LO QUE DEBE SABERSE SOBRE EL TRANSPORTE DE AGROQUÍMICOS
Hace aproximadamente un año, la Federación de Distribuidores de Insumos Agropecuarios “FeDIA”, entidad de segundo grado conformada por las cámaras empresarias distribuidoras de agroquímicos, semillas y afines de las provincias de Buenos Aires “CEDASABA”, Córdoba “CEDASAC”, La Pampa “CEPIA” y Santa Fe “CEPIAS”, me encomendó la responsabilidad de concentrar en un manual, toda la legislación vigente en el país, referida al transporte de agroquímicos, fertilizantes y semillas; donde el primero de los rubros citados, por sus características constituía el principal motivo de preocupación; ya sea por los recaudos que la naturaleza de estas sustancias requiere, como por los requisitos diferentes que se exigían, según los controles ejercían en las rutas del país.
En este momento el “MANUAL DE TRANSPORTE Agroquímicos – Fertilizantes – Semillas” (Un libro de 17 x 22 cm. Con 330 páginas) se encuentra imprimiéndose en los talleres de Color Magenta Gráfica y, en pocos días más los ejemplares serán comercializados por FeDIA y sus cámaras asociadas. Como anticipo, le brindamos los dos prólogos que anteceden al desarrollo de la obra: El principal y el del autor
Aldo Norberto Bonaveri
PROLOGO PRINCIPAL
Para quienes transitamos intensamente las rutas argentinas, el conocimiento de la legislación vigente permite aclarar muchas dudas sobre las normas de tránsito, tanto para vehículos particulares, transporte de carga y pasajeros. En las primeras dos terceras partes de esta obra se compilan leyes y reglamentaciones sobre el transporte de sustancias peligrosas; de por si una tarea ardua y tediosa, pero necesaria. El autor ha hecho un esfuerzo destacado para reunir la legislación dispersa y no siempre accesible, imprimiéndole un carácter práctico y sintetizador en lo concerniente a agroquímicos (plaguicidas y fertilizantes) y semillas. Resultan particularmente interesantes las normas de trazabilidad de plaguicidas y sus residuos, como así también los requerimientos en documentación exigible (remito acompañante de la carga, documentación de despacho y recepción de mercadería), la cartelería de seguridad que deben exhibir los vehículos, las fichas de seguridad de productos y las de intervención en caso de accidentes, como así también los procedimientos en la fiscalización del transporte. Con excelente criterio didáctico, el autor incluye para finalizar un práctico índice resumen para consultar las normas legales, discriminadas por grupos de interés: transportistas, empresas de transporte, encargados de depósito, aplicadores y plantas de procesamiento de residuos peligrosos.
El uso creciente de agroquímicos en Argentina debe acompañarse de un mayor cuidado en todas las etapas, incluyendo el trasporte de productos terminados, la recolección de envases vacíos y destino final de los mismos. Con acierto la Federación de Distribuidores de Insumos Agropecuarios (FEDIA) ha decidido compilar esta valiosa información en beneficio de sus asociados, y a juzgar por el resultado logrado, también ha acertado en la elección de la persona a quien encomendó la tarea.
Pedro Daniel Leiva
INTA Pergamino
PROLOGO DEL AUTOR La presente obra reúne toda la legislación vigente inherente al transporte de los principales insumos agropecuarios; agroquímicos, fertilizantes y semillas. Por su naturaleza y las implicancias que tienen los primeros, en ellos se concentra el grueso de las normas imperantes que aquí se transcriben.
Aldo Norberto Bonaveri
Tomado de Pregon Agropecuario
Hace aproximadamente un año, la Federación de Distribuidores de Insumos Agropecuarios “FeDIA”, entidad de segundo grado conformada por las cámaras empresarias distribuidoras de agroquímicos, semillas y afines de las provincias de Buenos Aires “CEDASABA”, Córdoba “CEDASAC”, La Pampa “CEPIA” y Santa Fe “CEPIAS”, me encomendó la responsabilidad de concentrar en un manual, toda la legislación vigente en el país, referida al transporte de agroquímicos, fertilizantes y semillas; donde el primero de los rubros citados, por sus características constituía el principal motivo de preocupación; ya sea por los recaudos que la naturaleza de estas sustancias requiere, como por los requisitos diferentes que se exigían, según los controles ejercían en las rutas del país.
Reunir la normativa no fue precisamente una tarea sencilla y, más complicado aún discernir qué es lo que debería incorporarse a la obra, por las razones que se explican detalladamente en el prólogo.
Si bien la lectura de leyes, decretos, resoluciones, anexos y tratados, no tiene atractivos; en los tiempos que corren, teniendo en cuenta: el incremento constante del uso de estos insumos, la necesidad de preservar el medio ambiente, la sensibilidad que existe en buena parte de la población por el uso de estas substancias y, la tendencia a condicionar o limitar su utilización, torna imprescindible que se tomen todas la precauciones y, justo es reconocerlo, en el transporte a nivel minorista dista mucho por cumplimentarse. Ello debo revertirse, tanto por la seguridad misma de actores y terceros que puedan verse afectados, como porqué los requerimientos serán cada vez menos permisivos, empezando por aplicar la normativa vigente con todo rigor. En este momento el “MANUAL DE TRANSPORTE Agroquímicos – Fertilizantes – Semillas” (Un libro de 17 x 22 cm. Con 330 páginas) se encuentra imprimiéndose en los talleres de Color Magenta Gráfica y, en pocos días más los ejemplares serán comercializados por FeDIA y sus cámaras asociadas. Como anticipo, le brindamos los dos prólogos que anteceden al desarrollo de la obra: El principal y el del autor
Aldo Norberto Bonaveri
En el estado actual de la tecnología agropecuaria, los agroquímicos resultan imprescindibles, ya que constituyen la base de la nutrición y defensa de las cosechas, haciendo posible una rentable producción de alimentos para una población que los demanda a ritmo exponencial. En los últimos 15 años en Argentina, la producción de alimentos se más que duplicó, y el uso de plaguicidas se sextuplicó.
