lunes, 15 de febrero de 2016

PROPUESTAS MUNICIPALES POR CAMBIO CLIMÁTICO EN CHILE

Santiago, Chile, lunes 15 de febrero de 2016, por Luis Alberto Gallegos, editorial Boletín GAL.- Con el propósito de dar respuesta a los impactos del cambio climático global, nuestro país elaboró su propio Plan de Acción Nacional de Cambio Climático (PANCC), con lo que dio cumplimiento a un compromiso que adquirió con la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático de 1992, en el contexto de su artículo 4° (pág. 5)
 ¿QUÉ ES EL PANCC?
 De acuerdo con el PANCC 2008-2012, publicado en diciembre del 2008 por el primer Gobierno de la Presidenta Michelle Bachelet, el Plan de Acción Nacional de Cambio Climático “se concibe como un instrumento articulador de un conjunto de lineamientos de orden político, que llevarán a cabo los organismos públicos competentes en materia de cambio climático y sus efectos adversos. En este sentido, cabe destacar el necesario fortalecimiento de la institucionalidad previsto en dicho Plan de Acción, que busca coordinar adecuadamente la respuesta de nuestro país a los nuevos desafíos nacionales e internacionales derivados de esta problemática global. De igual manera, el Plan de Acción se torna en una herramienta orientadora para el sector productivo y académico y para los organismos no gubernamentales, en cuanto señala las materias relevantes que deberán ser asumidas por el conjunto de la sociedad para enfrentar los impactos derivados del cambio climático”.
 El PANCC es un “conjunto de lineamientos de política pública, organizados en tres ejes de acción; adaptación a los impactos del cambio climático, mitigación de las emisiones y creación y fomento de capacidades (…) El plan contempla 22 líneas de acción con 103 acciones específicas, cuya implementación quedó radicada bajo la responsabilidad de 13 sectores o carteras y 32 entidades”. (Ver Ministerio del Medio Ambiente)
 LA GESTIÓN CLIMÁTICA LOCAL Y TERRITORIAL EN EL PANCC 2008-2012: NOTA BAJA
 Según la Evaluación de Medio Tiempo del PANCC 2008-2012 realizada en julio del 2011, se constató la existencia de una serie de factores facilitadores como también de obstáculos para su implementación. Entre losfacilitadores aparecieron: “la existencia de iniciativas de otros organismos que hicieron sinergia con el plan de acción nacional de cambio climático; la presencia de personas con conciencia de la importancia del cambio climático y con liderazgo; la participación en foros, seminarios, Conferencias de las Partes u otros eventos internacionales; las decisiones de alto nivel que gatillaron la inversión de recursos, la conformación de equipos de trabajo; y los cambios institucionales. Como factores obstaculizadores se identificaron, entre otros, la falta de compromiso o desconocimiento por parte de algunos organismos, las deficiencias de formulación del plan (falta de identificación de metas y productos, la superposición de tareas, la inadecuada asignación de acciones a órganos), el cambio de personas y falta de continuidad del tema” (Ver Ministerio del Medio Ambiente, SN).

En el ámbito territorial local, el PANCC 2008-2012 se propuso desarrollar la Línea de Acción destinada a “Generar escenarios climáticos a nivel local, realizando un diagnóstico de la información existente en el país en relación con la vulnerabilidad y los impactos del cambio climático” (4.1.1 pág. 41. SN). No obstante, los resultados de la Evaluación de Medio Tiempo del PANCC 2008-2012, en esta esfera mostraron que los logros hasta el 2011 fueron de apenas un 1,0 del Índice de Implementación, es decir, un nivel de cumplimiento basado en evidencias estimado Bajo.
 Del mismo modo, en la síntesis del avance en el cumplimiento del PANCC 2008-2012 en cuanto a “elaboración de propuesta de indicadores de impacto de la aplicación de diversos planes, políticas y estrategias”, según laEvaluación de Término del PANCC 2008-2012, realizada en marzo del 2015, se señaló que esta construcción fue igualmente Baja (Tabla 1.1, pág. 2. SN). Incluso advierte de “la ausencia de metas e indicadores asociados a las líneas de acción o acciones, lo cual es fundamental para el seguimiento y evaluación de un instrumento de estas características” (pág. 82).
