viernes, 25 de septiembre de 2009

CORRIENTES pedido de modificación a ley de bosques


La Asociación ecologista rio Mocoretá presento en el día de la fecha 25/09/09 en ambas Cámaras Legislativas un proyecto de modificación de la ley de bosques de la provincia-
En la HCD, no se le dio número de expediente sino que firma una señora Cristina Barea la recepción con la fecha; en el H Senado se presento como nota 120 expediente numero 2.
La argumentación y las modificaciones sugeridas dicen:
Señores Legisladores
La ley de bosques nativos 5175, define los bosques, condiciona la explotación, determina la preservación; creemos que es necesaria pero no suficiente.
También está vigente la ley 4736 de parques la cual creemos es necesario modificar a efectos de modernizar y adecuar a los estándares internacionales, sobre todo teniendo en cuenta la expansión de las áreas cultivadas y los efectos del cambio climático, que están determinando pérdida de biodiversidad a velocidades importantes.
EL desarrollo trae la necesidad de utilizar los recursos naturales aceleradamente, nuestro atraso en industrialización trae como consecuencia directa que se exploten recursos naturales, que son procesados en el exterior, y devueltos, des pues de agregarle mano de obra, a mejores precios para el uso de nuestra gente, este singular método de transferencia de medio ambiente viene ejerciéndose por mucho tiempo, y trae como consecuencia un aumento de la pobreza que tratamos de solucionar con mas explotación de medio ambiente, transformándose el sistema en un círculo vicioso que expulsa materia prima, se mueve con la inyección de materia elaborada , la que se paga con materia prima, y así sucesivamente.
Desde el punto de vista ecológico, ciertamente no ecologista, este ciclo tiene como costo la pérdida de biodiversidad y de calidad de vida de nuestra gente, y se está volviendo in sustentable; se está extrayendo más de lo que el ecosistema produce.
Si lo viéramos desde el punto de vista ecologista y conservacionista se está cambiando el ecosistema radicalmente y la conclusión es la misma se está anulando la biodiversidad, se está forzando al que los hombres de cómo hacer ese trabajo.
Nuestra provincia nos tiene como visitantes invasores desde hace uno 500 años, al hombre blanco y a sus animales domésticos, siendo los principales exponentes la vaca y el caballo, también hemos traído e implantado con la técnica agrícola al trigo,ecosistema a tratar de cicatrizar, con lo que pierde fuerza para mantenerse estable, debido al impacto permanente ejercido por las actividades extractivas.
Es dificultoso cambiar el modelo pero se pueden hacer algunas pequeñas acciones que garanticen a futuro el mantenimiento de la biodiversidad, que no se puede saber qué precio tiene, en términos de capitalismo, sea este de privados o de estados.
Una de las maneras es hacer un Arca de Noé, y congelar adecuadamentemuestras de todos los seres vivos que componen el ecosistema de la región, cuestión que puede dar o no resultado, que puede tener un alto costo de comienzo y mantenimiento.
La segunda forma es mantener lugares, como parques donde esté prohibido intervenir, como ya está previsto en la ley de bosques 5175, es decir reservar lugares símbolos estratégicamente seleccionados, en los cuales la biodiversidad prosperara siguiendo los ritmos de la naturaleza que sabe un poco más   soja, arroz, eucaliptus, y otras cuantas especies, muchas de las cuales han sido fundamentales para conducir nuestro desarrollo a formas de mayor bienestar social, sin duda, no debemos preocuparnos, la humanidad desde el fondo de su historia ha peregrinado buscando mejorar su vida y vemos que no vamos a parar, es nuestro impulso, así estamos buscando la manera de colonizar no solo todo el planeta sino satélites y planetas.
Sin duda la conservación de aéreas biológicas estarán dejando el material en evolución constante y lista para ayudar a cicatrizar ecosistemas adyacentes cuando hayamos producido suficiente daño al usarlos.
El mundo ha desarrollado técnicas de conservación, las Oficinas FAO, han trabajado mucho en este sentido y están trabajando, pero las prioridades políticas están apuntando permanentemente a solucionar problemas coyunturales y no estratégicos.
