viernes, 26 de noviembre de 2021

EL MONO CARAYÁ ES EL NUEVO MONUMENTO NATURAL DE LA PROVINCIA DE CORRIENTES AR

 ES LEY

El mono carayá es el nuevo monumento natural de la provincia de Corrientes

El proyecto de protección a los primates autóctonos se aprobó ayer en la última sesión de la Cámara de Senadores. El animal es uno de los más amenazados de todo el país. 


El mono carayá negro y dorado se convirtieron en el nuevo monumento natural de Corrientes tras aprobarse ayer el proyecto de protección a los primates autóctonos en la Cámara de Senadores.

Su aprobación se realizó en la última sesión de la Cámara alta provincial. A fines de septiembre se había logrado la media sanción en Diputados.  La autora del proyecto legislativo “Carayá Monumento Natural” es la Estación Biológica Corrientes (Ebco).

Es una ley impulsada por biólogos, investigadores del Conicet y ciudadanos, para proteger a la especie que se encuentra afectada fuertemente. El animal emblemático de la provincia de Corrientes es uno de los mamíferos amenazados en nuestro país y se puede observar el alarmante cambio que sufren en estado de conservación al pasar de una especie categorizada de preocupación menor a especie vulnerable en pocos años.

La clasificación se mantiene tras un Taller de Recategorización de Mamíferos (realizado por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable y la Sociedad Argentina para el Estudio de Mamíferos), colocando la población de estos primates en estado crítico de conservación.

Los estudios con esta especie indican que las modificaciones en bosques nativos y la deforestación de bosques ribereños que viene ocurriendo en los últimos 30 años, que son cada vez más frecuentes en el noreste de Argentina, limitan la dispersión de la especie y pueden llevar al aislamiento de las poblaciones.

Ley

La nueva legislación se realiza para la protección del mono aullador o carayá con el objetivo de asegurar la conservación y evitando su extinción como lo expresa el artículo uno. En el siguiente, la autoridad de aplicación competente puede disponer y adoptar todas las medidas  que crea necesarias para la protección para que se cumplan los objetivos de preservación.

En el artículo cuatro, las personas que violen esta ley serán sancionadas con multas de hasta mil (1000) sueldos del Director de parques y reservas conforme a la legislación. El  inciso  6, informa que las autoridades que aplicarán esta ley serán la misma Dirección de Parque y Reservas de la provincia.

(GGC)

TOMADO DE EL LITOAL DE CTES AR

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