será la que
contenga árboles dispersos
o
bosquetes de árboles, uniformemente distribuidos en toda el área de trabajo,
debiendo mantener
toda la superficie original del
dosel, los diferentes estratos
del bosque y
todas las clases
diamétricas presentes, conformadas
por todas
las especies arbóreas, arbustivas y herbáceas de la
zona a intervenir, y una cantidad no
inferior a 120
árboles mayores de 0,10 metros
de diámetro a la altura
del pecho (DAP) por hectárea intervenida.
• El aprovechamiento forestal
deberá realizarse sobre
los ejemplares que se
encuentren en diámetro
de corta, sobre
los malformados, enfermos y
viejos,
dejando los individuos
entre los 10
y 30 cm de
DAP. Siempre se aplicará
el criterio de dejar por al menos el 20% de los mejores árboles, de manera que sirvan como
semilleros actuales o
futuros para regeneración.
Si resultare
imposible llegar a cubrir el mínimo, es condición
indispensable la reforestación y/o
enriquecimiento, siguiendo la
proporcionalidad específica del
ambiente natural.
• El 10% del total de
la superficie destinada a pastorear deberá estar clausurada
a la entrada de ganado y dentro de un esquema de rotación.
Hasta tanto no se
compruebe que la regeneración de las especies que conforman el bosque se
haya instalado, la clausura no podrá ser levantada. La carga
ganadera deberá
ajustarse a la
capacidad productiva de
cada zona de
manera de evitar
los
efectos adversos sobre los ecosistemas. El sistema de
rotación planteado debe
asegurar la regeneración del bosque y su sustentabilidad. Para
el desarrollo de una ganadería integrada
al bosque (y sus históricos habitantes)
resulta fundamental cumplir con lo establecido por el
artículo 19 de la Ley de Bosques:
“todo proyecto de desmonte o manejo sostenible de bosques
nativos deberá reconocer
y respetar los
derechos de las
comunidades indígenas originarias
del país que
tradicionalmente ocupen esas tierras”; y por la Ley Nacional
26.160. Teniendo en cuenta que gran parte de
los bosques clasificados en la
Categoría II – Amarillo son
territorio y sustento
de comunidades indígenas
y campesinas,
consideramos
necesaria la oportuna
entrega de clara
y suficiente información
al
respecto y la realización de audiencias públicas previas a
su autorización. En referencia a la ganadería en bosques nativos que
actualmente realizan pequeños productores y
comunidades campesinas, el artículo 21
de la Ley
de Bosques determina que las
provincias deberán “implementar programas de asistencia técnica y
financiera a efectos de propender a la sustentabilidad de
tales actividades”. Finalmente, es clave
que la autoridad de aplicación realice
un periódico monitoreo de
las distintas instancias
de ejecución de
los planes de
trabajo y la
aplicación de
sanciones
acordes a la
magnitud de los
daños ocasionados por su mala
implementación, además de la restauración de los mismos.
3 La Ley Nacional 26.160 declara la emergencia en materia de posesión y
propiedad de las tierras que
tradicionalmente
ocupan las comunidades
indígenas originarias del
país, cuya personería
jurídica haya sido inscripta en el
Registro Nacional de Comunidades
Indígenas u organismo provincial competente o aquéllas preexistentes. enviado por hernan giardini
Lic. Hernán Giardini
Coordinador de la Campaña de Bosques
Forests Campaign Coordinator
No hay comentarios:
Publicar un comentario