Reconocen a una
nueva comunidad de pueblos originarios en Corrientes
La zona de los
Esteros del Iberá concentran a varias de las comunidades de pueblos originarios
ya
reconocidos.
El Instituto
Nacional de Asuntos Indígenas reconoció a través de una resolución la
personería a la comunidad Ñu-Puhy. Se tratan de personas del Pueblo Guaraní que
están asentados en el departamento de Ituzaingó.
En Corrientes son
pocas las comunidades de pueblos originarios pese a la histórica vinculación de
la provincia con el pueblo Guaraní. Hoy en el Boletín Oficial de la Nación se
reconoció una más siendo al menos la tercera.
A través de la
Resolución 51-E/2017 el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI)
reconoció como Comunidad Indígena a los habitantes del paraje Ñu-Puhy del
departamento de Ituzaingó. Le otorgan personería jurídica y los aceptan como
miembros del Pueblo Guaraní.
La primera
comunidad reconocida en Corrientes fueron los habitantes de Yahaveré en 2013.
Se trata de un grupo de familias que habitan el departamento de Concepción en
zonas de los Esteros del Iberá que cobraron notoriedad por la polémica generada
en torno a los intentos de desalojo que sufrieron en los últimos años.
Así mismo existe
otra comunidad guaraní, los Mboi Kua de San Miguel, con Personería Jurídica con
Resolución del INAI 492.
Según supo
ellitoral.com.ar Ñu-Puhy llevaba varios meses de trabajo para el reconocimiento
como Comunidad Indígena. Existen otras poblaciones que también están tramitando
su resolución.
A continuación se
transcribe la resolución del INAI
Ciudad de Buenos
Aires, 04/04/2017
VISTO el artículo
75 inciso 17 de la Constitución Nacional, la Ley N° 23.302, su Decreto
Reglamentario N° 155/89, la Resolución de la ex SDS N° 4811/96, la Resolución
N° 96/13 y el expediente E- INAI-50599-2015 del registro del Instituto Nacional
de Asuntos Indígenas, y
CONSIDERANDO:
Que por el
expediente mencionado en el Visto, la Comunidad Indígena Ñu-Puhy, perteneciente
al Pueblo Guaraní, asentada en el paraje Ñu-Puhy, municipio Ituzaingó,
departamento homónimo, provincia de Corrientes, solicita la inscripción de su
personería jurídica en el Registro Nacional de Comunidades Indígenas que
funciona en la órbita de este Instituto Nacional de Asuntos Indígenas, de
acuerdo al artículo 75 inciso 17 de la Constitución Nacional.
Que la Comunidad
ha cumplimentado los requisitos del Anexo 1 de la Resolución de la ex SDS N°
4811/96: nota de solicitud de su personería jurídica, nombre y ubicación
geográfica, reseña que acredita su origen étnico-cultural e histórico,
descripción de sus pautas de organización y mecanismos de designación y
remoción de autoridades, nómina de integrantes y mecanismos de integración y
exclusión de sus miembros.
Que en virtud de
la Ley N° 23.302, su Decreto Reglamentario N° 155/89, y la Resolución de la ex
SDS N° 4811/96, corresponde la inscripción de la Comunidad Indígena Ñu-Puhy en
el Registro Nacional de Comunidades Indígenas.
Que la Dirección
de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos ha realizado
el control de legalidad del presente acto administrativo.
Que el suscripto
se encuentra facultado para el dictado de la presente en virtud de lo dispuesto
en la Ley N° 23.302 y su Decreto Reglamentario N° 155/89, Decreto N° 357/02 y
modificatorios y Decreto N° 284/16.
Por ello,
EL PRESIDENTE
DEL INSTITUTO
NACIONAL DE ASUNTOS INDÍGENAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.-
Inscríbase, en los términos y alcances establecidos en la Constitución Nacional
de la República Argentina, la personería jurídica de la Comunidad Indígena
Ñu-Puhy, perteneciente al Pueblo Guaraní, asentada en el paraje Ñu-Puhy,
municipio Ituzaingó, departamento homónimo, provincia de Corrientes, en el
Registro Nacional de Comunidades Indígenas, la cual ostenta una posesión
comunitaria sobre las tierras que ocupa tradicionalmente en un ámbito rural.
ARTÍCULO 2°.-
Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y oportunamente archívese. — Raúl
Eduardo Ruidiaz.
e. 11/04/2017 N°
22408/17 v. 11/04/2017 TOMADO D E EL LITORAL DE CTES AR
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