Es importante, siguiendo a Romeo Carnevalli, ingeniero agrónomo, de conocida trayectoria en el ámbito académico de la UNNE facultad de Agronomía, distinguido botánico, quien realizo un formidable libro llamado “Fitogeografía de la Provincia de Corrientes” donde se describe los diferentes ecosistemas y regiones fitogeografías de nuestra provincia, donde determina tres Distritos importantes y bien diferenciados:
<!--[if !supportLists]--> I. <!--[endif]-->Distrito oriental chaqueños
<!--[if !supportLists]--> II. <!--[endif]-->
<!--[if !supportLists]--> III. <!--[endif]-->Distrito Ñandubay
<!--[if !supportLists]--> IV. <!--[endif]-->
<!--[if !supportLists]--> V. <!--[endif]-->Distrito de campos correntinos misioneros
<!--[if !supportLists]--> VI. <!--[endif]-->
Los que a su vez se dividen en unidades:
I) 1) Sub distrito Correntino, con un sector de Parque chaqueños, caracterizado por sabanas (unidad fitogeografía 1 y 4) (con bosques esclerófilos, de Schinopis , quebrachos de la transición del bosque chaqueños ; complejos de vegetación palustres y acuática mezcladas con copernicas (palmeras)
2) parque mesopotámico o sabana de ñandubay, (unidades de 5 a 14)
Palmares de Sygrus como las de Colon ER, también copernicas, y bosques serófilas halófilas en depresiones.
II) 1) sub distrito higro hidrofitico , (unidad 15 ) con pajales, pirizales, Islas
2) sector de depresión Iberia con todas las características
III ) Sub distrito de sabana de Prosopis afinis , ñandubay, gramíneas, ríos,
Arroyos. (Unidades 16 a 18)
IV) malezales planicies con suelos húmedos, vegetación palustre, inmudables,
Sobre rio Uruguay (unidades de 19 a 21)
V) campos misioneros, sabana seca, bosques ribereños, bordes del rio Uruguay
Y Paraná (unidades de 22 a 26)
VI) malezal y pajal del Aguapey (unidades de 30 a 33)
Como se ve existen lugares de mucha diversidad, incluyendo aquellos donde no se ven arboles llamativos, rimbombantes, ostentosos, allí también existen numerosos seres vivos, de los que no sabemos casi nada y debemos conservar.
Hemos desembarcado hace 500 años, no sabemos que hemos destruido porque no sabemos que había, no sabemos que podemos destruir porque tampoco sabemos que hay.
La provincia tiene unos 8 millones de hectáreas, hay algunas pocas afectadas a parques; uno el Nacional Mburucuyá, de 17660 hectáreas. Y no hay ninguna más.
El área protegida se caracteriza por su alta biodiversidad, constituida por la presencia conjunta de tres regiones naturales: la chaqueña, el espinal y la selva paranaense. El Chaco Oriental está compuesto por un mosaico de bosques, palmares, pastizales, pajonales y esteros. Las especies más características de estos bosques son dos tipos de quebrachos -el colorado chaqueño y el blanco-, el urunday, y el viraró. En las zonas más bajas se desarrollan bosques de algarrobos acompañados de talas y palmeras caranday.
La Selva Paranaense aparece en forma de isletas de monte o "mogotes" con especies vegetales típicas como el alecrín, la palmera pindó, la caña tacuaruzú, el timbó y el laurel. Por último, el Espinal está representado por bosques xerófilos, palmares de yatay, estepas de gramíneas y pajonales.
Se encuentran además en el Parque más de 150 especies de aves lo que la hace un gran atractivo para la actividad ornitológica. Esto, acompañado por la gran variedad de fauna donde se pueden observarse carpinchos, yacarés, zorros, mulitas, guazunchos, gatos yaguarundí y monos carayá.
Algunas especies se encuentran en peligro de extinción como el aguará guazú, el lobito de río y el ciervo de los pantanos. En el Estero Santa Lucía, parte del cual protege este Parque, se han detectado una variada ictiofauna que incluye al dorado, el surubí y viejas de agua, entre otros.
