viernes, 28 de marzo de 2014

CANLA EN BOGOTA


Sobre la Asamblea General:
Para la asamblea general estará presente además de Wael Hmaidan, la Srta Sarah Strack, actual Coordinadora de CAN Internacional para el desarrollo de los Nodos Regionales. Ambos harán intervenciones para contribuir con el desarrollo de la Asamblea General. 
Personería Jurídica
Un tema sumamente importante de esta Asamblea sin dudas. Para esto Gerardo facilitará una sesión al respecto. 
Aquí el detalle de los avances y de lo que tenemos que hacer:
La constitución de la nueva personería jurídica impone, como primer paso, el registro de las organizaciones fundadoras y la aprobación de un estatuto. La próxima asamblea a celebrarse en Bogotá a fines de marzo es una buena oportunidad para dar este paso fundacional e iniciar una nueva etapa institucional de CAN-LA.
 Para que todos/as lleguen a la asamblea con toda la información necesaria les estoy enviando los estatutos y varias consideraciones que se han estado analizando en estos tiempos dentro de la coordinación y el consejo administrativo: 
 1)      Los estatutos no sustituyen el reglamento interno de CANLA. Es un  marco general y amplio dentro del cual  CANLA podrá adoptar sus reglamentos. 
2)      El objetivo principal es la obtención de una personería jurídica que le permita a CANLA operar institucional y financieramente en el ámbito internacional
3)      El marco legal uruguayo para la constitución de asociaciones civiles de segundo grado (Asociación de Organizaciones) tiene unos ciertos requerimientos que se expresan en un “Estatuto Tipo” al que los solicitantes deben adecuarse. Existe cierta flexibilidad en aspectos como definición de objetivos o número de integrantes de una directiva, pero en general es bastante rígido.
4)      Este estatuto propuesto para CANLA  trata adecuar el formato “tipo” requerido con el actual reglamento de CANLA. Es menos específico y más amplio como para que pueda contemplar distintas reglamentaciones a lo largo del tiempo, dado que modificar un estatuto es un trámite, no imposible, pero sí bastante complejo.
5)      En la práctica, CAN-LA se regirá por sus reglamentos internos y el estatuto solo tendrá aplicación o relevancia en el caso de una denuncia penal o civil realizada ante la justicia uruguaya.
6)      Más allá de lo anterior, se trata de que el estatuto se parezca lo más posible a la forma de funcionamiento real de CANLA, dado que una paridad exacta no es posible.
Aspectos diferentes más importantes
1)      Un primer problema con que nos encontramos es que la Comisión Directiva es, por disposición legal en Uruguay, honoraria. Esto significa en la práctica, que un Coordinador Regional de CANLA o un miembro del Consejo Administrativo que recibiera alguna forma de remuneración, no podría integrar la Comisión Directiva. Es decir que habrá que de optar por una Coordinación remunerada, como sucede en la actualidad, el coordinador no podría integrar formalmente la Directiva.
2)      Una segunda diferencia radica en la conformación de la “directiva” que exige la repartición de ciertos cargos: Presidente, Vi cepresidente, Secretario y Tesorero  a diferencia de nuestro diseño de Coordinador y Consejo, Además de esto el estatuto establece una comisión fiscal de dos personas.
 Propuesta: La propuesta que presentamos para solucionar esta diferencia es que el Coordinador no integre formalmente la Comisión Directiva aunque mantenga sus roles tal como están estipulados en el reglamento. El Consejo Administrativo por su parte podría sí constituirse como “Comisión Directiva” dado que no hay previsiones, al menos en la actualidad, para que estos miembros vayan a recibir una remuneración por su tarea. De adoptarse esta propuesta, en las próximas elecciones elegiremos 5 miembros y, siguiendo los criterios de nuestro reglamento, el candidato más votado sería el Coordinador Regional de CANLA y los cuatro restantes serían los miembros de la Comisión Directiva (legal) o Consejo Administrativo. El funcionamiento operativo y las responsabilidades tanto del Coordinador como del Consejo se mantendrían igual que en la actualidad.
  IMPORTANTE
En la próxima Asamblea del mes de marzo, en caso de aprobarse esta opción de creación de la Personería Jurídica en Uruguay las organizaciones presentes firmarán el acta de constitución. Para eso es IMPRESCINDIBLE:
a.       Contar con una carta (Modelo Adjunto) de cada una de las instituciones firmada por sus autoridades legales mandatando al asambleísta a firmar el acta de constitución de Climate Action Network Latin America (CAN-LA). En la carta debe figurar el nombre y N° de pasaporte del mandatado.
b.      Copia impresa de los estatutos de la organización.
En línea con la obtención de la personería jurídica, el Consejo de Administración comenzó durante el año una revisión del Reglamento para asegurar una estructura mas orgánica y sin contradicciones (el actual reglamento tiene varias). Por eso, les dejo también la nueva estructura del reglamento que básicamente reordena los artículos y elimina las contradicciones, asi como también concreta el quorum de la asamblea general, que lamentableente no fue formalmente modificado en la asamblea general pasada. 
Entiendo que son varios documentos para incorporar, pero son todos sumamente importantes. Sobre todo la carta para poder firmar. 
Por eso sintetizo, adjunto encontrarán:
  • Agendas del Taller y Asamblea
  • Estatuto de CANLA para Personería Jurídica
  • Carta Modelo para el representante que viaja para poder firmar el Acta de Constitución de CANLA
  • Reglamento Nuevo con el control de cambios para que se vean los mismos
  • Reglamento nuevo limpio (con todos los cambios aceptados)
Les mando un abrazo grande. 
Enrique

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