lunes, 22 de agosto de 2016

ADAPTACION AL CAMBIO CLIMÁTICO , PROPUESTA PARA EL SALVADOR

Propuesta de la Mesa de Cambio Climático de El Salvador
para la acción en adaptación al cambio climático en la
Contribución Nacional del Estado salvadoreño ante el Acuerdo de París
 La Mesa de Cambio Climático de El Salvador:
Señalando que:
° El Estado salvadoreño ha expresado su intención de ratificar el Acuerdo de París, y que tras su suscripción en abril de 2016 mediante representación del Canciller de la República, se debe preparar, bajo el liderazgo del MARN, la Primera Contribución Determinada a nivel Nacional (NDC) lo antes posible y a más tardar al momento de depositar el instrumento de ratificación del Acuerdo ante la Secretaría de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático (Convención).
° En el marco de la Convención, todos los países en desarrollo han tenido el compromiso de desarrollar programas de adaptación, luego referidos al desarrollo de planes nacionales de adaptación (PNAD), y con el Acuerdo de París, a la inclusión de un componente sobre adaptación al cambio climático en las NDC quinquenales.  
° El Salvador carece de un PNAD; y los componentes de adaptación del Plan Nacional de Cambio Climático (PNCC) y de la Contribución Prevista Determinada a nivel Nacional (INDC) poseen serias deficiencias conceptuales sobre «impactos, vulnerabilidad y adaptación» y limitados alcances, que no constituyen un marco de acción en adaptación para los diferentes sistemas socio-naturales del ámbito nacional y territorial-local del país; además que la adaptación ha sido relegada al tema de “Pérdidas y Daños” bajo un enfoque emergencista, y subordinada a la implementación de REDD-plus bajo un enfoque de “Mitigación basada en Adaptación”, el cual carece de concepto, contenido y sustentación.
° Los países en desarrollo, tal como son referidos en el marco de la Convención, incluido El Salvador, han tenido apoyo y acompañamiento técnico por parte de los mecanismos multilaterales y bilaterales, incluyendo los mecanismos facilitadores y financieros de la Convención, con el fin de cumplir sus compromisos y obligaciones en materia de adaptación al cambio climático.
° Según el Acuerdo de París, el suministro de un mayor nivel de recursos financieros tendrá en cuenta las estrategias, prioridades y necesidades que determinen los países en desarrollo sobre la acción en adaptación; la cual debe ser real, transparente, idónea y eficaz. El componente de adaptación de la INDC de El Salvador no cumple dichos criterios al carecer de sustentación, métrica y coherencia conceptual, y por ende se pone en riesgo el acceso y dotación de recursos financieros para la adaptación.
° El Estado salvadoreño aún no ha nominado a la «Entidad Nacional de Implementación» ante el Fondo de Adaptación y no ha accedido a financiamiento de esta entidad; tampoco ha creado el «Fondo Nacional para la Adaptación y Reducción de Riesgo Climático» planteado por el PNCC, y no posee una «Estrategia Nacional de Financiamiento Climático» para acceder al Fondo Verde del Clima. Todo lo anterior, pudiera garantizar que los recursos financieros, tecnológicos y de fortalecimiento de capacidades lleguen a las poblaciones, comunidades y territorios en condiciones de mayor vulnerabilidad climática.
° La vulnerabilidad climática del país y los procesos de desadaptación son es el resultado histórico de la prevalencia de modelos económicos y políticas públicas, que han reducido los rangos de tolerancia climática, promovido patrones socio-culturales de producción-consumo-desecho insostenibles, generando cambios de uso de la tierra y degradación ambiental; como también del incumplimiento sistemático de las normativas nacionales y convenciones multilaterales ambientales vigentes; generando desadaptación a la variabilidad y cambios del clima, e impactos negativos crecientes.
° Los estudios que caracterizan a Centroamérica o sus países como “una región sensible al cambio climático”, o mediante el “índice de riesgo climático global” no pueden interpretarse como una categorización de niveles de vulnerabilidad al cambio climático; pues al abordar la vulnerabilidad sólo en función de la sensibilidad o exposición, se invisibilizan los modelos económicos y políticas públicas que han reducido la resiliencia y capacidad de adaptación al cambio climático.
° La conceptualización de la vulnerabilidad en términos de resiliencia y capacidad de adaptación, además de los factores de sensibilidad y exposición; adquiere relevancia para habilitar un marco de políticas para la adaptación que sea idóneo, eficaz y transparente, y por ende, elegible para la obtención de recursos financieros a través de los mecanismos multilaterales y bilaterales y ventanas
creados para tal fin.
Exige al Gobierno salvadoreño, que realice las siguientes acciones para impulsar la adaptación al cambio climático e incluirla en la Primera NDC ante el Acuerdo de París:
° Cumplir sus compromisos y obligaciones en materia de adaptación climática, lo cual contribuye al respeto y goce de derechos humanos consignados en tratados internacionales y la Constitución de la República. Estos compromisos, según la Convención y la Ley de Medio Ambiente, incluyen al menos:
1. Formular, aplicar, publicar y actualizar regularmente programas nacionales y regionales de adaptación
2. Notificar sobre los avances y sustentación en materia de adaptación en la «Tercera Comunicación Nacional de Cambio Climático» y acelerar su elaboración
3. Notificar tras la entrada en vigencia del Acuerdo de París, «Comunicaciones Nacionales periódicas sobre Adaptación»
4. Implementar las acciones de adaptación planteadas en el primer PNCC y asignarles los indicadores de seguimiento apropiados para la medición del avance objetivo de dichas acciones y sustentación de la rendición de cuentas

