SE CREO EN PARANA EL CONSEJO MUNICIPAL DE PREVENCIÓN Y
SEGURIDAD EN ÁMBITOS ACUÁTICOS
– Por decreto, la intendenta de Paraná, Blanca Osuna, creó
el Consejo Municipal de Prevención y Seguridad en ámbitos acuáticos • A través
de él, la Municipalidad podrá habilitar, controlar y fiscalizar el
funcionamiento de las piletas y/o natatorios de concurrencia pública, supo APF
• La norma también crea el Registro público de Ámbitos Acuáticos destinados a
las actividades recreativas, educativas, deportivas y sanitarias
En los considerandos del decreto Nº 1686 se indica que este
Consejo contribuirá “a recuperar el vínculo de los ciudadanos paranaenses con
el río Paraná y poner en valor el borde costero que posee la ciudad”.
Su ámbito de aplicación comprende a “todos los ámbitos
acuáticos ubicados sobre sectores costeros de ríos, lagunas u otros espejos de
agua naturales o artificiales”, los cuales cuenten con “instalaciones
sanitarias, gastronómicas, deportivas, recreativas, terapéuticas, destinadas a
actividades de playa y eventos culturales” y que “se encuentren instalados en
el ejido urbano de la ciudad, pertenecientes al estado municipal, a través de
una prestación pública o del ámbito privado a través de una explotación
comercial concesionada”.
Funcionará en la Secretaría de Medio Ambiente municipal, a
través de tres comisiones que estudiarán, aplicarán y evaluarán los temas
referidos a las siguientes áreas de incumbencia: Comisión de Administración e
Inspección; Comisión de Investigación y Docencia; y Comisión de Relaciones
Institucionales y Promoción.
El Consejo estará compuesto por siete miembros, que se
integrarán conforme a la siguiente representación institucional, por decisión
de los respectivos órganos ejecutivos y bajo acreditación fehaciente de sus
titulares: uno por la Secretaría de Medio Ambiente, uno por la Secretaría de
Turismo y Deportes, uno por la Prefectura Naval Argentina – Delegación Paraná-,
uno por la Policía de la Provincia, uno por el Sindicato Único de Guardavidas y
Afines de la República Argentina, uno por la Asociación Mutual de Guardavidas
Argentinos y Asociados, uno por la Secretaría de Derechos Humanos, Salud y
Educación. En tanto, la presidencia será ejercida por la Intendenta o quién
ésta designe.
Las reuniones del Consejo tendrán el carácter de ordinarias
o extraordinarias. Las sesiones ordinarias serán el primer y tercer jueves de
cada mes a las 19; las extraordinarias en día y hora a determinar por el pedido
de la mitad mas uno de sus miembros o de la Presidencia del Consejo. Sesionará
ordinariamente en su sede y a puertas cerradas, pudiendo invitar para su mejor
funcionamiento a quien considere oportuno, previa aceptación por la mayoría
simple. Las sesiones extraordinarias podrán ser en lugar a determinar acorde a
la tarea, previa notificación fehaciente a los integrantes del Consejo. (tomado
de APF.Digital)
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