Organizaciones ambientalistas denuncian falta de
transparencia
en la auditoría realizada en la zona de Pascua Lama y Veladero
en la auditoría realizada en la zona de Pascua Lama y Veladero
La auditoría que, según el titular del Departamento de
Hidráulica de San Juan, Jorge Millón, habría determinado que "las mineras
no afectan glaciares", genera serias dudas no sólo en relación a su
resultado, sino también a su proceso y metodología. Las organizaciones habían
alertado anteriormente sobre la falta de garantías y transparencia en la
realización de las auditorías, teniendo en cuenta que el propio Millón trabajó
para la empresa Barrick Gold y sus subsidiarias en el país.
Este resultado es alarmante, puesto que ya quedó demostrado,
con los propios Informes de Impacto Ambiental presentados por la empresa
propietaria de las minas Veladero y Pascua Lama, que la afectación de glaciares
y del ambiente periglacial es un hecho. El informe admite, auto incriminando
a la empresa, que el proyecto Pascua Lama afectará alrededor de 300 hectáreas
de permafrost (suelo congelado que está protegido por la Ley de Glaciares y
que forma parte del ambiente periglacial).
También resulta curioso que el informe admite, auto
incriminando a la empresa, que el proyecto Pascua Lama afectará alrededor de
300 hectáreas de permafrost, suelo congelado que está protegido por la Ley
de Glaciares y que forma parte del ambiente periglacial, aceptando -de esta
manera- la flagrante violación a la norma nacional.
"El resultado de la auditoria es vergonzoso y no
hace más que evidenciar el manejo de las mineras en la provincia de San Juan
para evitar la correcta aplicación de la Ley de Glaciares”, señaló Gonzalo
Strano, Coordinador de la campaña de Glaciares de Greenpeace.
Por su parte, María Eugenia Di Paola, Directora Ejecutiva
de FARN, afirmó que "la confección del inventario y las auditorías
de los proyectos que están afectando las áreas glaciares y periglaciares
conforman el corazón de la Ley de Glaciares. Si no se concretan adecuadamente
en términos de transparencia y control, corre peligro la protección de estos
ecosistemas frágiles”.
Enrique Viale, de la Asociación Argentina de Abogados
Ambientalistas, señaló: "lo que pasa en San Juan es surrealista: quién
dirigió la "auditoría”, el actual Director del Departamento de Hidráulica
provincial Jorge Millón, fue empleado de la Barrick cuando hizo el Informe de
Impacto Ambiental que luego aprobó del otro lado del mostrador como funcionario
público. Ahora, nuevamente como funcionario, es quien dirige la
"auditoria” a sus ex-empleadores.”
Por otro lado, un informe de Greenpeace de Julio de 2011 "Barrick:
minería responsable de destruir los glaciares”, da muestra que la empresa
ya afectó de manera irreversible glaciares del lado chileno del proyecto Pascua
Lama, y que utilizando la información publicada por la misma minera, se pudo
constatar en forma fehaciente, que las obras del emprendimiento Veladero, se
ubican sobre glaciares y ambiente periglacial.
Tanto el proceso como el documento final de la auditoría no
cumplen con la Ley 26.639 de Protección de Glaciares, puesto que no se han
utilizado las definiciones legales allí establecidas, especialmente en lo
relativo al ambiente periglacial. De esta manera, esta pretendida auditoría
carece de valor legal en lo relativo al cumplimiento de la Ley de Glaciares.
Por otra parte, no resulta clara la metodología utilizada
para llegar a tales conclusiones, sobre todo teniendo en cuenta la afectación
del ambiente periglacial respecto al cual no constan registros de chequeo de lo
"auditado".
Recordamos que aún se encuentran en trámite ante la Corte
Suprema de Justicia de la Nación dos demandas donde se solicita el inmediato
cese de actividades de los proyectos "Pascua Lama" y "Veladero”,
ambos de la Barrick, atento que realizan sus actividades en violación de la Ley
de Protección de Glaciares.
Por último, cabe destacar que aún no se realizó en esa
zona el Inventario de Glaciares y Ambiente Periglacial a cargo del
Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales (IANIGLA),
conforme lo establece la Ley de Glaciares y que esa zona, por contener
actividades en ejecución de las enumeradas en el artículo 6 debió haber sido
considerada como prioritaria.
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Celular: 15-40700397
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