jueves, 16 de septiembre de 2010

AYUI la Corte suprema paraliza por ahora las obras


LA CORTE SUPREMA PARALIZA, POR AHORA, HASTA RECIBIR INFORMACIÓN DEL GOBIERNO DE CORRIENTES LA REPRESA DE AYUÍ
Dice el artículo 5 de la resolución firmada por los Ministros de la Corte Suprema de la Nación:
5°) Que, asimismo, el Estado Nacional solicita que se dicte una prohibición de innovar a fin de que se ordene el cese inmediato y la paralización de las obras respectivas, hasta tanto la demandada haga entrega de los antecedentes e informes indicados y las autoridades nacionales puedan expedirse al respecto.
Para ellos ha considerado que hay violaciones de las leyes 21413, 25675, 26331, y de Convención Ramsar,  En consecuencia, y sin perjuicio de lo que en definitiva se resuelva, corresponde dar curso a la acción de amparo, ciñendo el pedido de informe circunstanciado previsto en el artículo 8° de la ley 16.986 a lo que a ello concierne

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