Fue realizado gracias a la donación de tierras efectuada por el Dr. Troels M. Pedersen a la Administración de Parques Nacionales. Quien también dono una importante Biblioteca Personal al IBONE. Por su importante superficie y características naturales, se trata de un área representativa de los ambientes del noroeste correntino, en un excepcional estado de conservación. Constituye un importante refugio para la flora y fauna nativas.
Es un ejemplo, que no va a ser fácil de seguir, por lo que habrá que comprar tierras o escriturar algunas tierras fiscales para la provincia con la condición de que nadie pueda venderlas nunca.
También se tomo conciencia de la importancia del complejo Ibera, único en el mundo por la característica de regulación del nivel de aguas, con los embalsados y que desagota a los ríos Paraná y Uruguay; dejando pocos rio en la provincia que no tengan que ver con los esteros.
Con el objetivo de preservarlo, el Gobierno de la Provincia de Corrientes creó el 15 de abril de 1983 la Reserva Natural del Ibera, por ley 3771. Y se modifico con la ley 4736 y sus decretos reglamentarios; Según ella, sus límites son: al norte, la RN 12; al este la divisoria con los afluentes de los ríos Aguapey y Miriñay; al oeste la divisoria con los esteros, arroyos y afluentes del Paraná y principalmente el Batel-Batelito y al sur, la continuación de la divisoria del este, que separa el sistema de los afluentes de la margen derecha del Miriñay y al norte del Pay Ubre, con una superficie aproximada de 13.000 Km2, que significa el 14,6 % del territorio provincial.
La característica más importante es el embalsado, según bibliografía consultada.
Así el embalsado es la unidad funcional muy especial de los esteros y lagunas profundas que engloba conceptos edáficos y de flora, constituyendo una carpeta flotante de groso notable. Constituyendo el soporte de suelo los restos histosolicos de restos en diferentes estados de descomposición; iniciados posiblemente sobre flotantes como los camalotes. Fisonómicamente es un pajal o pirizal, compuesto al final por más de 50 especies, y se sostiene árboles y arbustos como ambay y curupí, dominando la typa dominguensis y algunas bacharis.
Las comunidades de plantas flotantes es también muy importante, desarrollada donde el agua permanece mucho tiempo, caracterizándose por plantas que tiene una parte sumergida, sus órganos de perpetuación, durante la estación desfavorable.
También hay una comunidad de plantas sumergidas en aguas trasparentes, que suelen salir fuera solo en épocas, se encuentran arraigadas, formando verdaderas praderas sumergidas, siendo las más frecuentes las ceratofhilum, Egeria, elodea.
Rodean las lagunas desde pajales a formaciones leñosas.
Todo el complejo permite la subsistencia de miles de especies tanto vegetales como animales. Constituyendo lugar de ovoposición de muchas especies de peces.
La reserva es una cuestión casi abstracta, y como es imposible materialmente, transformar toda el área en un parque provincial es necesario hacer algunas modificaciones a la ley que permitan obtener áreas para proteger efectivamente desde el Estado.
Naciones Unidas distingue diferentes tipos de aéreas naturales, de interés, que nuestra legislación las integra en tres categorías, desde 1994 los principales objetos de mantener esas áreas son:
• La investigación científica.
• Protección de la naturaleza.
• La preservación de especies y diversidad genética.
• Mantenimiento de las utilidades ambientales.
• Protección de determinadas características naturales y culturales.
• Turismo y Recreación.
• Educación.
• El uso sostenible de los recursos de los ecosistemas naturales.
• Mantenimiento de bienes culturales y tradicionales atributos.
Y las calificaciones nuevas de áreas es:
Las nuevas categorías para áreas protegidas en base a estos objetivos de conservación son:
CATEGORIA Ia. Reserva Natural Estricta: área protegida manejada principalmente con fines científicos.
Definición: Superficie de tierra y / o mar que poseen algunos ecosistemas representativos o destacados, características fisiológicas o geológicas y / o especies, disponibles principalmente para la investigación científica y / o la vigilancia del medio ambiente.
CATEGORIA Ib. Área Natural Silvestre: área protegida manejada principalmente con fines de protección de la naturaleza.
Definición: Amplia zona de tierra y / o mar no modificado o ligeramente modificados, conservando su carácter natural e influencia, sin habitantes permanentes, que está protegida y administrada a fin de conservar su condición natural.