 Ambos resultados muestran que la relevancia que se le brindó a la gestión climática local en el PANCC 2008-2012, dejó mucho que desear.
 Igualmente, según la Tabla 4.8 sobre Instituciones u Organizaciones con Interacción en el PANCC 2008-2012, la conclusión de la Evaluación de Término del PANCC 2008-2012 indica que, de las 43 instituciones públicas involucradas en este PANCC, apenas 6 de ellas interactuaron con organizaciones sociales, y tan solo 1 lo hizo con municipios. (pág. 70-71)
 PANCC 2008-2012: INSUFICIENTE ATENCIÓN A MUNICIPIOS
 En resumen, la gestión climática local y territorial en el PANCC 2008-2012 estuvo muy insuficientemente tratada y atendida.
 Respecto a las futuras correcciones de estas debilidades del PANCC 2008-2012, la Evaluación de Medio Tiempo del PANCC 2008-2012 propuso “Abrir y liderar el debate sobre las políticas de CC en el país, convocando en forma regular a los actores privados, académicos y de la sociedad civil”Sobre los municipios no señaló nada.
 Por su parte, la Evaluación de Término del PANCC 2008-2012 recomendó que “específicamente en torno al rol de la sociedad civil, es necesario incluir efectivamente a la sociedad civil en la elaboración de los instrumentos de cambio climático, no solo a través de procesos de consulta, sino que fomentando procesos participativos e inclusivos” (Pág. 89). Aconsejando “actualizar y completar los escenarios climáticos a nivel local de acuerdo a nuevos escenarios del 5AR IPCC”. (Recuadro 1.11, pág. 9). Para los municipios, tampoco se destacó recomendaciones específicas.
 LOS ÉNFASIS DEL IPCC EN EL ROL DE LOS GOBIERNOS LOCALES
 En esta perspectiva, el Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático (IPCC), es expresamente taxativa en esta materia en su Quinto Informe de 2014: “Si bien los gobiernos locales y el sector privado tienen diferentes funciones que varían según las regiones, cada vez es mayor el reconocimiento de que gozan como actores fundamentales para progresar en la adaptación, habida cuenta de los papeles que desempeñan en la adaptación a mayor escala de las comunidades, los hogares y la sociedad civil, y para gestionar la información y la financiación conexas al riesgo (evidencia media, nivel de acuerdo alto). Desde el Cuarto Informe de 
Evaluación ha aumentado significativamente el número de respuestas de adaptación previstas a nivel local en las comunidades rurales y urbanas de los países desarrollados y en desarrollo. Sin embargo, los consejos locales y los planificadores suelen abordar la complejidad de la adaptación sin disponer de un acceso adecuado a la información o los datos orientativos sobre las vulnerabilidades locales y los posibles impactos. Se han identificado los pasos necesarios para integrar la adaptación en la toma de decisiones a nivel local, pero sigue habiendo dificultades para su aplicación. Por lo tanto, los expertos hacen hincapié en la importancia de los vínculos con los niveles gubernamentales nacionales y subnacionales, así como de las asociaciones entre los sectores público, cívico y privado para la aplicación de medidas de adaptación locales”. (Pág. 116. SN)
 Estas recomendaciones del IPCC debieran considerarse e incluirse en el próximo PANCC 2016-2021. Son compromisos ineludibles y de sentido común.
