Ante este Comunicado
Estimado Sr Investigador/ra:
Con el motivo de aclarar algunas cuestiones referidas a la relación de nuestro personal con los medios de comunicación, quisiera participarles de un concepto rector:
Sólo la Presidente del Conicet, o la persona en quien ésta expresamente delegue tal facultad, puede expresar de modo válido la opinión institucional del Consejo.
Al no tener personería jurídica propia, ninguna unidad divisional o instituto del CONICET o de doble dependencia tiene de por sí delegadas facultades para hablar en nombre del, o de los organismos en los cuales se desempeña o depende. Si surgiera alguna duda al respecto, la Dirección de Comunicación del Consejo está permanentemente a disposición y plenamente capacitada para aportar orientación e inclusive aconsejar el mejor modo de proceder ante una cuestión concreta, siempre que se lo haga con antelación a pronunciarse. A esto se suma la red de comunicadores en los CCT, que pueden aportar su saber en la faz operativa y canalizar las consultas debidamente.
El Conicet está en proceso de elaboración de una política estructural de comunicación con
mayor grado de detalle, que será oportunamente difundida a todas las unidades ejecutoras ni bien esté aprobada por el Directorio.
Le agradezco su colaboración y quedo a su disposición para cualquier aclaración.
Muy cordiales saludos.
Dr Faustino Siñeriz
Vice Presidente de Asuntos Tecnológicos
EL DR. ANDRES CARRASCO HA ELABORADO ESTA CARTA ABIERTA:
A partir de la nota firmada por el Vicepresidente del Asuntos Científicos del CONICET Dr. Faustino Siñeriz, recibida el 2 de diciembre del 2011, una preocupación se instala por su significado y las posibles implicancias
Estimado Sr Investigador/ra:
Con el motivo de aclarar algunas cuestiones referidas a la relación de nuestro personal con los medios de comunicación, quisiera participarles de un concepto rector:
Sólo la Presidente del Conicet, o la persona en quien ésta expresamente delegue tal facultad, puede expresar de modo válido la opinión institucional del Consejo.
Al no tener personería jurídica propia, ninguna unidad divisional o instituto del CONICET o de doble dependencia tiene de por sí delegadas facultades para hablar en nombre del, o de los organismos en los cuales se desempeña o depende. Si surgiera alguna duda al respecto, la Dirección de Comunicación del Consejo está permanentemente a disposición y plenamente capacitada para aportar orientación e inclusive aconsejar el mejor modo de proceder ante una cuestión concreta, siempre que se lo haga con antelación a pronunciarse. A esto se suma la red de comunicadores en los CCT, que pueden aportar su saber en la faz operativa y canalizar las consultas debidamente.
Este criterio persigue un principio de unidad de discurso necesario en materia de comunicación institucional, sin perjuicio del cual el Directorio del Conicet continúa preservando la pluralidad de las ideas de sus miembros, de modo que cualquiera de ellos pueda comunicar sus opiniones o los resultados de sus investigaciones, aclarando cuidadosamente que tales resultados u opiniones, sean de una investigadora, investigador o de un grupo, no representan necesariamente la opinión del organismo sobre el tema, sino que son ejemplos del legítimo ejercicio del derecho a la libertad de expresión individual que proverbialmente defendemos.
De más está decir que no nos referimos a los resultados de investigaciones, de cualquier tipo que fuesen, comunicadas en los ámbitos académicos.El Conicet está en proceso de elaboración de una política estructural de comunicación con
mayor grado de detalle, que será oportunamente difundida a todas las unidades ejecutoras ni bien esté aprobada por el Directorio.
Le agradezco su colaboración y quedo a su disposición para cualquier aclaración.
Muy cordiales saludos.
Dr Faustino Siñeriz
Vice Presidente de Asuntos Tecnológicos
EL DR. ANDRES CARRASCO HA ELABORADO ESTA CARTA ABIERTA:
A partir de la nota firmada por el Vicepresidente del Asuntos Científicos del CONICET Dr. Faustino Siñeriz, recibida el 2 de diciembre del 2011, una preocupación se instala por su significado y las posibles implicancias
Por lo cual, y antes de accionar según conveniencia, con el objeto de tener una mejor comprensión de la inusitada comunicación acerca del "concepto rector", definido respecto de la comunicación de los investigadores con los medios, es imperioso que el autor intelectual y el nivel de decisión donde se originó explique los alcances con ejemplos prácticos de lo que se considera "opinión o declaración institucional", y cuales son las restricciones especificas para la interacción con los medios de comunicación. Por ejemplo, si significa que en el marco de una opinión el investigador estará restringido de firmar con su filiaciones académicas
Se debería entonces hacernos saber bajo qué disposición constitucional se enmarcan las restricciones anunciadas. Así como quien juzgara el no cumplimiento de las mismas y las consecuencias si no fueran acatadas. En el convencimiento que toda restricción de la palabra es repudiable y que ligar la opinión a la tenencia o no de personería jurídica, no es aceptable en el marco democrático.