La sociedad urbana se manifiesta sensible a todo aquello relacionado a las prácticas agrícolas que puedan afectar el ambiente, situación que está obligando a las empresas a incorporar este valor en sus estrategias productivas. Los agroquímicos se utilizan en el medio rural, no obstante durante la logística de distribución y transporte, pueden afectar zonas urbanas. En consecuencia, se hace necesario respetar aquellas normas que garanticen un nivel de seguridad suficiente durante el transporte, incluso frente a errores que se puedan cometer, en cualquier etapa a lo largo del proceso.El uso creciente de agroquímicos en Argentina debe acompañarse de un mayor cuidado en todas las etapas, incluyendo el trasporte de productos terminados, la recolección de envases vacíos y destino final de los mismos. Con acierto la Federación de Distribuidores de Insumos Agropecuarios (FEDIA) ha decidido compilar esta valiosa información en beneficio de sus asociados, y a juzgar por el resultado logrado, también ha acertado en la elección de la persona a quien encomendó la tarea.
Pedro Daniel Leiva
Ingeniero Agrónomo
Protección Vegetal INTA Pergamino
Soy plenamente consciente de lo denso y árido que resulta la lectura de este manual, razón por la cual estoy persuadido que el espíritu que movilizó a la dirigencia de FeDIA, de confeccionar un compendio por el cual los socios de las cámaras que las componen tengan toda la información concentrada y, las herramientas necesarias para poder cumplimentar los múltiples requisitos exigibles, puede verse relativizada justamente por la escasa motivación natural de los actores a concentrarse de contenidos tan poco amenos.
Considerando que las disposiciones deben constar textualmente, puesto que seguramente en algún momento será menester consultarla y, en razón de lo expuesto en el párrafo anterior, el gran desafío auto-impuesto consistió en brindar los mecanismos a los efectos que cada una de las partes involucradas encuentren rápidamente los puntos que precisan consultar puntualmente. En virtud de ello se pergeñaron instancias que justiprecio facilitarán el logro del objetivo perseguido y, que a continuación me complace detallar:• El índice es completamente atípico en comparación con cualquier publicación convencional. En este caso, no se circunscribe a enunciar las normas informadas, sino que como podrá observarlo se detallan títulos, capítulos, anexos y hasta artículos; de manera tal que sea más fácil ubicar el asunto a considerar.
• Finalizada la publicación de toda la legislación incluida en el manual, se dispuso un capitulo especial “Explicaciones y Síntesis de Puntos Principales”, sección que entiendo les resultará de utilidad y consulta permanente, allí se incluyen pictogramas, gráficos explicativos, formularios, etc., lo que en la práctica favorece la comprensión de definiciones.
• Como corolario se inserta un “RESUMEN” con los puntos que son de lectura obligatoria, segmentando las concernientes a transportistas, empresas de transportes, encargados de depósitos, aplicadores y plantas procesadoras de residuos.Cabe consignar que en nuestro país el transporte de los productos fitosanitarios está sujeto a leyes y resoluciones orientadas a resguardar la seguridad pública, mediante una efectiva protección de las personas y bienes.
El transporte carretero y ferroviario de agroquímicos y fertilizantes está regulado por las normas generales para todas las cargas, emanadas del Ministerio de Obras y Servicios Públicos de la Nación. También por la ley 24.449 de Tránsito Público, especialmente en el Anexo "S" del mencionado texto.
Por otra parte, corresponde destacar que conforme a lo determinado por el art. 31 de la Constitución Nacional los tratados internacionales son "Ley Suprema de la Nación" y, conforme jurisprudencia, se incorporan automáticamente al derecho interno, quedando en consecuencia vigentes sin necesidad del dictado de legislaciones especiales.
En consonancia con lo expresado, el tratado del MERCOSUR, del cual Argentina es signataria, asume vigencia plena en lo concerniente a su aplicación, revistiendo carácter obligatorio para los estados parte. Los agroquímicos están comprendidos entre las mercancías peligrosas, razón por la cual para este tipo de sustancias la Secretaría de Transportes de la Nación dictó resoluciones complementarias, las que rigen en todo el territorio nacional.
Finalmente, considero pertinente comentarles que producto de las investigaciones emprendidas para la confección de este manual, se advierte que no siempre los controles se realizan tal como está estipulado en los instrumentos vigentes; ello puede llevar a engaño pensando que existen disposiciones distintas en los puntos que se realiza la fiscalización; las conclusiones extraídas me indican que por lo general los requerimientos solicitados son menos rigurosos que los normados. Situación que seguramente no será duradera, habida cuenta que las exigencias de la sociedad son cada vez más acentuadas en lo que hace a la preservación del medio ambiente. Aldo Norberto Bonaveri
Tomado de Pregon Agropecuario
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