 CARENCIAS DEL PANCC 2008-2012 PARA ARTICULAR LO LOCAL
 En esta consideración, resulta meritorio que la Evaluación de Término del PANCC 2008-2012 reconociese que este plan “careció de una estructura coordinadora que permitiese integrar y dar seguimiento al mismo, como buscar las sinergias entre instituciones y ejes temáticos, para lograr en cabalidad ser un instrumento articulador. (…) El PANCC fue concebido como un instrumento articulador de la política de cambio climático (sin embargono logró posicionarse como un instrumento realmente articulador, lo que queda en evidencia, por ejemplo, con el hecho de que no existieran presupuestos formales asignados para la ejecución de sus acciones o que el PANCC no ha sido parte de los términos de referencia para las licitaciones en materia de cambio climático o que en los años de ejecución no se hayan derivado otros instrumentos que permitiesen fortalecerlo (como la actualización de la Estrategia, una ley en el tema, etc.)”. (Pág. 92-93. SN)
 SE NOS VIENE EL PANCC 2016-2021
 Este año el gobierno dará a publicidad, previa consulta ciudadana, el Plan de Acción Nacional de Cambio Climático (PANCC) 2016-2021. Existe altas expectativas respecto a esta nueva versión del PANCC que mejore sustancialmente la versión del 2008-2012 y se constituya efectivamente en un instrumento articulador de las políticas públicas sobre cambio climático en todos los sectores, territorios y estamentos del país.
 En el portal del Ministerio del Medio Ambiente podemos visualizar que desde 2015 se ha venido diseñando este nuevo plan con el objetivo de “hacer frente a los desafíos que plantean los impactos del cambio climático en el territorio nacional, fortaleciendo y coordinando la capacidad de respuesta del país a las necesidades de corto y mediano plazo en adaptación, mitigación y creación de capacidades, constituyéndose como el instrumento articulador que permita la transversalidad y transparencia para la implementación de la gestión pública en materia de cambio climático y orientador para todos los actores del país”. (Documento Propuesta de Estructura y Contenidos para PANCC 2016-2021, pág. 76-77)
 Allí se señala y compartimos el objetivo respecto a la Adaptación: “Fortalecer la capacidad del país para adaptarse al cambio climático profundizando los conocimientos de sus impactos y de la vulnerabilidad del país, y generando acciones que permitan minimizar los efectos negativos y aprovechar los efectos positivos, promoviendo el desarrollo económico, social y asegurando la sustentabilidad ambiental”. Asimismo, valoramos el objetivo sobre la Mitigación, entendiéndola como el proceso para “Avanzar hacia una economía baja en carbono que contribuya al desarrollo sustentable de nuestro país y que permita el aporte de Chile a los esfuerzos mundiales de reducción de emisiones, mediante la implementación y seguimiento de acciones de mitigación y la presentación transparente de los logros alcanzados”.
Igualmente, nos parece pertinente el objetivo sobre los Medios de Implementación, asumiéndolo como el desafío de “Implementar aquellos elementos transversales que complementan las medidas planteadas en los ejes de Mitigación, Adaptación y Territorial relacionados al fortalecimiento institucional, transferencia tecnológica, creación de capacidades y asistencia técnica, financiamiento y negociación internacional”. 
LA INSTITUCIONALIDAD No obstante lo anterior, ahora comentamos los componentes referidos a la Institucionalidad y al Financiamiento, en relación a la gestión climática local y municipal.
 En Diciembre de 2014, en el Ministerio del Medio Ambiente se planteó la necesidad de fortalecer la institucionalidad de cambio climático, proponiéndose una estructura operativa para la implementación del PANCC 2016-2021 de acuerdo al esquema siguiente:
 Esta propuesta de institucionalidad general es, por cierto, un avance en relación a lo que señalaba el PANCC 2008-2012; pero aún así, para el caso específico de los municipios y la sociedad civil, resulta insuficiente.
 Solidarizamos con las apreciaciones que señalan que “en este esquema propuesto, el rol de los municipios es complejo, en el sentido de poder brindarles más atribuciones, presupuesto y capacidad de gestión (…) y que en ocasiones es más efectivo guiar a los municipios para hacer las cosas que imponerles hacerlas.” (Documento Propuesta de Estructura y Contenidos para PANCC 2016-2021, pág. 55).  
