La Conferencia de las Partes,Reconociendo que el cambio climático representa una amenaza inminente y potencialmente irreversibles a las sociedades humanas y el planeta y por lo tanto requiere ser abordada urgentemente por todas las Partes, y reconociendo que la naturaleza mundial del cambio climático exige la posiblela cooperación de todos los países y su participación en una eficaz y adecuadarespuesta internacional, con el fin de acelerar la reducción de gases de efecto invernadero globaleslas emisiones; Observando con profunda preocupación la gran diferencia existente entre el efecto agregado de las Partes? compromisos de mitigación en términos de las emisiones globales anuales de gases de efecto invernadero para 2020 y las emisiones agregadas de vías consistentes con tener la oportunidad de probabilidades de mantener el calentamiento por debajo de 2 ° C o 1,5 º C por encima de los niveles preindustriales; Reconociendo también que la realización del objetivo último de la Convención, es necesario fortalecer el sistema multilateral basado en normas, régimen bajo el Marco de las Naciones Unidas Convención sobre el Cambio Climático;
1. Tomando nota de la decisión 1/CMP.7 [enmiendas y decisiones relacionadas con asegurar un ratificable segundo período de compromiso del Protocolo de Kyoto];2. Tomando nota también de la decisión 1/CP.17 [La aplicación del Plan de Acción de Bali, incluyendo puesta en marcha de los Acuerdos de Cancún];3. Decide prorrogar el Grupo de Trabajo Especial sobre la cooperación a la cooperación ala Convención por un año con el fin de que continúe su trabajo y alcanzar el acuerdolos resultados de conformidad con la decisión 1/CP.13 (Plan de Acción de Bali) a través de las decisiones adoptadas en las sesiones 16, 17 y 18 de la Conferencia de las Partes, en el cual elGrupo de Trabajo Especial sobre la cooperación a la Acción Cooperativa se dará por terminado;4. Decide también para poner en marcha un proceso de elaboración de un protocolo u otro instrumento jurídico aplicables a todas las Partes en la Convención Marco de Naciones Unidas sobre el Cambio Climático Cambio, a través de un órgano subsidiario de la Convención crea y se aconocido como el Grupo de Trabajo ad hoc sobre la XX;5. Decide que el proceso comenzará de inmediato y se realizará como una cuestión deurgencia y que el Grupo de Trabajo Ad Hoc sobre XX se informe a la intervenciónsesiones de la Conferencia de las Partes sobre la marcha de sus trabajos;6. Decide que el Grupo de Trabajo ad hoc sobre la XX deberá concluir sus trabajos tan pronto como sea posible pero no después de 2015 con el fin de adoptar este instrumento jurídico en la 21 ª reuniónde la Conferencia de las Partes;7. Decide también que el Grupo de Trabajo Ad Hoc sobre XX debe planificar su trabajo en 2012,incluyendo, entre otras cosas, sobre la mitigación, adaptación, financiamiento, desarrollo tecnológico y la construcción de la transferencia y la capacidad, basándose en la presentación de las Partes, y relevante información técnica, social y económica y la experiencia;8. Decide que el proceso se elevan los niveles de ambición y otras cosas se informó, entre otras, porel quinto informe de evaluación del Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático, el los resultados de la revisión de 2013-2015 y el trabajo de los órganos subsidiarios;
1. Tomando nota de la decisión 1/CMP.7 [enmiendas y decisiones relacionadas con asegurar un ratificable segundo período de compromiso del Protocolo de Kyoto];2. Tomando nota también de la decisión 1/CP.17 [La aplicación del Plan de Acción de Bali, incluyendo puesta en marcha de los Acuerdos de Cancún];3. Decide prorrogar el Grupo de Trabajo Especial sobre la cooperación a la cooperación ala Convención por un año con el fin de que continúe su trabajo y alcanzar el acuerdolos resultados de conformidad con la decisión 1/CP.13 (Plan de Acción de Bali) a través de las decisiones adoptadas en las sesiones 16, 17 y 18 de la Conferencia de las Partes, en el cual elGrupo de Trabajo Especial sobre la cooperación a la Acción Cooperativa se dará por terminado;4. Decide también para poner en marcha un proceso de elaboración de un protocolo u otro instrumento jurídico aplicables a todas las Partes en la Convención Marco de Naciones Unidas sobre el Cambio Climático Cambio, a través de un órgano subsidiario de la Convención crea y se aconocido como el Grupo de Trabajo ad hoc sobre la XX;5. Decide que el proceso comenzará de inmediato y se realizará como una cuestión deurgencia y que el Grupo de Trabajo Ad Hoc sobre XX se informe a la intervenciónsesiones de la Conferencia de las Partes sobre la marcha de sus trabajos;6. Decide que el Grupo de Trabajo ad hoc sobre la XX deberá concluir sus trabajos tan pronto como sea posible pero no después de 2015 con el fin de adoptar este instrumento jurídico en la 21 ª reuniónde la Conferencia de las Partes;7. Decide también que el Grupo de Trabajo Ad Hoc sobre XX debe planificar su trabajo en 2012,incluyendo, entre otras cosas, sobre la mitigación, adaptación, financiamiento, desarrollo tecnológico y la construcción de la transferencia y la capacidad, basándose en la presentación de las Partes, y relevante información técnica, social y económica y la experiencia;8. Decide que el proceso se elevan los niveles de ambición y otras cosas se informó, entre otras, porel quinto informe de evaluación del Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático, el los resultados de la revisión de 2013-2015 y el trabajo de los órganos subsidiarios;
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