TEMAS ANMAT Boletín Oficial
Por estar falsamente rotulado
La Anmat prohibió un aceite de oliva
LA inistración Nacional de Medicamentos, Alimentos, y Tecnología Médica (Anmat) prohibió la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional de un aceite de oliva porque el producto “carece de autorización de establecimiento y de producto, y está falsamente rotulado al consignar en su rótulo un número de Registro Nacional de Establecimientos (RNE) y de Registro Nacional de Productos Alimenticios (RNPA) inexistentes, resultando ser un producto en consecuencia ilegal”.
Según la Disposición 8797/2021 publicada este
jueves en el Boletín Oficial, se trata del producto: “Aceite
de Oliva Extra Virgen, marca Estancia La Argentina, Cont. Neto 2 Lts. consumir
antes junio/23, Industria Argentina, Origen de Mendoza, RNE: 13529821, RNPA:
13938214”.
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La investigación empezó a raíz de una consulta de un
consumidor ante el Departamento Vigilancia Sanitaria y Nutricional de los
Alimentos del Instituto Nacional de Alimentos (INAL). El organismo comprobó que
el consumidor había adquirido el producto en un supermercado de la Ciudad de
Buenos Aires.
A pedido del INAL, la Dirección General de Higiene y
Seguridad Alimentaria (DGHySA) porteña inspeccionó el comercio y comprobó la
comercialización de 29 botellas del aceite de oliva, por lo que “procede a su
decomiso directo y posterior destrucción”.
El texto indica que el aceite no tiene autorización
de establecimiento y de producto y que está “estar falsamente rotulado
al consignar en su rótulo un número de RNE y de RNPA inexistentes, resultando
ser un producto en consecuencia ilegal”.
“Por tratarse de un producto que no puede ser identificado
en forma fehaciente y clara como producido, elaborado y/o fraccionado en un
establecimiento determinado, no podrá ser elaborado en ninguna parte
del país, ni comercializado ni expendido en el territorio de la
República”, sostiene.
Con el fin de “proteger la salud de los consumidores”, la
Disposición concluye: “Prohíbese la elaboración, fraccionamiento y
comercialización en todo el territorio nacional de los productos: “Aceite de
Oliva Extra Virgen, marca Estancia La Argentina, Industria Argentina, Origen de
Mendoza, RNE: 13529821, RNPA: 13938214” por carecer de autorización de
establecimiento y de producto, y estar falsamente rotulado al consignar en su
rótulo un número de RNE y de RNPA inexistentes, resultando ser un producto en consecuencia
ilegal”.
Temas en esta nota:
ANMATBoletín Oficial TOMADO DE PAGINA 12 DE AR
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