CATEGORIA II. Parque Nacional: área protegida manejada principalmente para la conservación de ecosistemas y con fines de recreación.
Definición: Espacio natural de tierra y / o mar designada para (a) proteger la integridad ecológica de uno o más ecosistemas para las generaciones presentes y futuras, (b) excluir la explotación u ocupación opuestas a los efectos de la designación del área y (c) proporcionar una fundación de carácter espiritual, científico, educativo, recreativo y de turismo de oportunidades, todo lo cual debe ser ambiental y culturalmente compatibles.
CATEGORIA III. Monumento Natural: área protegida manejada principalmente para la conservación de características naturales específicas.
Definición: Área que contiene una o más características específicas naturales y/o naturales-culturales que es única o excepcional valor por su rareza inherente, representativa o de cualidades estéticas o
importancia cultural.
CATEGORIA IV. Área de Manejo de Hábitat/Especies: área protegida manejada principalmente para la conservación, con intervención a nivel de gestión.
Definición: Superficie de tierra y / o mar sujeta a intervención activa con fines de gestión, a fin de garantizar la conservación de los hábitats y / o para satisfacer las necesidades de determinadas especies.
CATEGORIA V. Paisaje Terrestre y Marino Protegido: área protegida manejada principalmente para la conservación de paisajes terrestres y marinos con fines recreativos.
Definición: Espacio de la tierra, con costa y mar si es necesario, donde la interacción de las personas con la naturaleza a lo largo del tiempo ha producido una zona de carácter singular con un valor significativo en estética, ecológica y / o valor cultural, y a menudo de alta diversidad biológica. La protección de la integridad de esta interacción tradicional es vital para la protección, mantenimiento y evolución del área.
CATEGORIA VI. Área Protegida con Recursos Manejados: área protegida manejada principalmente para la utilización sostenible de los ecosistemas naturales.
Definición: Área que contiene predominantemente sistemas naturales no modificados, administrados para garantizar la protección y el mantenimiento de la diversidad biológica a largo plazo, mientras proporciona al mismo tiempo al mismo tiempo un flujo sostenible de productos naturales y servicios para satisfacer las necesidades de la comunidad.
La ley provincial engloba casi todas las categorías propuestas con mas simplicidad, pero hay que introducir modificaciones para introducir el concepto de investigación y educación.
Por lo expuesto
Es importante ampliar a estas categorías las que están en la ley 4736 y también
Es necesario que se creen reservas que representen a los principales ecosistemas de la provincia; para lo cual proponemos dos formas:
<!--[if !supportLists]-->· <!--[endif]-->Modificaciones de la ley 4736
<!--[if !supportLists]-->a) <!--[endif]-->La modificación a la ley 4736, facultara al ejecutivo a comprar tierras, si no posee la provincia entre sus tierras fiscales, que sean lugares con las características que se especificaran en la modificación.
<!--[if !supportLists]-->b) <!--[endif]-->La ley dará obligatoriedad de compensación, que también presentamos en este acto, obliga a los dueños de grandes emprendimientos económicos, a compensar el daño, ecológico, aun cuando el ICAA haya otorgado la declaración de impacto ambiental de acuerdo a la ley 5867 y modificaciones, a comprar tierras que contengan ecosistemas que estarán en un anexo.
<!--[if !supportLists]-->c) <!--[endif]-->Modificar las clasificaciones de las diferentes áreas a preservar
Hay empresas forestales como Masisa SA, que fábrica aglomerados, que ha comprado y mantiene campos como reservas compensadoras por que han forestado con especies foráneas muchas hectáreas, lo han hacho voluntariamente.
Modificaciones:
Al artículo primero de la ley 4736:
Agregase inciso a) :
“facultase al poder ejecutivo a comprar a precio de mercado o enviar ley de expropiación de tierras, alrededor de mil hectáreas en cada caso, que ostenten las siguientes características:
<!--[if !supportLists]-->1) <!--[endif]-->Palmares de Copernicas como los existentes entre la localidad de Perugorria y el puente sobre el rio Corrientes por la ruta 24.
