Hasta el 30 de noviembre se habilitan las salas de
extracción de miel
"Esta medida se enmarca en el reordenamiento de la
actividad apícola, en especial la producción primaria, iniciado hace poco más
de un año por el Senasa, el Ministerio de Agroindustria de la Nación y los
gobiernos provinciales", explicó la profesional de la Coordinación de
Lácteos y Apícolas del organismo sanitario, Patricia Borgna.
Para ello se actualizó el Registro Nacional de Productores
Apícolas (Renapa); se inscribió a las salas de extracción de miel y acopios
intermedios en el Sistema Único de Registros (SUR) del Senasa y la tercera
etapa es la habilitación de estos establecimientos que finaliza el 30 de
noviembre próximo.
Por convenio con el Senasa, la habilitación se tramita en
las respectivas áreas apícolas de las provincias de Buenos Aires, Catamarca,
Corrientes, Córdoba, Chaco, Entre Ríos, Formosa, La Pampa, la Rioja, Mendoza,
Misiones, Neuquén, Río Negro y Santiago del Estero. En las demás provincias se
efectúa en los centros regionales del Organismo.
Actualmente existen más de 1.400 salas inscriptas en el SUR
del Senasa. Para poder exportar muchas de ellas requieren de la habilitación
correspondiente para lo cual se sugiere a sus responsables que realicen el
trámite.
La sala de extracción que tenga asignado un número de
identificación provisorio no cuenta con la habilitación vigente y debe
gestionarla antes del 30 de noviembre.
"Las salas de extracción y los acopios que no estén
habilitados, aun estando inscriptos en el Sistema de Registro Único del Senasa,
no van a poder comercializar sus mieles con destino a la exportación",
advirtió Borgna.
Los requisitos generales para la habilitación de estos
establecimientos –sala de extracción de miel– constan en la Resolución MAGyP
870/06 y para acopios intermedios en el Art 3. de la Resolución ex Senasa
220/95.
Los requerimientos son: nota de solicitud de habilitación;
certificación o constancia de localización, radicación o uso de suelo emitido
por el municipio donde conste la ubicación catastral del establecimiento;
certificado de CUIL o CIUT; DNI con domicilio actualizado y dos ejemplares del
plano del establecimiento o croquis de la planta en escala 1:100 firmado por el
titular del establecimiento.
Además, una memoria descriptiva del proceso de extracción;
otra de las condiciones edilicias de la planta; copia autenticada por autoridad
competente de la documentación que acredite propiedad, locación o comodato del
establecimiento u otro tipo de contrato y copia del estatuto social (cuando se
trate de persona Jurídica) certificado por autoridad competente.
Los datos personales completos del responsable del
establecimiento a cargo de la expedición y control de procesos de salas de
extracción; una foto del área limpia y una foto de la vista general de la
planta; libro de actas o novedades para el registro de las tareas de
fiscalización y libro de movimientos según normas vigentes. TOMADO DE ENVIO DE
ASI SOMOS DE COR AR
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