 Sin embargo, somos de la idea que siendo un gran paso adelante la propuesta de crear los Comités Regionales de Cambio Climático (CORECC) –integrados por las Seremías, Gobiernos Regionales, Gobiernos Provinciales y Municipios-, y los Comités Ambientales Regionales (CAR) -con inclusión de la academia, ONG, empresas, gremios laborales, etnias y el Ministerio del Medio Ambiente-, estos avances resultan insuficientes para generar un fuerte impulso a la gestión climática local que hoy se requiere para las municipalidades y la ciudadanía.
 En nuestra opinión, del mismo modo que la Ley N° 20.417 o Ley del Ministerio, Servicio de Evaluación Ambiental y la Superintendencia del Medio Ambiente, introdujo modificaciones al Artículo 25 de la Ley N° 18.695 o Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, creando las Unidades de Medio Ambiente, Aseo y Ornato, con más funciones y atribuciones, hoy se requiere que las municipalidades reestructuren estas áreas bajo una nueva composición y nomenclatura que, pudiera ser, Unidades de Medio Ambiente, Cambio Climático, Aseo y Ornato. Instancias con más facultades, recursos humanos, capacidades técnicas y financiamiento. Y para producir este salto, por cierto se requeriría de nuevas normativas legales sobre cambio climático.

Respecto al fomento y empoderamiento ciudadano en su gestión sobre el cambio climático, a nuestra consideración la relevancia del calentamiento global y su severo impacto en los territorios locales y comunales, amerita que las modalidades estructurales de participación ciudadana normadas por la Ley N° 20.500 o Ley sobre Asociaciones y Participación Ciudadana en la Gestión Pública, sean actualizadas incorporando institucionalidades, facultades y nomenclaturas que incluyan explícitamente al cambio climático. Por ejemplo, modificando el artículo 74 de esta ley referida a los consejos de la sociedad civil que participan en los órganos de la Administración del Estado de modo consultivo, e incluyendo nuevas facultades de incidencia y gestión climática ciudadana que tengan relación con la competencia del órgano respectivo. Otro ejemplo: modificando el artículo 94 de esta ley que señala que en cada municipalidad existirá un consejo comunal de organizaciones de la sociedad civil elegido por las organizaciones comunitarias de carácter territorial y funcional, incorporándole nuevas institucionalidades, facultades y nomenclaturas que incluyan explícitamente al cambio climático en su gestión.
 Y, naturalmente, para producir estos cambios indispensables en la participación ciudadana ante el calentamiento global y local se requiere de nuevas normativas legales sobre cambio climático. En otras palabras, unProyecto de Ley específico para Chile. En relación a este mismo tema, lo logrado por el Sistema de Certificación Ambiental Municipal (SCAM) ha sido un paso importante, ya que aún cuando es voluntario, se ha visto promovido por la institucionalidad, siendo de gran interés por los municipios. (Documento Propuesta de Estructura y Contenidos para PANCC 2016-2021, pág. 56). En esta línea, resulta relevante que el Ministerio del Medio Ambiente implemente a partir de marzo de 2016 un proyecto sobre cambio climático y políticas públicas para los gestores ambientales y climáticos de los municipios, a fin de generar metodologías y conocimientos para la elaboración de medidas y planes de adaptación y mitigación al cambio climático a nivel local.
 EL FINANCIAMIENTO
 Chile es un país muy vulnerable al cambio climático. Se estima que las pérdidas económicas, sociales y ambientales que podría sufrir el país, si no se toman acciones adecuadas, podrían ser significativas. “Estos costos indican que Chile podría llegar a perder un 1,1% anual del PIB durante todo el período de análisis, es decir, hasta 2100” (CEPAL, pág. 14). De acuerdo al PIB del 2014, de $258,1 mil millones, el 1,1% equivale a unos $2.839,1 mil millones (Banco Mundial, SN).
 Según cifras aportadas por la ONUChile fue en el 2015 el sexto país que más pérdidas económicas sufrió por desastres naturales -entre aluviones, inundaciones y un terremoto que estuvo acompañado de un tsunami-, que se elevaron a unos 3.100 millones de dólares.