No queda claro si la restricción incluye opiniones sobre: a) el funcionamiento institucional, b) los procesos de evaluación, c) los ordenes de méritos, d) la política de distribución de becas, e) el cuestionamiento a dictámenes de evaluación que siguen siendo tensados por opiniones ideológicas f) opinión acerca temas específicos o de impacto social que desafíen la “visión oficial”. De hecho, no hace mucho tiempo, hubo un acto de censura -en la Feria del Libro- decidido por el directorio del CONICET sobre la divulgación pública de investigaciones sobre efectos de agroquímicos debido a lo “controversia del planteo y a la sensibilidad oficial acerca del tema tratado”
La nota se hace abstracta ya que la opinión de ningún investigador no representa la opinión del CONICET. Solo se expresan como miembros pertenecientes a la institución, sin involucrarla,.
En consecuencia se espera que el CONICET se abstenga, porque no le compete, de tener "opinión institucional" exclusiva sobre aspectos de la política del sector y sobre las opiniones de sus investigadores sean científicas o políticas. Convendría que se concentrara en la calidad y transparencia de la gestión, donde todavía hay mucho para hacer. Además sería sabio, por parte de la conducción institucional, no funcionar como un instrumento comisionado para dirimir discusiones ideológicas o interpretativas sobre temas “sensibles” de acuerdo a conveniencias, oportunidades o alineamientos.
Hay algo aún más preocupante. Al asociar el derecho a opinar con personería jurídica, instala la idea de la construcción de un "sentido oficial de la ciencia" inaceptable en un ámbito académico. Por otra parte que una institución de evaluación y promoción científica como el CONICET se reserve el derecho a opinar sobre temas determinados es un despropósito porque podría ser interpretado como una proyección del poder político de turno y una situación inadmisible, ya que no es función del CONICET inmiscuirse con hipótesis o conclusiones sobre impacto posible del conocimiento. Si así lo hiciera resultaría en una ofensa a la pluralidad ideológica.
Las advertencias presentes en la nota firmada por el Dr. Siñeriz, podrían interpretarse como un disciplinamiento dirigido a cercenar la diversidad en la discusión de potenciales temas controvertidos. Temas que como señala de Suosa Santos el conocimiento son una tensión entre la elección entre el camino a la emancipación y el orden regulatorio que clausura la diversidad, la solidaridad y el pensamiento critico. Por eso la clausura del debate sobre el rol de la tecnociencia en los modelos de desarrollo y los efectos en su interfase con la sociedad anuncia un conflicto en ciernes que comienza a afectar el ejercicio del pensamiento crítico.
Es contradictorio que desde el oficialismo, el revisionismo histórico critique los estudios historiográficos ligados a investigadores del CONICET por un cientificismo universalista y neutralista que rechaza el encuadre epistemológico impulsado por el flamante Instituto Manuel Dorrego, mientras por otro lado fortalece un cientificismo productivista fundamento del neoliberalismo que legitima el modelo neodesarrollista, extractivista y extranjerizante.
Esta confrontación de relatos que conciernen la colonialidad no son patrimonio del estudio de la historia. También el sentido colonial que quizás con más fuerza se expresa en la tecnociencia, debería ser revisado a la luz de sus efectos sobre el proceso emancipador de los pueblos, en la etapa actual del capitalismo.
Un par de reflexiones adicionales. Es evidente la falta de “indignación” de considerables sectores de la comunidad científica ante una nota que en otro momento sin alineamientos sumisos y acríticos, hubiera suscitado la “ira” de la comunidad científica. Está claro que transitamos “extraños” y “oportunos” tiempos de silencios cómplices. A pesar del discurso hegemónico es evidente que la ciencia no es sinónimo de conciencia.
Podría pensarse que algunos funcionarios consideran que el 54% de los votos les amplía el derecho a desplegar conductas de autoridad hasta ahora no vistas. Y también preguntarse si desde el ministerio de Ciencia y Técnica -tan adepto a compartir sus exclusivas como extrañas opiniones que nos sorprenden con sus distópicas concepciones sobre modos y sentidos de la ciencia y la tecnología- no se debería pedir la renuncia al funcionario, que al servicio de la uniformidad del pensamiento, genera dudas acerca de las condiciones en que desarrollaremos nuestra tarea y compromisos sociales en el futuro.
Andrés Carrasco Investigador Principal. Profesor UBA
Ex Presidente del CONICET.
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