martes, 13 de septiembre de 2011

BOTNIA mas contaminacion nuevas denuncias

DENUNCIANDO NUEVOS EPISODIOS DE CONTAMINACION, LA ASAMBLEA PIDE REACTIVAR LA CAUSA CONTRA LOS DIRECTIVOS DE LA EX BOTNIA
– “Los delitos de acción permanente que se investigan se han visto agravados por hechos recientes”, sostuvo la Asamblea Ambiental de Gualeguaychú en un escrito presentado en la Justicia Federal la última semana de agosto • En el texto piden que se cite a los directivos de la ex Botnia que nunca se presentaron a declarar por esta causa, como también solicitan que se convoque a Hernán Orduna - representante argentino en la CARU - para explicitar sus dichos sobre los cambios que estaría evidenciando el ecosistema del río Uruguay • Uno de los peticionantes, Oscar Bargas, dijo a APF que buscan “reactivar la causa” que inició el ex gobernador Jorge Busti en 2006 
“Se presentó un escrito para reactivar la causa que desde diciembre está parada y vemos que no se cita a los directivos de Botnia a indagatoria. Eso está ordenado por el juez (Gustavo Pimentel) pero no se le da cumplimiento al trámite. Uruguay decidió no hacerlo circular a pesar de que hay un convenio de circulación recíproca”, recordó el asambleísta Bargas.
El texto que se presentó en la Justicia federal la última semana de agosto dice que “los delitos de acción permanente que se investigan –previstos en los artículos 55, 56 y 57 de la Ley 24.051- se han visto agravados por hechos recientes en los que el Poder Ejecutivo Nacional y también la ‘Comisión Administradora del Río Uruguay’ (CARU), han reconocido la mayor afectación de las aguas del río Uruguay”.
Por eso Bargas y el vicepresidente de la Asamblea José Gómez, piden al juez Gustavo Pimentel que cite, entre otros, a Hernán Orduna - titular de la delegación argentina en la CARU - como también a otro asambleísta, Martín Alazard, para que expliquen los cambios que estaría sufriendo el río en su ecosistema, tras la instalación y puesta en funcionamiento de la pastera.
El funcionario, según dice el escrito presentado ante Pimentel, había hecho manifestaciones al respecto. En efecto, en declaraciones a Radio Cero, Orduna había advertido sobre la presencia de PCB y endosulfán en peces.
La causa “es la que inició (Jorge) Busti”, recordó Bargas en declaraciones a esta Agencia y sugirió que se trató de un “regalo” del ex juez federal Guillermo Quadrini quien dejó en manos de la Asamblea la representación legal de la causa. 
El expediente se llama “Busti Jorge y otros s/denuncia por contaminación en grado de tentativa- Art.55 Ley 24.051”, algo extemporáneo según el ambientalista en tanto hoy ya no es tentativa sino contaminación “después de todo lo que se hizo para el tribunal de La Haya”.
El 1 de septiembre pasado, el juzgado pidió a los peticionantes, más precisiones de lo denunciado en el escrito anterior. A continuación se transcriben ambos textos. Cabe destacar que por error, el texto señala como una de las “querellantes particulares” a Marta Gorrosterrazú en lugar de José Gómez, aclaró Bargas finalmente.
• “Proponen medidas de prueba. Reclaman nueva citación vía diplomática”
Señor Juez Federal:
OSCAR IGNACIO BARGAS, DNI. Nº 10.877.255 y MARTA GORROSTERRAZU, DNI. Nº 6.135.807, en el carácter de Presidente y Secretario respectivamente de la asociación civil “ASAMBLEA CIUDADANA AMBIENTAL DE GUALEGUAYCHU”, con patrocinio letrado, en la Causa Nº 56.204 caratulada “BUSTI JORGE PEDRO Y OTROS S/DENUNCIA ART. 55 LEY 24051 EN GRADO DE TENTATIVA”, que tramita por ante este Juzgado Federal, Secretaría Nº 1 en lo Criminal y Correccional, a V.S. decimos:
I.- En la condición de “querellante particular” y de conformidad a lo previsto por los artículos 82 y 199 del CPPN., venimos a proponer se dispongan “medidas de prueba”.-
 Los delitos de acción permanente que se investigan –previstos en los artículos 55, 56 y 57 de la Ley 24.051- se han visto agravados por hechos recientes en los que el Poder Ejecutivo Nacional y también la “Comisión Administradora del Río Uruguay” (CARU), han reconocido la mayor afectación de las aguas del río Uruguay. A eso se suma que en el funcionamiento del Comité Científico formado a nivel de la “CARU”, en consonancia con el proceso de monitoreo ordenado por la Corte Internacional de Justicia de La Haya al resolver el litigio entre la República Argentina y la República Oriental del Uruguay-, se produjo la renuncia de Juan Colombo. Este integrante tiene conocimiento tanto de la situación del curso con anterioridad a la instalación de Botnia, como luego de su entrada en funcionamiento, al haber intervenido en la preparación de la demanda ante la CIJ., como también en mediciones posteriores que tienen sustento oficial.-
 En el ejemplar del Diario EL DIA de Gualeguaychú que acompañamos del 20/7/11, se reflejan tanto declaraciones del Presidente de la Delegación Argentina en la CARU, Ingeniero Hernán Orduna, como también del médico Martín Alazard y del bioquímico Carlos Augusto Goldaracena, que dan cuenta del compromiso –por distintas causas- que se está generando en el río, todo lo cual debe formar parte de esta instrucción (ver pág. 3). El art. 193 del CPPN. dispone como objeto verificar la existencia del hecho delictuoso “mediante las diligencias conducentes al descubrimiento de la verdad”.-
 II.- Por esos motivos, venimos a proponer las siguientes “medidas de prueba” y a pedir de V.S., se ordene:
 1º) Documental:
 a) Se agregue el ejemplar del Diario EL DIA de Gualeguaychú del 20/7/11.-
 2º) Testimonial:
 a) Se cite a prestar declaración testimonial a este Juzgado, a las siguientes personas: Ingeniero Hernán Orduna, Presidente de la Delegación Argentina ante la “CARU”, quién deberá ser citado en la sede del Ministerio de Relaciones Exteriores, sito en Esmeralda Nº 1012, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Martín Alazard, médico, con domicilio en Luis Palma y Neyra, de Gualeguaychú; Carlos Augusto Goldaracena, bioquímico, con domicilio en Andrade Nº 998, de Gualeguaychú; Juan Carlos Colombo, ingeniero, quién deberá ser citado en el domicilio de la Universidad Nacional de La Plata, de La Plata, Provincia de Buenos Aires.-
 3º) Informativa:
 a) Se libren oficios a la Municipalidad de Gualeguaychú y a la Secretaría de Medio Ambiente de la Nación a efectos que remitan un informe y envíen el respaldo documental correspondiente a todos los controles, monitoreos y exámenes realizados en el río Uruguay y sus adyacencias, a través del Equipo de Vigilancia Ambiental instrumentado en el marco del conflicto suscitado por la instalación de la empresa Botnia.-
b) Se libre oficio al Ministerio de Relaciones Exteriores y a la “Comisión Administradora del Río Uruguay”, a efectos que remita todas las constancias documentales, placas fotográficas, todo tipo de relevamientos y los informes efectuados por los representantes Juan Carlos Colombo y Esteban Lyons, en el marco de las visitas efectuadas a Botnia como derivación del “monitoreo” ordenado por la Corte Internacional de Justicia de La Haya.-
 III.- Sin perjuicio de las medidas anteriormente indicadas, proponemos que se reproduzca –en virtud del tiempo transcurrido y las nuevas instancias políticas iniciadas a partir del nuevo Gobierno encabezado por el Presidente José Mujica y lo que resulta del deber de cooperación ordenado por la Corte Internacional de Justicia de La Haya en su fallo- el contenido de lo ordenado por Exhorto Nº 39/08, dispuesto oportunamente en esta instrucción, dirigido al Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto. A través de esa medida deberá reiterarse el pedido de notificación a los directivos de Botnia, conforme lo decretado por resolución del 29/5/08.-

