¿Suben o bajan las retenciones para cada producto?
El nuevo esquema de retenciones que dispuso este sábado el
gobierno vuelve, en algunos productos, el derecho de exportación al vigente en
septiembre de 2018 y en otros los baja.
Por Raúl Dellatorre
El gobierno nacional dispuso la eliminación del tope de 4
pesos por dólar a la retención del 12 por ciento que había sido dispuesta por
el gobierno de Mauricio Macri en septiembre de 2018. En esa oportunidad, la
resolución de Cambiemos había sido aplicar una retención adicional a todas las
posiciones de la nomenclatura arancelaria. Como algunos productos ya pagaban,
como la soja (18%) y otras no (0%), como trigo, maíz, carnes o leche en polvo,
la retención total vigente a partir de septiembre de 2018 pasó a ser del 30 por
ciento para la soja, y del 12 por ciento para los que antes no estaban
gravados. Pero, como a la vez les fijaba un techo a las nuevas retenciones de 4
pesos, en la práctica convirtió esa retención porcentual del 12 por ciento en
una retención fija de 4 pesos, que porcentualmente resultaba cada vez menor a
medida que la cotización del dólar, en pesos, subía.
La resolución que adoptó el gobierno este sábado es
volver a fijar la retención adicional en el 12 por ciento, como en septiembre
de 2018, aunque disponiendo que para una lista de productos (Anexo II del
decreto) ese derecho de exportación sea del 9 por ciento. Es decir, tres puntos
menos que el fijado por Macri 15 meses atrás. También dispuso que una
amplia gama de posiciones arancelarias resulten beneficiadas con el
mantenimiento de un tope o límite máximo de 3 pesos por dólar de retención, lo
cual en la práctica resulta en un derecho de exportación del 5 por ciento a
la cotización mayorista actual de la divisa estadounidense.
No es una modificación del esquema de retenciones sino
una actualización previa a la discusión sobre ese punto, aclaró Santiago
Cafiero, jefe de Gabinete, al respecto (ver reportaje en esta misma
edición). Sin embargo, hubo una reacción desmedida de parte de las entidades
ruralistas que trataron de ubicar la cuestión como el inicio de una guerra
entre el gobierno y "el campo". Incluso, en algún caso, admitieron
que no tenían evaluado aún el "impacto" de la medida, pero salieron a
oponerse por las dudas. El reclamo del cumplimiento de un compromiso de
"diálogo previo", en realidad, se cruzó con la explicación de
Cafiero, no obstante lo cual hubo un marcado tono de beligerancia en la
actitud de los principales referentes de las entidades herederas de la Mesa de
Enlace.
Los detalles
El decreto 37 de la nueva gestión, que lleva la firma del
presidente Alberto Fernández, Santiago Cafiero (jefe de Gabinete), Martín
Guzmán (ministro de Economía) y Luis Basterra (ministro de Agricultura),
dispone tres tratamientos diferenciados para las retenciones o derechos a la
exportación, de acuerdo a las modificaciones que introduce sobre el régimen
dispuesto por el anterior decreto de septiembre de 2018 (793 de la gestión
Cambiemos).
* Los productos comprendidos en el Anexo I del nuevo decreto
seguirán favorecidos por un tope de 3 pesos por dólar como retención. Es decir,
con un dólar mayorista que hoy se ubica en torno a los 60 pesos, resulta una
retención al día de hoy del 5%.
* Los productos comprendidos en las posiciones arancelarias
enumeradas en el Anexo II, quedan con una retención del 9 por ciento (antes,
12% pero con un tope de 4 pesos por dólar).
* El resto de las posiciones arancelarias vuelve a una
retención del 12%, como en septiembre de 2018, pero a partir de ahora sin tope
fijo.
En todos los casos, la retención calculada de este modo se
suma a la vigente al margen del régimen del decreto macrista de septiembre de
2018 (el 793/18).
Los productos comprendidos en el Anexo II, que establece los
rubros alcanzados con la retención del 9 por ciento, no incluye a los productos
del capítulo de Cereales, salvo las posiciones "Maíz en grano" y
varias del rubro "Arroz". El resto de posiciones incluidas pertenecen
mayoritariamente al capítulo de Pescados, unas cuantas de Animales vivos,
Carnes, Leches y productos lácteos, Hortalizas, plantas, raices y tubérculos,
Grasas y aceites animales o vegetales, Preparados de Hortalizars, Madera y sus
manufacturas, Pasta de madera, Lanas y Algodón. Además, incluye Productos de
molinería, como "harinas de trigo", "Harinas de maíz" y
"las demás"; "pellets de trigo, de maíz y los demás", y
"Malta de cebada". No figuran, en cambio, las posiciones
correspondientes a "porotos de soja", "aceite de soja" y
b"tortas y demás residuos sólidso de la extracción de aceite de
soja".
El listado de productos que siguen beneficiadas por un tope
de tres pesos por dólar (Anexo I del decreto 37/19) abarca más de 8000
productos, que abarcan prácticamente a todos los capítulos del nomenclador. El
eresto, los no incluidos en ninguna de las dos listas, son los alcanzados por
las retenciones del 12 por ciento, que se suma a la que ya se encuentre vigente
desde el gobierno de Cambiemos, por afuera del régimen instituido por ese mismo
gobierno en septiembre de 2018.
Los tropiezos de Macri
El gobierno de Mauricio Macri tuvo varias idas y vueltas
en los penosos cuatro años que tuvo la conducción del país bajo su mando.
Arrancó, insólitamente, eliminando todas las retenciones a las exportaciones al
mismo tiempo que habilitaba una megadevaluación de la moneda local, con lo cual
benefició de manera extraordinaria, por partida doble, a los grandes
exportadores, provocando una brutal trasferencia de ingresos del resto
de la sociedad hacia sus bolsillos.
En otro momento, necesitado de recursos, el gobierno
restableció las retenciones a la soja, pero proponiendo a cambio un esquema de
reducciones periódicas de la tasa de los derechos de exportación que se
prolongaba hasta fines de 2020. Con la crisis externa de 2018, que colocó al
país en situación de default, y ya bajo la conducción del FMI, el
gobierno fue obligado a desistir de la reducción periódica de la tasa de
retenciones, que quedó clavada en el 18 por ciento. Sobre ese estado de
cosas y bajo el mandato de cumplir con las metas fiscales, es que en septiembre
de 2018 se dispuso extender las retenciones al total de las exportaciones con
una tasa general del 12 por ciento, que se sumaba a la ya vigente. Pero, como
el plan del Fondo prometía la estabilidad del dólar, se le agregó una cláusula
de retención máxima de 4 pesos por dólar, que se correspondía con un dólar
mayorista de aproximadamente 33,50 pesos para que resultara aproximada a una
tasa del 12 por ciento. Por encima de ese valor del dólar, el exportador iba
pagando cada vez menos porcentaje de retención. Esta es la situación que el
decreto del actual gobierno vino a corregir. // tomado de pagina 12 de ar
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