 Es de advertir, de otro lado, que el cambio climático traerá duras consecuencias financieras en América Latina. El Programa de Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUD) indicó que en el 2050 los costos para la región ascenderían a 100 mil millones de dólares.
 Es decir, el calentamiento global tendrá un altísimo costo para nuestro país. Por tanto, resulta crucial generar una estrategia nacional financiera frente al cambio climático. El PANCC 2016-2021 debe contar con una estrategia financiera nacional sólida que aporte los recursos necesarios para el desarrollo eficaz del Plan.

Para ello, desde el Ministerio del Medio Ambiente se ha diseñado las siguientes líneas de acción: la Estrategia Nacional Financiera frente al cambio climático y la Gestión de Otras Fuentes de financiamiento internacional o privado. Se pretende crear una institución interna que permita gestionar y coordinar de manera óptima la relación con el Fondo Verde del Clima (Green Climate Fund) y diseñar instrumentos financieros que pudiesen ser utilizados para fines como la adaptación y transferencia tecnológica.
 Para el caso del financiamiento de los municipios en su gestión climática que, a nuestro juicio no está suficientemente considerada en los avances del PANCC 2006-2021, proponemos diseñar y ejecutar un Plan de Recursos y Financiamiento que incluya a Fuentes Nacionales -Fondo Nacional de Desarrollo Regional (FNDR), Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo (Subdere), Fondo de Protección Ambiental (FPA), etc.-, a Fuentes Internacionales -Fondo Verde del Clima (Green Climate Fund), Banco Mundial (BM), Banco Interamericano de Desarrollo (BID), Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), etc.- y a la Cooperación de Empresas Locales.  Asimismo, sugerimos proponer al gobierno la Creación de un Sistema de fondos, concursos o programas estatales destinados exclusivamente a financiar proyectos de mitigación, adaptación y generación de capacidades ante el cambio climático para las municipalidades y de la sociedad civil.
 En este tema de obtener Financiamiento para la gestión ambiental y climática de los municipios, concordamos con una interesante iniciativa del Departamento de Gestión Ambiental Local (DGAL) del Ministerio del Medio Ambiente, a la cual estimamos que la AChM debiera patrocinar.
 Se trata de gestionar la modificación del artículo 12 de la Ley N° 18.695 o Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, que señala que “las ordenanzas serán normas generales y obligatorias aplicables a la comunidad. En ellas podrán establecerse multas para los infractores, cuyo monto no excederá de cinco unidades tributarias mensuales, las que serán aplicadas por los juzgados de policía local correspondientes” (SN).
 Según la iniciativa del DGAL, el bajo valor de las multas por infracciones ambientales –5 UTM-, resulta muy inferior incluso para cubrir los costos de su fiscalización y monitoreo. Los propios daños y reparaciones ambientales generados por algunas infracciones tienen un costo mucho mayor al monto de la multa lo que, finalmente, debilita y hace perder eficacia a la ordenanza municipal.
 Por tanto, el DGAL propone otorgar atribuciones legales a los municipios para aumentar el monto de las multas a los infractores de las ordenanzas ambientales, estableciendo así sanciones que tengan un efectivo poder disuasivo para la protección del medio ambiente comunal, generando incentivos a prácticas y conductas sustentables y obteniendo recursos que permitan financiar el daño ambiental ocasionado y contribuir a la gestión climática de las municipalidades. (Rungruangsakorn, 2015)

De otro lado, dentro de este mismo rubro del Financiamiento, invocamos que en la gestión del PANCC 2016-2021 no se repita un error que ocurrió con el PANCC 2008-2012. Aquél plan fue publicado en diciembre del 2008, lo que significó que empezó su operatividad sin recursos debido a que el presupuesto nacional del 2009 fue aprobado en el parlamento antes de esa fecha. Por tanto, evitar repetir este error supondría publicar el PANCC 2016-2021 no más allá del tercer trimestre del 2016. En caso contrario, no habría recursos financieros para su ejecución en el 2017.
