DESTACAN LA
IMPORTANCIA DE LOS CAMBIOS A LA LEY DE PESCA PARA LOS MUNICIPIOS RIBEREÑOS
- El Senado
aceptó las modificaciones introducidas por la Cámara de Diputados y en su
última sesión, por pedido del Senador del departamento Victoria, César
Garcilazo, dio sanción definitiva al proyecto que modifica artículos de la ley
7156 (que incorporó a la ley de pesca 4892 los puertos de fiscalización)
El senador de Victoria destacó la importancia
que tiene esta reforma para los municipios ubicados a la vera del río y en
zonas donde se desarrolla una intensa actividad de pesca comercial.
En este
sentido hay que mencionar que hasta el 70 por ciento de lo que se recaude en
esos puntos de fiscalización, podrá ser derivado a los municipios o juntas de
gobierno que hagan la tarea de control y recaudación.
• La reforma
El texto,
que ahora pasó al Ejecutivo, determina que el artículo 1 de la ley quedará
redactado de la siguiente forma:
“Incorpóranse
dentro del Régimen de la Ley de Pesca Nº 4892, los Puertos de Fiscalización de
productos de la pesca comercial y de la pesca deportiva, los que se
instrumentarán a través del Ministerio de Producción o el Organismo que éste
designe, mediante convenios que éste podrá suscribir con las comunas, juntas de
gobierno y municipios de la Provincia, previo informe y determinación de la
Dirección de Recursos Naturales sobre los lugares apropiados para ese fin”.
Además se
establece que el Poder Ejecutivo, anualmente, fijará un arancel de
fiscalización por kilogramo de pescado y el valor de los permisos transitorios
de la pesca deportiva atendiendo al valor de cada especie en el mercado.
Para dar el
indicativo del precio habrá un informe previo de la Dirección de Recursos
Naturales.
Además el
ingreso obtenido ingresará al Fondo de Protección y Conservación de la Fauna
creado por el Artículo 78º de la Ley Nº 4841 (Ley de Caza).
También se
prevé que hasta un 70 por ciento de estos montos (del total que se recaude por
la pesca comercial y deportiva) podrá destinarse al municipio, juntas de
gobierno o comuna que ejerzan la fiscalización. (tomado de APF.Digital)
Nota: de
nada sirve si no es compatible con los demás estados que ejercen soberanía sobre
los ríos Paraná y Uruguay, en este sentido el Movimiento transfronterizo de ONG
ambientalistas de la triple frontera, ar, br y uy se lo ha hecho saber a los 4 presidentes,
4 gobernadores de provincias, 2 gobernadores de estados , y intendentes de
departamentos, a la CARU, sin respuesta integral.
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