La Corte Suprema
ordena a los jueces que tutelen el derecho al acceso al agua potable
El máximo tribunal sostuvo que los magistrados deben
"buscar soluciones procesales que utilicen las vías más rápidas" para
"evitar la frustración de derechos fundamentales" La Corte Suprema
destacó la importancia de garantizar el acceso de la población al agua potable.
Foto: DyN
La Corte Suprema de Justicia ordenó a los jueces que tutelen
el derecho de la población al acceso al agua potable. El máximo tribunal
destacó que ese recurso es "un bien público fundamental para la vida y la
salud", en la causa contra la empresa Aguas Bonaerenses SA (ABSA) por el
alto nivel de contaminación de arsénico en el agua distribuida en la localidad
de 9 de Julio, provincia de Buenos Aires. Los integrantes de la Corte
advirtieron que "los jueces deben buscar soluciones procesales que
utilicen las vías más rápidas a fin de evitar la frustración de derechos
fundamentales", según consigna el Centro de Información Judicial.
En la causa, la Corte debía pronunciarse sobre dos
cuestiones: la naturaleza colectiva del derecho al agua y la protección que en
el ordenamiento nacional e internacional se brinda al acceso a ese recurso. En
ese marco, el máximo tribunal entendió que en el caso "está en juego el
derecho humano de acceso al agua potable, la salud y la vida de una gran
cantidad de personas que se ve amenazado por el obrar de la empresa Aguas
Bonaerenses". "En consecuencia, la contaminación por arsénico en el
agua suministrada en toda la localidad no es un problema de cada uno de los
habitantes sino que es un problema comunitario que, para su mejor solución,
debe ser tratado en un proceso colectivo", remarcó la Corte en su fallo. Los
jueces Ricardo Lorenzetti , Carlos Fayt , Elena Highton de Nolasco y Juan
Carlos Maqueda recordaron que "el agua es un recurso natural limitado y un
bien público fundamental para la vida y la salud". Además, la Corte
Suprema subrayó que el acceso al agua potable es "indispensable para vivir
dignamente y es condición previa para la realización de otros derechos
humanos". De esta forma, los integrantes de la Corte mantuvieron la medida
cautelar que ordena a la empresa distribuir agua potable en los domicilios a
los habitantes, hospitales, escuelas y asilos de 9 de Julio – tomado de la nación
de ar
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