martes, 15 de diciembre de 2020

MUERTE DE UN NIÑO POR AGROTÓXICOS: CONDENAN A 3 AÑOS DE PRISIÓN A PRODUCTOR HORTÍCOLA


TRIBUNAL ORAL PENAL DE GOYA

Muerte de un niño por agrotóxicos: condenan a 3 años de prisión a productor hortícola

Ricardo Nicolás Prieto fue hallado culpable de los delitos de homicidio culposo y lesiones culposas, en modalidad de omisión impropia, en concurso ideal. El hecho ocurrió en marzo de 2011, cuando dos pequeños de 4 y 5 años jugaban en cercanías de una tomatera de la localidad de Lavalle que había sido fumigada. 

Culpable. Prieto también deberá capacitarse en el uso de agrotóxicos.

El Tribunal Oral Penal de Goya, condenó ayer al productor hortícola Ricardo Nicolás Prieto a 3 años de prisión condicional por el delito de homicidio culposo y lesiones culposas en concurso ideal.

Estos delitos están previstos y penados por los artículos 90 y 54 del Código Penal, en calidad de autor material.

Además, se le impuso a Prieto la obligación de realizar estudios o prácticas profesionalizantes de capacitación en el uso de agrotóxicos, para la realización de su producción habitual, en organismo público o privado.

Y debe acreditar ante el TOP de Goya su inicio, modalidad y finalización, en el término de tres meses, bajo posibilidad de revocarse la prisión condicional si no cumple.

Lo resuelto se debe notificar al Juzgado Civil y Comercial N° 1 de Goya, al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible de la Nación y al Ministerio de Producción de Corrientes.

Los fundamentos de la Sentencia serán leídos el lunes 1 de febrero de 2021 a las 12 horas. 

El fiscal interviniente fue el doctor Guillermo Rubén Barry, el defensor el doctor Diego Francisco Brest, el querellante conjunto el doctor Hermindo González y la asesora de Menores la doctora Isabel Pissarello.

El caso

El hecho ocurrió aproximadamente el 30 de marzo de 2011, en una chacra de tomates y hortalizas ubicada en Puerto Viejo, Lavalle en una finca a cargo de quien está imputado, Ricardo Nicolás Prieto.

El acusado habría desplegado una conducta negligente, porque hizo fumigar las plantaciones con sus operarios y no controló personalmente el proceso.

La fumigación se realizó con las cortinas de los tendaleros levantadas, lo que permitió que los tóxicos que contienen los productos plaguicidas organoclorados alfa endosulfan, se propagaran por la acción eólica en zonas aledañas.

En ese lugar se encontraban jugando dos niños de 5 y 4 años, quienes inhalaron esas sustancias tóxicas.

Como consecuencia de ello, la niña de 5 años padeció lesiones de carácter gravísimas y el niño de 4 sufrió un edema agudo de pulmón producido por intoxicación por plaguicida organoclorado alfa endosulfan, que le produjo la muerte dos días después.

El primer juicio

El juicio de debate se realizó en el año 2016 y los jueces que integraban el TOP por sentencia Nº 178 del 5 de diciembre sobreseyeron del delito de lesiones culposas (art. 94 del CP) por extinción de la acción penal por prescripción y absolvieron del delito de homicidio culposo (art. 84 del CP) por insuficiencia probatoria a Ricardo Nicolás Prieto.

El fiscal del Tribunal Oral Penal de Goya, y el querellante conjunto presentaron un recurso de casación y el Superior Tribunal de Justicia en noviembre de 2018 hizo lugar al mismo, ordenando la realización de un nuevo juicio.

La Corte Provincial afirmó que el Tribunal encargado del primer juicio, realizó un análisis parcializado de las pruebas sin detenerse y analizar en su conjunto los elementos de convicción incorporado, y por ello ordenó la materialización de un segundo juicio que terminó hoy en la sentencia condenatoria. (NG)

Tomado de el litoral de ctes ar

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