Se sancionó la ley de bosques nativos en La Rioja
La Cámara de Diputados sancionó con fuerza de ley el proyecto de Bosques Nativos, que tiene como objetivo el ordenamiento y protección de las arboledas dentro del territorio provincial.
La ordenanza establece tres categorías diferentes -que varían de acuerdo al nivel de conservación determinado mediante un análisis territorial-, fija como autoridad de aplicación a la Secretaría de Ambiente, y crea un fondo para promover la preservación y conservación de las áreas boscosas.
Según señala la norma, son considerados bosques nativos los "ecosistemas forestales naturales compuestos predominantemente por especies arbóreas nativas maduras, con diversas especies de flora y fauna asociadas en conjunto con el medio que las rodea (suelo, subsuelo, atmósfera, clima, recursos hídricos) que en su estado natural le otorgan al sistema una condición de equilibrio dinámico y que brinda diversos servicios ambientales a la sociedad, además de los diferentes recursos naturales con posibilidad de utilización económica".
Además, la ley comprende dentro de la definición a los bosques nativos de origen primario (donde no intervino el hombre) y los de origen secundario, formados luego de un desmonte, así como aquellos resultantes de una recomposición o restauración voluntaria.
No obstante, exceptúa a todos los aprovechamientos realizados en superficies menores a 10 hectáreas que sean propiedad de comunidades indígenas o de pequeños productores.
De acuerdo a la categoría en la que se encuentren establecidos, los bosques riojanos podrán ser sometidos distintos usos e intervenciones, y prácticas de manejo; tales como: plan de conservación, de aprovechamiento del uso del suelo y de manejo sostenible; turismo y recolección e investigación científica; fajas corta fuegos; enriquecimiento forestal; control de especies exóticas; entre otras.
La autoridad de aplicación de la ley provincial será la Secretaría de Ambiente, que tendrá la facultad de realizar convenios con las distintas instituciones estatales, privadas o no gubernamentales.
Asimismo, la norma establece la creación de la Unidad de Coordinación Técnica Interinstitucionales, que tendrá como misión trabajar en forma conjunta para elaborar las actuaciones y mejoras al ordenamiento.
Asimismo, la norma establece la creación de la Unidad de Coordinación Técnica Interinstitucionales, que tendrá como misión trabajar en forma conjunta para elaborar las actuaciones y mejoras al ordenamiento.
Con la finalidad de promover la preservación, conservación, restauración, sustentabilidad y enriquecimiento de las áreas boscosas; y sostener toda otra acción, programada, proyecto o actividad que persiga la ley; la Secretaría de Ambiente de La Rioja tendrá a su cargo la administración del "fondo de bosques nativos", que estará compuesto por los montos aportados por el fondo nacional, el presupuesto general asignado por la provincia anualmente, las recaudaciones por multas y sanciones, donaciones, y todo los aportes que ingresen a nivel provincial, nacional o internacional.
Finalmente, la ley establece que -en cuanto al régimen sancionatorio- la Secretaría podrá apercibir a quienes causen algún daño ambiental sobre la zona boscosa; suspender o revocar las autorizaciones otorgadas por la ley; y clausura parcial o total del emprendimiento en infracción.
Tomado de Ecosite
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