jueves, 2 de diciembre de 2021

ACEITE DE OLIVA POR ETIQUETA ENGAÑOZA

 TEMAS ANMAT Boletín Oficial

Por estar falsamente rotulado


La Anmat prohibió un aceite de oliva

 LA inistración Nacional de Medicamentos, Alimentos, y Tecnología Médica (Anmat) prohibió la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional de un aceite de oliva porque el producto “carece de autorización de establecimiento y de producto, y está falsamente rotulado al consignar en su rótulo un número de Registro Nacional de Establecimientos (RNE) y de Registro Nacional de Productos Alimenticios (RNPA) inexistentes, resultando ser un producto en consecuencia ilegal”.

Según la Disposición 8797/2021 publicada este jueves en el Boletín Oficial, se trata del producto: “Aceite de Oliva Extra Virgen, marca Estancia La Argentina, Cont. Neto 2 Lts. consumir antes junio/23, Industria Argentina, Origen de Mendoza, RNE: 13529821, RNPA: 13938214”.

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La investigación empezó a raíz de una consulta de un consumidor ante el Departamento Vigilancia Sanitaria y Nutricional de los Alimentos del Instituto Nacional de Alimentos (INAL). El organismo comprobó que el consumidor había adquirido el producto en un supermercado de la Ciudad de Buenos Aires.

A pedido del INAL, la Dirección General de Higiene y Seguridad Alimentaria (DGHySA) porteña inspeccionó el comercio y comprobó la comercialización de 29 botellas del aceite de oliva, por lo que “procede a su decomiso directo y posterior destrucción”.

El texto indica que el aceite no tiene autorización de establecimiento y de producto y que está “estar falsamente rotulado al consignar en su rótulo un número de RNE y de RNPA inexistentes, resultando ser un producto en consecuencia ilegal”.

“Por tratarse de un producto que no puede ser identificado en forma fehaciente y clara como producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinado, no podrá ser elaborado en ninguna parte del país, ni comercializado ni expendido en el territorio de la República”, sostiene.

Con el fin de “proteger la salud de los consumidores”, la Disposición concluye: “Prohíbese la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional de los productos: “Aceite de Oliva Extra Virgen, marca Estancia La Argentina, Industria Argentina, Origen de Mendoza, RNE: 13529821, RNPA: 13938214” por carecer de autorización de establecimiento y de producto, y estar falsamente rotulado al consignar en su rótulo un número de RNE y de RNPA inexistentes, resultando ser un producto en consecuencia ilegal”.

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ANMATBoletín Oficial   TOMADO DE PAGINA 12 DE AR

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