 IV.- Por todo lo expuesto de V.S. pedimos:

 1º) Se agregue la documental acompañada.-

 2º) Se provean las pruebas indicadas (arts. 82, 199 del CPPN.).-

 3º) Se reitere el Exhorto Nº 39/08 librado al Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto.-
La resolución notificada el 9/9/11 es la siguiente:
“Concepción del Uruguay, 1 de Septiembre de 2011. Por presentado escrito por la parte querellante, adjuntando recorte periodístico y acta labrada por ciudadanos de la República Oriental del Uruguay, asimismo se requieren se produzcan medidas de prueba, agréguese a sus antecedes y conforme lo requerido, dispónense las siguientes medidas: Requiérase de la querella, remita el pliego de preguntas que estime se deben realizar al Ingeniero Hernán Orduna, en virtud de que por el cargo que reviste el nombrad, puede optar por prestar declaración por escrito. En virtud que los testigos propuestos por la querella Goldaracena y Alazard, ya habían sido citados a prestar declaración en las presentes actuaciones, requiérase a la peticionante, indique los nuevos motivos que ameriten que los mismos sean escuchados en declaración testimonial. Oficiar a la Municipalidad de la ciudad de Gualeguaychú y a la Secretaría de Ambiente de la Nación a fin de que remitan los informes y documentación que posean correspondiente a controles, monitoreos y exámenes que posean de la vigilancia ambiental del río Uruguay. Oficiar al Ministerio de Relaciones Exteriores y a la Comisión Administradora del Río Uruguay, con motivo de que remitan informes y documentación respaldatoria de los pasos dados por el monitoreo conjunto que se realiza con la República Oriental del Uruguay, así como informe de la visita efectuada a la empresa Botnia-UPM. Remitir nuevo exhorto, dirigido a las autoridades de la República Oriental del Uruguay, en los mismos términos que el Nº 39/08, como previo remítase a la Excma. Cámara Federal de Apelaciones de la ciudad e Paraná, a fin de que certifiquen la firma del suscripto. Líbrense los recaudos pertinentes. Notifíquese. Fdo. Gustavo Ramón Pimentel. Juez Federal Subrogante” (Secretaría José María Barraza). (tomado de APF.Digital)

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