Nación aprobó la declaración de emergencia agropecuaria para
14 departamentos por inundaciones de junio y julio La Comisión Nacional de Emergencias y
Desastres Agropecuarios, se reunió el martes en el
Ministerio de Agricultura,
Ganadería y Pesca de la Nación y resolvió por unanimidad avalar el Decreto
1.965/14 de la Provincia de Corrientes, a través del cual se declara el estado
de emergencia agropecuaria a los departamentos de Berón de Astrada, Capital,
Concepción, Empedrado, General Paz, Itatí, Mburucuyá, San Cosme, San Luis del
Palmar y San Miguel, y por inclusión en la Ley Provincial 6.282, a Santo Tomé,
Ituzaingó, General Alvear y San Martín, por el período del 1 de junio al 30 de
noviembre de 2014. Para la isla Apipé Grande, el plazo se extiende desde
el 1 de junio al 31 de mayo de 2015. Por
Corrientes estuvieron presentes el secretario de Agricultura y Ganadería del
Ministerio de Producción, Manuel García Olano, y el director de la Unidad de
Programación del Desarrollo Productivo, Luis Almirón. El pedido de la Provincia
fue formulado para las explotaciones dedicadas a la ganadería bovina y a
cultivos hortícolas, afectados por el exceso de precipitaciones y los
consecuentes desbordes de ríos, riachos, arroyos y lagunas, ocurridos de marzo
a mayo de este año, y la inusual crecida del río Paraná durante la primera
quincena de junio último. Asimismo, al detallar las pérdidas sufridas por los
sectores productivos, los representantes correntinos informaron que mientras se
cumplían los pasos formales para la sanción del citado decreto, la situación climática empeoró y motivó la sanción
y promulgación de la Ley 6.282, que declara para Corrientes el estado de
emergencia pública en materia económica, financiera, social, sanitaria,
energética, productiva y de seguridad vial, como consecuencia de las crecientes
excepcionales de los ríos Paraná, Uruguay y sus afluentes, por un plazo de 180
días y prorrogable por igual término, según lo dictamine el Poder Ejecutivo
provincial. La Comisión Nacional recomendará al Poder Ejecutivo nacional la
sanción del decreto correspondiente para que los damnificados puedan acceder a
los beneficios dispuestos por la Ley Nacional 26.509. tomado de el litoral de
ctes ar
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