Prohibición de ingreso y circulación de vehículos con cargas
peligrosas Quilino y Villa Quilino - El
Tribunal Administrativo de faltas de la Municipalidad de Quilino y Villa
Quilino, informa que el próximo lunes 1 de
septiembre toma vigencia la
Ordenanza Nº 839/14, referente a la
Prohibición del ingreso y circulación dentro del Ejido Municipal de vehículos
con cargas peligrosas.
Quedan exceptuados de acuerdo a la Ordenanza, aquellos
vehículos que circulen e ingresen para permanencia y/o estacionamiento,
alejados del radio céntrico debidamente autorizados por el Municipio. Por ello
se dispondrá de Revisadores de Cargas designados por la Autoridad.
Jurisdiccional, para examinar a los vehículos de carga a
efectos de comprobar si se cumple con las exigencias establecidas por la
normativa mencionada, también se dispuso que NO se podrá demorar ni detener a
los transportes con valores bancarios o postales debidamente acreditados.
Con referencia a los transportes de Cargas Pesadas, se permitirá exclusivamente la circulación de
vehículos en las siguientes arterias:
1. Por calles Colon
y Córdoba (entre Ruta 60 y F.F.CC)
2. Por calle San
Martín (entre 25 de Mayo y Camino Rural)
3. Por calle 9 de
Julio (entre Ruta 60 y F.F.C.C)
4. Por calle
Chubut (entre 9 de Julio y Eloy Illanes)
5. Por calle Eloy
Illanes (entre Chubut y Ruta 60)
6. Por calle
General Paz (entre Salta y Camino Rural)
7. Por Luis B.
Carrizo (entre Avellaneda y Camino Rural)
Las operaciones de
carga y descarga de mercaderías, insumos y/o materias primas deberán efectuarse
por la mañana en el horario de 7 a 9 hs y por la tarde de 13 a 17 hs, debiendo
comunicar al Tribunal Administrativo de Faltas días y horarios de circulación
con 24 hs de antelación. Tomado de envío
de así somos de Córdoba ar
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