° Ejecutar los recursos disponibles para la consulta sustantiva, desarrollo y divulgación del PNAD con base en estrategias articuladas de adaptación para sistemas naturales y humanos, territorios, poblaciones y sectores socioeconómicos; con el fin de subsanar las falencias del Primer PNCC, y sustentar y orientar adecuadamente el 2º PNCC, la Primera y subsiguientes NDC y otros instrumentos de política pública.
° Ejecutar acciones para la adaptación anticipada, escenarios climáticos, informes bienales de seguimiento y actualizaciones quinquenales del PNCC y otros aspectos técnico-administrativos enfocados en la adaptación, y promover y apoyar esfuerzos para fortalecer la observación sistemática del clima, la investigación climática, educación, formación, sensibilización, participación social, acceso a la información y cooperación internacional.

° Desarrollar estudios sobre manifestaciones e impactos del cambio climático, aplicando las directrices, criterios y guías técnico-metodológicas para el abordaje del tema de «impactos, adaptación y vulnerabilidad al cambio climático» plasmados en diversos informes técnicos, manuales y programas; mediante propuestas de políticas, estrategias y medidas idóneas, eficaces y transparentes del ámbito nacional y territorial-local para la adaptación apropiada y oportuna al cambio climático.

° Facilitar y orientar a través del MARN, el desarrollo, consulta e implementación del PNAD en el cumplimiento de los compromisos internacionales del Estado salvadoreño, considerando las etapas y pasos siguientes: (i) organización de las bases de sustentación e identificación de las falencias; (ii) planeación sustentada, (iii) diseño y puesta en marcha de mecanismos de implementación eficaces, (iv) diseño y puesta en marcha de mecanismos de seguimiento, evaluación y rendición de cuentas, y (v) promoción de la participación sustantiva e inclusiva en todas las etapas del proceso.
° Rendir cuentas claras, veraces y transparentes sobre el apoyo técnico y recursos financieros recibidos en materia de adaptación al cambio climático, incluyendo los mecanismos facilitadores y financieros de la Convención; y sobre la forma en que esto ha sido utilizado para identificar y evaluar las necesidades de fortalecimiento de capacidades nacionales y tecnologías, así como los vacíos de información científico-técnica y metodológica en adaptación y temas vinculados.
°  Constituir al PNAD como el instrumento rector y marco conceptual que sustente la normativa legal e institucional de la política y agenda nacional climática, como lo sería una «Ley de Cambio Climático»; para prevenir que la acción en mitigación o las políticas de desarrollo contrarresten los objetivos de la adaptación y generen mayor vulnerabilidad y desadaptación climática.
°   Abandonar y rechazar las opciones de política inefectivas para la mitigación del cambio climático, y contraproducentes para una adaptación apropiada y oportuna; para lo cual se deberá cambiar el abordaje del cambio climático centrado en REDD-plus, pues más allá de todas las falencias e impactos negativos atribuidos ampliamente a dicho mecanismo; tampoco existe un PNAD que se sustente en las proyecciones de las manifestaciones, impactos, vulnerabilidad y capacidad de adaptación al cambio climático, de los sistemas naturales y humanos asociados al uso de la tierra, el cambio de uso de la tierra, los ecosistemas, el agua y el sector agropecuario.  
°  Realizar esfuerzos ambiciosos y persistentes bajo la responsabilidad, coordinación y facilitación del MARN, para que la Primera NDC de El Salvador sea clara, comprensible y transparente de conformidad al Acuerdo de París; sea el punto de referencia y de partida para las mejoras futuras, y se constituya en la base para el diseño, implementación, institucionalización y legalización del «sistema nacional de medición, notificación y verificación» de la acción en adaptación al cambio climático en el marco de la acción climática en general, lo que incluye además la acción en mitigación, los medios para la implementación de la acción climática, la participación social y la integración de la acción climática en las estrategias, planes y acciones de desarrollo y legislación.
Expresa su compromiso de continuar aportando de manera propositiva al Estado salvadoreño para contribuir a fortalecer el marco de políticas y la acción para enfrentar el cambio climático, y considera la necesidad de que los procesos de participación sean:
·  Con amplia inclusión de los diferentes pueblos, sectores y actores sociales relevantes, incluyendo la Mesa de Cambio Climático de El Salvador y cada uno de sus miembros, en todas las etapas, ámbitos y niveles;
·  Fundamentados en el «Principio del Consentimiento Libre, Previo e Informado»,
· Garantes de la incorporación de un enfoque ecocéntrico, la perspectiva de derechos humanos, equidad de género, equidad inter-generacional y conocimiento y experiencia ancestral y local de los diferentes territorios, comunidades y pueblos indígenas;y
·  Con la integración de un enfoque de derechos de la Madre Tierra.
 Adoptado en San Salvador, El Salvador, el 19 de agosto de 2016,
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