domingo, 29 de enero de 2017

LEGALIZANDO LA MINERÍA INFORMAL EN PERU

Diez recomendaciones de la SPDA respecto a los nuevos decretos sobre minería informal e ilegal
Foto: Andina
•          Según especialistas de la SPDA, las nuevas normas destacan por su planteamiento en la simplificación administrativa, pero no atacan los problemas de fondo.
•          Asimismo, señalan que las disposiciones sobre el uso de equipos permitidos se deben reevaluar en base a criterios técnicos.
•          El alejamiento del Ministerio del Ambiente (Minam) en el tema de formalización minera y lucha contra la minería ilegal es otro de los cuestionamientos a las nuevas normas.
Revisa las diez recomendaciones aquí: https://goo.gl/WuqHKH
Ante la emisión de los nuevos decretos legislativos relacionados a la formalización de la minería informal y lucha contra la minería ilegal, por parte del Ejecutivo, la Sociedad Peruana de Derecho Ambiental (SPDA) presentó diez recomendaciones sobre dichas normas, con el fin de ajustar y mejorar estas nuevas disposiciones del Gobierno.
 Como se sabe, la minería informal y minería ilegal han tenido un crecimiento significativo desde mediados de la década pasada, sobre todo en la Amazonía. Esta situación ha generado una serie de impactos sociales, ambientales y económicos sobre el país que, desde el gobierno del presidente Toledo, han tratado de ser abordados de distintas maneras.
 Ante este panorama resulta necesario abordar este tema no solo resolviendo el problema que representa la burocracia en asuntos de formalización. Si bien los nuevos decretos presentan avances en materia de simplificación administrativa, aún no atacan con claridad y coherencia algunos problemas de fondo.
 Entre las recomendaciones, la SPDA opina que “no se debe ampliar el proceso de formalización minera hasta contar con mayor información sobre la situación actual”, tal como lo indica el DL 1293. Esto genera una amnistía para los mineros que no se acogieron al anterior proceso de formalización iniciado el 2012.
 “Antes de tomar este tipo de decisiones se requiere contar con información confiable sobre la situación de la minería informal e ilegal que permita hacer una estimación razonable de la población potencial y objetivo de la política de formalización. Para ello, se hace necesario realizar un censo minero”, explica Lenin Valencia, investigador del Programa de Asuntos Internacionales y Biodiversidad de la SPDA, agregando que el nuevo proceso de formalización debería priorizar a los mineros que iniciaron su formalización en el 2012.
 La superposición de derechos es otro tema que requiere una solución más integral, agrega la organización, ya que este problema es uno de los principales cuellos de botella para la formalización. Isabel Calle, Directora del Programa de Política y Gestión Ambiental indica al respecto: “Consideramos que deben fortalecerse los procesos de gestión y ordenamiento territorial en aquellos departamentos de la Amazonía donde existe mayor presencia de minería informal y posibilidad de un desarrollo futuro de esta actividad”.
 Otras recomendaciones tienen que ver con la ampliación del plazo de las concesiones, la reevaluación del uso de maquinaria permitida en base a criterios técnicos, y el alejamiento del Ministerio del Ambiente (Minam) en los trabajos destinados a la lucha contra la informalidad e ilegalidad minera que destruye importantes espacios de biodiversidad.
 Finalmente, la SPDA hace énfasis en que no se debe permitir la impunidad a los delitos de minería ilegal. “Una de las principales preocupaciones de la nueva regulación está vinculada a la impunidad que genera el régimen de exención de responsabilidad penal para el caso de minería ilegal”, explica Lenin Valencia.
 Como indica la norma, no será considerado ilegal aquel minero en proceso de formalización que no haya conseguido la autorización final por culpa de algún funcionario. Revisa las diez recomendaciones aquí: https://goo.gl/WuqHKH
 Contacto de prensa: Jaime Tranca / jtranca@spda.org.pe / 997788433
Ante la emisión de los nuevos decretos legislativos relacionados a la formalización de la minería informal y lucha contra la minería ilegal, por parte del Ejecutivo, la Sociedad Peruana de Derecho Ambiental (SPDA) presentó diez recomendaciones sobre dichas normas, con el fin de ajustar y mejorar estas nuevas disposiciones del Gobierno.
Como se sabe, la minería informal y minería ilegal han tenido un crecimiento significativo desde mediados de la década pasada, sobre todo en la Amazonía. Esta situación ha generado una serie de impactos sociales, ambientales y económicos sobre el país que, desde el gobierno del presidente Toledo, han tratado de ser abordados de distintas maneras.
 Ante este panorama resulta necesario abordar este tema no solo resolviendo el problema que representa la burocracia en asuntos de formalización. Si bien los nuevos decretos presentan avances en materia de simplificación administrativa, aún no atacan con claridad y coherencia algunos problemas de fondo.
 Entre las recomendaciones, la SPDA opina que “no se debe ampliar el proceso de formalización minera hasta contar con mayor información sobre la situación actual”, tal como lo indica el DL 1293. Esto genera una amnistía para los mineros que no se acogieron al anterior proceso de formalización iniciado el 2012.
 “Antes de tomar este tipo de decisiones se requiere contar con información confiable sobre la situación de la minería informal e ilegal que permita hacer una estimación razonable de la población potencial y objetivo de la política de formalización. Para ello, se hace necesario realizar un censo minero”, explica Lenin Valencia, investigador del Programa de Asuntos Internacionales y Biodiversidad de la SPDA, agregando que el nuevo proceso de formalización debería priorizar a los mineros que iniciaron su formalización en el 2012.
 La superposición de derechos es otro tema que requiere una solución más integral, agrega la organización, ya que este problema es uno de los principales cuellos de botella para la formalización. Isabel Calle, Directora del Programa de Política y Gestión Ambiental indica al respecto: “Consideramos que deben fortalecerse los procesos de gestión y ordenamiento territorial en aquellos departamentos de la Amazonía donde existe mayor presencia de minería informal y posibilidad de un desarrollo futuro de esta actividad”.
 Otras recomendaciones tienen que ver con la ampliación del plazo de las concesiones, la reevaluación del uso de maquinaria permitida en base a criterios técnicos, y el alejamiento del Ministerio del Ambiente (Minam) en los trabajos destinados a la lucha contra la informalidad e ilegalidad minera que destruye importantes espacios de biodiversidad.
 Finalmente, la SPDA hace énfasis en que no se debe permitir la impunidad a los delitos de minería ilegal. “Una de las principales preocupaciones de la nueva regulación está vinculada a la impunidad que genera el régimen de exención de responsabilidad penal para el caso de minería ilegal”, explica Lenin Valencia.

 Como indica la norma, no será considerado ilegal aquel minero en proceso de formalización que no haya conseguido la autorización final por culpa de algún funcionario. Tomado de envio en red foroba 

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