Ilegalidades
y violencias
AQUÍ INFORME COMPLETO
El día de ayer, 5 de mayo de 2016, ocurrieron hechos
gravísimos que afectan la Democracia Participativa y la participación ciudadana
en las Comunas. En el marco de la reunión del Consejo Consultivo de la
Comuna N° 4 un grupo de personas agredieron física y verbalmente a integrantes
del Consejo y de organizaciones sociales del Barrio de la Boca. Resultaron
heridos de gravedad Matías Scínica de la agrupación Boca es Pueblo que sufrió un corte a
la altura de la garganta, y Fernando Abal Medina que a raíz de múltiples golpes
tiene una hemorragia interna en la cabeza.
Estos
hechos ocurrieron al momento que se discutía sobre la venta de los terrenos
conocidos como "Casa Amarilla" ubicados en el Barrio de la Boca
al Club Atlético Boca Juniors. Desde hace años organizaciones del Barrio de la
Boca se oponen a la venta de estos terrenos, principalmente las organizaciones
que conforma "la Boca Resiste y Propone". El Consejo Consultivo
Comunal N° 4 en la primera reunión autoconvocada de este año ya había expresado
su voluntad contraria a esta venta y a los proyectos del referido Club.
Para
comprender que una patota haya agredido a ciudadanos que protegen el destino de
estos predios de acuerdo a las leyes de la Ciudad resulta necesario describir
el gran negociado planificado desde el Club Boca Juniors con acuerdo del
Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires en relación a estas tierras
públicas, las de Casa Amarilla.
Los terrenos
de Casa Amarilla fueron comprados en el año 1981 al Estado
Nacional para mitigar el déficit habitacional en el Barrio de la Boca. El 11 de
abril de 2005 comienza la inscripción para el Programa habitacional "Casa
Amarilla". En un principio se deciden hacer 1.231 viviendas. Este programa
quedó paralizado.
En
el marco de una acción judicial presentada por la Asociación Civil Casa
Amarilla, el GCBA llegó a un acuerdo con dicha Asociación. La cantidad de
viviendas a construir bajó de 1.231 a 438 viviendas, liberando de esta forma
varias manzanas. A cambio el GCBA otorgó a la Asociación la facultad de
designar a las familias preadjudicatarias.
Las
manzanas liberadas del Programa Casa Amarilla, fueron transferidas al Poder
Ejecutivo en el año 2010 por el Instituto de la Vivienda (IVC) propietario de
las tierras. Mediante el decreto N° 723/2010, el Poder Ejecutivo transfirió a
la Corporación Buenos Aires Sur S.E. estas tierras.
Estos
predios de Casa Amarilla fueron codiciados por el Club Boca Juniors desde el
año 2008 para construir allí un nuevo Estadio-Shopping. Como encontraron fuerte
oposición para que el GCBA le venda las tierras para construir el nuevo
Estadio, decidieron fragmentar la estrategia.
·
- El Sr. Oscar Moscariello (Vicepresidente de Boca y
diputado de la Ciudad por el Pro, presentó el Proyecto de Ley N° 2462-D-2014
para rezonificar estos terrenos a "Distrito de Zonificación E4 56 -Estadio
y Complejo Deportivo del Club Atlético Boca Juniors". Este proyecto
se encuentra en discusión en la Legislatura.
·
- Respecto a la compra de las tierras, la
Corporación Buenos Aires Sur S.E. llamó a Licitación Pública[1] para la venta de estas tierras a
raíz de una iniciativa privada del Club Atlético Boca Jurniors. La Licitación
fue camuflada para que allí se desarrolle una propuesta que implica la
construcción de bibliotecas, club sociales y culturales, salones de juegos, gimnasio.
En ningún momento se habla de construir allí un Estadio, pero es lo que el
presidente del Club, Sr. Angelici sigue promocionando. El 25 de febrero de
2016, la licitación pública que implica la venta de estos terrenos fue
adjudicada el 25 de febrero de 2016 al Club Boca Juniors. por el valor de 180
millones de pesos.
Esta venta es ilegal e inconstitucional por
varios razones:
·
- El Art. 82 inc. 4 de la Constitución de la Ciudad establece que
la Legislatura aprueba transacciones, dispone la desafectación del
dominio público y la disposición de bienes inmuebles
de la Ciudad.Es decir, no se puede vender tierra pública de la
Ciudad sin aprobación de la Legislatura. La venta al Club Boca Juniors ni
siquiera fue tratada en la Legislatura.
·
- El Art. 6 de la Ley No 1.251,
faculta al Instituto de Vivienda de la Ciudad de Buenos Aires (IVC) a
transferir al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aquellos bienes
inmuebles queresulten necesarios para el desarrollo de la función pública
(educacionales, de seguridad, o de salud). La ley N° 1.251 sólo
autoriza que el IVC transfiera la propiedad de sus inmuebles al GCBA para
cumplir fines educacionales, de seguridad o de salud. La ley valora que estos
fines son los únicos de tal jerarquía para desafectar inmuebles destinados a
garantizar el derecho a la vivienda adecuada de los habitantes de la Ciudad. El
GCBA está destinando estos predios para que un privado desarrolle un plan
integral orientado a cuestiones deportivas y comerciales. Cambiar el
destino habitacional de estos predios no está cumpliendo con las condiciones
que establece la ley N° 1.251.
·
- Los predios de Casa Amarilla también se encuentran
en el marco de la ley N° 2.240 que declara la Emergencia Urbanística y
Ambiental del Barrio de la Boca. Esta ley no se cumplió en absoluto y se
descapitaliza la Ciudad de sus inmuebles necesarios para cumplir con esta ley.
Además
de estas ilegalidades, organizaciones internas del Club Boca Juniors también
cuestionan la voluntad del Club de construir un nuevo estadio porque va en
contra de la identidad del Club y del Barrio y por el peligro de endeudar el
Club y de esa forma crear las condiciones para que Sociedades Anónimas se
transformen en las propietarias de los clubes, una idea reiterada del
Presidente Mauricio Macri acompañado por el Sr. Angelici, presidente del Club.
Por
estas razones, se presentó una acción de amparo en el Fuero Contencioso
Administrativo de la Ciudad para que se declare la ilegalidad de esta venta. La
acción tramita en los autos caratulados“QUINTO NATALIA GIMENA y otros CONTRA
CORPORACION BUENOS AIRES SUR S E SOBRE AMPARO”, Expte. N°
A4-2016/0, en el juzgado N° 24 a cargo del Dr. Darío Reynoso
Luego de dos meses, la Corporación Buenos Aires S.E.
sigue reticente a enviar el expediente administrativo al Juzgado. Por esta
razón el día de ayer, 4 de mayo, el Juez de la causa impuso una multa de $100
por día de demora a la Corporación y a su titular Sra. Karina Spalla, bajo
apercibimiento de subir dicha multa a $10.000 pesos de continuar la reticencia.
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 5 de Mayo de 2016
Contacto: 15-3655-3465
Twitter: @obs_der_ciudad
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