 CORRIGIENDO LAS DEBILIDADES DEL PANCC PREDECESOR EN LO LOCAL
 Ahora bien. Nos interesa en forma específica detenernos y comentar sobre la Gestión del Cambio Climático en el Territorio, cuyo objetivo plantea “Sentar las bases institucionales, operativas y las capacidades necesarias para avanzar en la gestión del cambio climático en el territorio, a través del gobierno regional y comunal e incorporando a todos los actores sociales”.
 En este ámbito, estimamos que el diseño de instrumentos e indicadores sobre el cambio climático no es solo responsabilidad de las autoridades nacionales. El calentamiento global es un fenómeno global y local que requiere de la construcción de instrumentos de medición y monitoreo tanto a nivel nacional como en los territorios comunales.
 En efecto, concordamos en que la adaptación en el corto, mediano y largo plazo, en el país y en las comunas, requiere “del uso de indicadores que entreguen información respecto de los avances de los procesos adaptativos, para evaluar las medidas implementadas y determinar si han sido efectivas en reducir la vulnerabilidad o aumentar la capacidad adaptativa de los sistemas en cuestión”. Y ello supone capacidad técnica y también empoderamiento político para adoptar decisiones y gestiones tanto en el Estado como en los gobiernos locales.
 Unos de los indicadores fundamentales que las municipalidades debieran aplicar en este asunto son los Indicadores de Vulnerabilidad, que permitan identificar los riesgos meteorológicos, hídricos, sociales, económicos, políticos, ambientales, entre otros; los Indicadores de Adaptación, para cuantificar la magnitud de las respuestas adaptativas locales en las capacidades políticas, las capacidades de gestión de conocimientos o información, la capacidad ecosistémica, la capacidad social y la capacidad financiera; los Indicadores de Cálculo y Reducción de la Huella de Carbono, que permita contribuir a la mitigación de emisiones de CO; los Indicadores de la Evaluación Ambiental Estratégica (EAE), que posibilite un diseño científico y sustentable de los Planes Reguladores Comunales (PRC); asimismo pudiera utilizarse Indicadores en los Diagnósticos y Estrategias sobre cambio climático en el territorio local; entre otros.
 En esta perspectiva, hacemos nuestra la definición que el Global Environment Facility (GEF) y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) introducen al precisar que “los indicadores sirven para ordenar y sistematizar información para la planificación, evaluación y toma de decisiones, y permiten constituir sistemas de información que dan cuenta de las características cuantitativas de un ámbito institucional, económico, geográfico, cultural, educativo, etcétera”. (Guía Metodológica para la Evaluación de la Vulnerabilidad ante el Cambio Climático, México 2012, pág. 26. SN)
 En este sentido nos parece de extraordinaria importancia que en Chile los Consejeros Regionales de las Provincias de Coyhaique y General Carrera, propongan para marzo 2016 próximo la “creación de un Observatorio Regional para el Cambio Climático, con el fin de implementar un sistema de información de alto nivel, que reúna  sistemáticamente, variables como temperatura, disponibilidad de agua y precipitaciones, control virtual y permanente de temperaturas de nuestro mar litoral, flujos de corrientes y renovación de aguas en los fiordos, vientos, masa y flujo de aguas vertientes de las masas de nieve y hielo, en integración con buenas prácticas de concientización y la debida elaboración  de políticas y planes regionales…”. Una iniciativa y decisión en política pública de cambio climático local, digna de ser replicada en otras regiones.
