Esperan la aplicación del “Fondo Alimentario” para las
personas sin techo
La Cámara de Diputados aprobó en 2017 un programa con el que
se buscaba garantizar comida a la gente en situación de calle. Debía hacerse un
registro para iniciar el beneficio, pero hasta el momento no está reglamentado.
En este contexto, cabe destacar que en la provincia existe la Ley N° 6.412 que habilita un programa denominado “Fondo Alimentario Provincial”, con el cual se pretende proveer de comida a personas en situación de calle, a partir de un registro que debía ser elaborado por el Gobierno. Esta normativa fue aprobada por la Cámara de Diputados en junio de 2017, e instaba al Ministerio de Salud Pública a instrumentar los medios necesarios para poner en funcionamiento la propuesta.
Consultando en diferentes áreas, fuentes provinciales indicaron a El Litoral que la medida aún no fue instrumentada en la ciudad, aunque aclararon que “se está trabajando en la activación” de la misma. Los recursos para la aplicación del fondo deberán surgir del Poder Ejecutivo Provincial, de Nación o de organismos internacionales “con destino a la alimentación”, según establece la legislación.
Asimismo, se especifica que la autoridad de aplicación (Salud Pública) “a través del organismo que determine, debe elaborar una dieta alimentaria que, como porción diaria, se destine a las personas ‘sin hogar’ en situación de calle, y debe tener en cuenta, entre otros aspectos, para su elaboración, características y particularidades climáticas y regionales, así como la situación socio-ambiental de los grupos o personas beneficiarios del Programa”. // tomado de el litoral de ctes ar
La semana pasada, el Indec publicó cifras actualizadas sobre la
incidencia de la pobreza y la indigencia en aglomerados urbanos de la
Argentina. Los números arrojaron que casi la mitad de los habitantes de la
ciudad de Corrientes no alcanzan a cubrir la canasta básica de alimentación,
indumentaria y otras necesidades; y un 13,8% está en condiciones de indigencia,
representando este último porcentaje a más de 51 mil hombres y mujeres.En este contexto, cabe destacar que en la provincia existe la Ley N° 6.412 que habilita un programa denominado “Fondo Alimentario Provincial”, con el cual se pretende proveer de comida a personas en situación de calle, a partir de un registro que debía ser elaborado por el Gobierno. Esta normativa fue aprobada por la Cámara de Diputados en junio de 2017, e instaba al Ministerio de Salud Pública a instrumentar los medios necesarios para poner en funcionamiento la propuesta.
Consultando en diferentes áreas, fuentes provinciales indicaron a El Litoral que la medida aún no fue instrumentada en la ciudad, aunque aclararon que “se está trabajando en la activación” de la misma. Los recursos para la aplicación del fondo deberán surgir del Poder Ejecutivo Provincial, de Nación o de organismos internacionales “con destino a la alimentación”, según establece la legislación.
Asimismo, se especifica que la autoridad de aplicación (Salud Pública) “a través del organismo que determine, debe elaborar una dieta alimentaria que, como porción diaria, se destine a las personas ‘sin hogar’ en situación de calle, y debe tener en cuenta, entre otros aspectos, para su elaboración, características y particularidades climáticas y regionales, así como la situación socio-ambiental de los grupos o personas beneficiarios del Programa”. // tomado de el litoral de ctes ar
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