Después de más de dos años de trabajo el Consejo de Ministros de Medio Ambiente ha alcanzado, por unanimidad, un Acuerdo Político sobre la propuesta de revisión de la Directiva 2002/96/EC de Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónico(RAEE).
La revisión de esta Directiva está íntimamente ligada, y es complementaria, a la Propuesta de revisión (que ya ha sido objeto de un acuerdo con el Parlamento Europeo) de la Directiva sobre restricciones a la utilización de determinadas sustancias peligrosas en aparatos eléctricos y electrónicos 2002/96/EC, (RUSP, ROHs en inglés).
Ambas Directivas actúan conjuntamente para llevar a cabo una gestión adecuada de los residuos de aparatos eléctricos y electrónicos, asegurar que todo el ciclo de tratamiento y reciclado de sus materiales sea sostenible y se mantenga libre de la presencia de sustancias peligrosas para la salud humana y el medio ambiente. En el trámite para este acuerdo, España ha defendido una postura ambiciosa que permite establecer medidas que incentiven la recuperación de los recursos que encierran los aparatos eléctricos para volver a incluirlos en los flujos de fabricación.
Dentro de la UE se ha constatado la necesidad de establecer una normativa más consistente para abarcar una más amplia recogida y reciclado del volumen creciente de este flujo de residuos con el fin de proteger el medio ambiente y la salud humana. Por tanto, se hace necesaria la revisión de la Directiva para que se establezcan medidas concretas para actuar en la prevención y la reducción de los impactos negativos asociados a la gestión de este tipo de residuos.
Además, y tal cual ha sido defendido especialmente por España dentro del Consejo de Ministros de Medio Ambiente, por medio del establecimiento de objetivos de eficiencia en las plantas de tratamiento, se podrá garantizar el retorno de materias primas para mantener el nivel de competitividad de las industrias europeas y evitar las pérdidas de recursos acaecidas debido a los transportes ilegales de estos residuos en condiciones inapropiadas de seguridad.
Entre los principales elementos concretos de la propuesta para mejorar la efectividad de la recogida selectiva de RAEEs se incluyen objetivos escalonados calculados como porcentaje de los residuos recogidos respecto a los productos puestos en el mercado tres años antes. Durante los cuatro primeros años de entrada en vigor de la Directiva, se mantiene el objetivo mínimo de 4 Kg por habitante y año, después se han de conseguir como mínimo una recogida anual del 45% y a los ocho años se ha de conseguir el 65%.
Estos objetivos se reexaminarán para establecer objetivos específicos para algunas categorías. Lo más importante es que después de más de dos años de debate en el Consejo, ha sido posible aprobar por unanimidad este Acuerdo Político que permitirá al Consejo negociar un acuerdo en segunda lectura con el Parlamento Europeo en los próximos meses.
Tomado de ISR http://www.isrcer.org/detalle_noticia.asp?id_noticia=6931
La revisión de esta Directiva está íntimamente ligada, y es complementaria, a la Propuesta de revisión (que ya ha sido objeto de un acuerdo con el Parlamento Europeo) de la Directiva sobre restricciones a la utilización de determinadas sustancias peligrosas en aparatos eléctricos y electrónicos 2002/96/EC, (RUSP, ROHs en inglés).
Ambas Directivas actúan conjuntamente para llevar a cabo una gestión adecuada de los residuos de aparatos eléctricos y electrónicos, asegurar que todo el ciclo de tratamiento y reciclado de sus materiales sea sostenible y se mantenga libre de la presencia de sustancias peligrosas para la salud humana y el medio ambiente. En el trámite para este acuerdo, España ha defendido una postura ambiciosa que permite establecer medidas que incentiven la recuperación de los recursos que encierran los aparatos eléctricos para volver a incluirlos en los flujos de fabricación.
Dentro de la UE se ha constatado la necesidad de establecer una normativa más consistente para abarcar una más amplia recogida y reciclado del volumen creciente de este flujo de residuos con el fin de proteger el medio ambiente y la salud humana. Por tanto, se hace necesaria la revisión de la Directiva para que se establezcan medidas concretas para actuar en la prevención y la reducción de los impactos negativos asociados a la gestión de este tipo de residuos.
Además, y tal cual ha sido defendido especialmente por España dentro del Consejo de Ministros de Medio Ambiente, por medio del establecimiento de objetivos de eficiencia en las plantas de tratamiento, se podrá garantizar el retorno de materias primas para mantener el nivel de competitividad de las industrias europeas y evitar las pérdidas de recursos acaecidas debido a los transportes ilegales de estos residuos en condiciones inapropiadas de seguridad.
Entre los principales elementos concretos de la propuesta para mejorar la efectividad de la recogida selectiva de RAEEs se incluyen objetivos escalonados calculados como porcentaje de los residuos recogidos respecto a los productos puestos en el mercado tres años antes. Durante los cuatro primeros años de entrada en vigor de la Directiva, se mantiene el objetivo mínimo de 4 Kg por habitante y año, después se han de conseguir como mínimo una recogida anual del 45% y a los ocho años se ha de conseguir el 65%.
Estos objetivos se reexaminarán para establecer objetivos específicos para algunas categorías. Lo más importante es que después de más de dos años de debate en el Consejo, ha sido posible aprobar por unanimidad este Acuerdo Político que permitirá al Consejo negociar un acuerdo en segunda lectura con el Parlamento Europeo en los próximos meses.
Tomado de ISR http://www.isrcer.org/detalle_noticia.asp?id_noticia=6931
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