Córdoba:
Actualizaron criterios para el fraccionamiento rural
Ante reiteradas consultas a las agencias zonales de todo el
territorio provincial, el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentos
recuerda que a través de la resolución 194 del año pasado, se actualizaron los
criterios para la determinación de las unidades económicas en zonas rurales.
Dicho reajuste se realizó con el objetivo de lograr una mayor transparencia en
el ordenamiento parcelario y en procura de agilizar los procesos
administrativos, evitando problemas de subdivisión de la propiedad inmueble
rural, entre otros.
La nueva reglamentación dispone que las parcelas con
explotación agropecuaria intensiva deberán contar con una superficie mínima de
cinco hectáreas y mejoras atinentes a los trabajos; en aquellas destinadas a la
explotación ganadera, con mejoras, la superficie mínima será de 30 hectáreas;
las parcelas destinadas a una explotación agrícola extensiva, con sus mejoras,
deberán contar con una superficie mínima de 15 hectáreas; finalmente, en los
predios sin mejoras la superficie mínima será de 100 hectáreas.
“Era necesario actualizar los criterios de definición de la
Unidad Económica Agraria. Hay que tener en cuenta que la ley referida a las
subdivisiones rurales es del año 1972, y las cosas han cambiado mucho, la
productividad de los campos ha sufrido modificaciones en comparación con la
situación de comienzos de los 70, cuando se dictó la ley. Antes sólo se tomaba
en cuenta la superficie del establecimiento para determinar la rentabilidad,
pero ahora hay que poner en consideración variables como la incorporación de
tecnología, la robotización, el riego por goteo, el silo bolsa, los adelantos
genéticos, biológicos, químicos y la intensificación de algunas actividades
agropecuarias”, explicó el titular de la cartera agropecuaria, Néstor
Scalerandi.
De acuerdo a lo que dice la resolución, “…el concepto de
Unidad Económica no puede estar vinculado solamente por la extensión del
inmueble afectado a determinada actividad agropecuaria”. Y agrega que deben
considerarse como variables “…la ubicación de los predios, los índices de
productividad, la aptitud agrícola de los suelos, las mejoras y especialmente
la aplicación de innovadores métodos tecnológicos”.
La resolución ministerial indica también que no se podrán
incluir en las limitaciones de superficie las parcelas destinadas a viviendas
rurales, casas de fin de semana, explotación turística o destinos comerciales
no agropecuarios.
“Con esto esperamos liberar a una cantidad enorme de
propiedades que no podía tener título, y por lo tanto no se podía disponer de
ellas libremente. Por ejemplo, si una propiedad de 100 hectáreas tiene más de
un dueño, no se podía disponer de la misma si el 100 por ciento de los
propietarios no estaba de acuerdo con el destino que se pretende del terreno.
No podían venderlo, no podían acceder a créditos, no podían realizar ningún
emprendimiento”,
TOMADO DE ENVIO DE ASI SOMOS DE CORDOBA AR
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