 PROPUESTAS ESPECÍFICAS
 Finalmente y resumiendo, en el diseño y ejecución de los Planes Operativos y Actividades de las Municipalidades y las Organizaciones Sociales sobre Cambio Climático, estimamos que podría considerarse lo siguiente:
 1.- Promover la modificación al Artículo 25 de la Ley N° 18.695 o Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, creando las Unidades de Medio Ambiente, Cambio Climático, Aseo y Ornato
 2.- Fomentar la modificación del Artículo 74 de la Ley N° 20.500 o Ley sobre Asociaciones y Participación Ciudadana en la Gestión Pública, incluyendo a los Consejos de la Sociedad Civil que participan en los órganos de la Administración del Estado nuevas facultades de incidencia y gestión climática ciudadana que tengan relación con la competencia del órgano respectivo
 3.- Fomentar la modificación del Artículo 94 de la Ley N° 20.500 o Ley sobre Asociaciones y Participación Ciudadana en la Gestión Pública, facultando al Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil sobre nuevas institucionalidades, facultades y nomenclaturas que incluyan explícitamente al cambio climático en su gestión.
 4.- Generar un amplio diálogo y participación ciudadana que incluya a la Bancada Climática, organismos del Estado, sociedad civil, academia y diversos actores nacionales, a fin de preparar y gestionar un Proyecto de Ley de Cambio Climático para Chile.
 5.- Diseñar y ejecutar un Plan de Recursos y Financiamiento de la Gestión Climática Local que incluya a Fuentes Nacionales, Fuentes Internacionales y a la Cooperación de Empresas Locales.
 6.- Proponer al gobierno la Creación de un Sistema de fondos, concursos o programas estatales para financiar proyectos de mitigación, adaptación y generación de capacidades al cambio climático para municipalidades y la sociedad civil.
 7.- Gestionar la modificación del Artículo 12 de la Ley N° 18.695 o Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades para otorgar atribuciones a los municipios de aumentar el monto de las multas a los infractores de ordenanzas ambientales, obteniendo recursos para financiar el daño ambiental ocasionado y contribuir a la gestión climática de las municipalidades.
8.- Ejecutar el cálculo y plan de reducción de la Huella de Carbono en la infraestructura municipal y en la comuna.
 9.- Elaborar diagnósticos y diseños de Estrategias Hídricas de microcuencas locales y regionales; campañas comunales y municipales ante la sequía y de ahorro de agua.
 10.- Producir y ejecutar diagnósticos y diseños de planes de mitigación de emisiones de COEficiencia Energética a nivel comunal y municipal.
11.- Diseñar y construir Indicadores e Instrumentos Climáticos Comunales.
 12.- Generar Ordenanzas Municipales sobre Cambio Climático y sobre el Agua.
 13.- Incluir la herramienta de la Evaluación Ambiental Estratégica (EAE) añadiéndole un componente Climático en los Planes Reguladores Comunales (PRC).
 14.- Constituir con los expertos y líderes ambientales y climáticos locales un Comité Científico de Futuro y Cambio Climático Local (CCFCCL), en cooperación con el Estado, la academia, ONGs, cooperación internacional y empresas locales.
 15.- Diseñar y ejecutar un Plan de Educación Climática Comunal, que incluya al Sistema de Certificación Ambiental Municipal (SCAM), al Sistema Nacional de Certificación Ambiental de Establecimientos Educacionales (SNCAE), a las organizaciones comunales y a los funcionarios municipales.
 16.- Diseñar y ejecutar un Sistema de Intercambio en Tecnología Climática, mediante pasantías, diplomados y cooperación tecnológica con comunidades de otras regiones del país y a nivel internacional.
 17.- Diseñar y ejecutar un Plan de Información y Comunicaciones sobre Cambio Climático a nivel de la comuna en conjunto con los medios locales, como radios y TV comunitarias, Internet, redes sociales, artistas callejeros, grafiteros,  entre otros.
 18.- Articular estos planes operativos y actividades con los objetivos, metas y líneas del Plan de Acción Nacional (PANCC) 2016-2021 del Ministerio del Medio Ambiente a publicarse este año.
 19.- Contextualizar las estrategias y planes de cambio climático a nivel territorial local en los marcos de los procesos de construcción de Ecobarrios, Barrios Sustentables, Ecocomunas o Ciudades Sustentables, como formas de largo plazo para generar procesos de mitigación, adaptación, medios de implementación y gestión en el territorio. (FIN) TOMADO DE ENVIO EN BOLETIN GAL DE CHILE


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