<!--[if !supportLists]-->2) <!--[endif]-->Ñandubasales como los existentes, como reminiscencias de la selva montielera, sobre la ruta 126 que queda entre Curuzu Cuatia y Esquina pasando por Sauce.
<!--[if !supportLists]-->3) <!--[endif]-->Región costera del rio Paraná que tengan Barrancas de Bella Vista – Empedrado
<!--[if !supportLists]-->4) <!--[endif]-->Desembocadura del Rio Miriñay, y los montes costeros lineales, entre Monte Caseros y Paso de los Libres, por ruta Provincial 47.
<!--[if !supportLists]-->5) <!--[endif]-->Lugar representativo de los Esteros del Ibera, sobre ruta 40
<!--[if !supportLists]-->6) <!--[endif]-->Islas sobre el Paraná frente a Goya - Esquina
<!--[if !supportLists]-->7) <!--[endif]-->Selvas tropical misioneras sobre ruta Nacional 120 entre las rutas Nacionales 14 y 12.
Los que serán declarados Parques Provinciales en los términos de la presente ley.
Inc. b) De poseer la provincia tierras fiscales con las características antes mencionadas, se faculta a la Dirección de Bosques a realizar el trámite de adjudicación y escrituración pertinente, derogándose toda norma que se oponga a dicho trámite.
Inc.) Los parques servirán para preservar y conservar la biodiversidad, investigar y educar por medio del turismo educativo.
Modificación al artículo 5 de la ley 4736:
Se agrega “las actividades de investigación científica serán autorizadas previo convenio de la autoridad de aplicación con las Universidades Nacionales, el CONICET, Universidades Privadas, Fundaciones u ONG que acrediten Persona Jurídica”
Se agregara Artículo 28 que establezca:
“los emprendimientos que merezcan una Declaración de Impacto Ambiental, según establece la ley 5067 y sus modificaciones, deberán compensar al ambiente de acuerdo a la siguiente guía:
<!--[if !supportLists]-->1) <!--[endif]-->Las empresas forestales de especies domesticas forestales que implanten especies forestales extranjeras como pinos y eucaliptus deberán comprar y trasferir a la provincia predios que representen al ecosistema desplazado por su actividad equivalente a 300 hectáreas cada 10000 % del total de la superficie. La Dirección de forestales, junto al ICAA realizara los cálculos a fin de comunicar a cada titular de los dominios implantados cuanto deberán adquirir y trasferir a la Provincia, en las escrituras se pondrán clausulas especiales que prohíban a la provincia, colonizar, entregar, ceder, y también se referirá en la escritura que se ha declarado Parque Provincial en los términos de la presente ley.
<!--[if !supportLists]-->2) <!--[endif]-->Las empresas productoras de energía, en cualquiera de las formas conocidas salvo las eólicas, y solares, deberán compensar a la provincia con la compra y trasferencias de predios equivalentes a 100 hectáreas cada 10 mega wat de producción final o máxima estimada.
<!--[if !supportLists]-->3) <!--[endif]-->Las empresas mineras a cielo abierto o no de extracción de áridos, deberán compensar a la provincia con la compra de mismo número de hectáreas de ecosistema similar al que han utilizado para la actividad.
<!--[if !supportLists]-->4) <!--[endif]-->Las empresas antes mencionadas podrán acordar entre ellas y en conjunto y con acuerdo con la Dirección de Bosques y el ICAA adquirir y trasferir, las superficies requeridas.
Segundo artículo a agregar (numero 29)
La autoridad de aplicación será la dirección de bosques creada por la ley 4736, y acordara las acciones de escrituración con acuerdo específico para cada caso por resolución expresa del ICAA.
Tercer articulo a agregar (numero 30)
El ICAA informara anualmente a la Dirección de Parquees y Reservas sobre las declaraciones que necesiten realizar las compensaciones y comunicara fehacientemente a los emprendedores la obligación de la compensación, la cual tendrá el termino de un año para llevarse a cabo.
Nota se insiste en que los predios representativos deberán estar sobre las Rutas nombradas para que cumplan con la tarea de educación, turismo, investigación, con facilidad.
Se adjunta mapas, anexo de investigación, fotografías de los diferentes ecosistemas representativos.

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