martes, 10 de marzo de 2015

PERÚ DERRIBARA NARCO AVIONES


 Congreso: Comisión aprueba proyecto para derribar narcoaviones La iniciativa aprobada en la Comisión de
Defensa establece una serie de procedimientos para autorizar la acción
En el Perú se derribaron narcoavionetas hasta el 2001. Después solo se intervino este tipo de naves en tierra. (Foto: Archivo El Comercio)
La Comisión de Defensa del Congreso aprobó por mayoría el proyecto de ley de control, vigilancia y defensa del espacio aéreo nacional, que propone regular el procedimiento para la interceptación y derribamiento de aeronaves sospechosas de transportar drogas. El dictamen establece los procedimientos de interceptación de aeronaves, incluyendo medidas de identificación, intervención, persuasión y neutralización, en forma progresiva y siempre que la medida anterior no tuviese éxito. La norma dice que la fuerza será empleada en última instancia, cuando la nave interceptada se negase a proporcionar la información solicitada o acatar las disposiciones de la autoridad aérea. Previamente será declarada "aeronave hostil" el aparato cuyos tripulantes no acaten los requerimientos que se le hagan durante la intervención. La interceptación aérea se hará también por tráfico de armas para el narcotráfico y el terrorismo, entre otros casos, por lo cual el Estado Peruano ejercerá su derecho a la legítima defensa, contemplado en la Constitución y el Código Penal. De acuerdo a este principio, el personal de la Fuerza Aérea del Perú (FAP) que intervenga las aeronaves hostiles estará exento de responsabilidad penal por el empleo y uso de la fuerza. Cabe recordar que el Perú se comprometió con Estados Unidos a suspender el derribamiento de narcoavionetas en el 2001, luego de que por error una avioneta que trasladaba a misioneros estadounidenses fue derribada. La interdicción aérea estuvo vigente entre 1995 y el 2001.
LEY DE EXTRANJERÍA La Comisión de Defensa también aprobó una propuesta para cancelar la permanencia o residencia de los extranjeros que atenten contra el patrimonio cultural del país.
El proyecto propone modificar el artículo 63 de la Ley de Extranjería (DL 703) con la finalidad de cancelar la permanencia o residencia de los extranjeros que tengan sentencia consentida o ejecutoriada por delito doloso, con pena privativa de la libertad, expedida por un tribunal peruano.
Asimismo, por infringir disposiciones administrativas graves o muy graves en materia ambiental, determinadas por la autoridad competente, y por incumplir o contravenir las normas en materia de salud pública. TOMADO DE EL COMERCIO DE PERU 

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