Sobre la Asamblea General:
Para la asamblea general estará presente además de Wael
Hmaidan, la Srta Sarah Strack, actual Coordinadora de CAN Internacional para el
desarrollo de los Nodos Regionales. Ambos harán intervenciones para contribuir
con el desarrollo de la Asamblea General.
Personería Jurídica
Un tema sumamente importante de esta Asamblea sin
dudas. Para esto Gerardo facilitará una sesión al respecto.
Aquí el detalle de los avances y de lo que tenemos que
hacer:
La
constitución de la nueva personería jurídica impone, como primer paso, el
registro de las organizaciones fundadoras y la aprobación de un estatuto. La
próxima asamblea a celebrarse en Bogotá a fines de marzo es una buena
oportunidad para dar este paso fundacional e iniciar una nueva etapa
institucional de CAN-LA.
Para
que todos/as lleguen a la asamblea con toda la información necesaria les estoy
enviando los estatutos y varias consideraciones que se han estado analizando en
estos tiempos dentro de la coordinación y el consejo administrativo:
1) Los
estatutos no sustituyen el reglamento interno de CANLA. Es un marco
general y amplio dentro del cual CANLA podrá adoptar sus
reglamentos.
2) El
objetivo principal es la obtención de una personería jurídica que le permita a
CANLA operar institucional y financieramente en el ámbito internacional
3) El
marco legal uruguayo para la constitución de asociaciones civiles de segundo
grado (Asociación de Organizaciones) tiene unos ciertos requerimientos que se
expresan en un “Estatuto Tipo” al que los solicitantes deben adecuarse. Existe
cierta flexibilidad en aspectos como definición de objetivos o número de
integrantes de una directiva, pero en general es bastante rígido.
4) Este
estatuto propuesto para CANLA trata adecuar el formato “tipo” requerido
con el actual reglamento de CANLA. Es menos específico y más amplio como para
que pueda contemplar distintas reglamentaciones a lo largo del tiempo, dado que
modificar un estatuto es un trámite, no imposible, pero sí bastante complejo.
5) En
la práctica, CAN-LA se regirá por sus reglamentos internos y el estatuto solo
tendrá aplicación o relevancia en el caso de una denuncia penal o civil
realizada ante la justicia uruguaya.
6) Más
allá de lo anterior, se trata de que el estatuto se parezca lo más posible a la
forma de funcionamiento real de CANLA, dado que una paridad exacta no es
posible.
Aspectos
diferentes más importantes
1) Un
primer problema con que nos encontramos es que la Comisión Directiva es, por
disposición legal en Uruguay, honoraria. Esto significa en la práctica, que un
Coordinador Regional de CANLA o un miembro del Consejo Administrativo que
recibiera alguna forma de remuneración, no podría integrar la Comisión
Directiva. Es decir que habrá que de optar por una Coordinación remunerada,
como sucede en la actualidad, el coordinador no podría integrar formalmente la
Directiva.
2) Una
segunda diferencia radica en la conformación de la “directiva” que exige la
repartición de ciertos cargos: Presidente, Vi cepresidente, Secretario y
Tesorero a diferencia de nuestro diseño de Coordinador y Consejo, Además
de esto el estatuto establece una comisión fiscal de dos personas.
Propuesta: La
propuesta que presentamos para solucionar esta diferencia es que el Coordinador
no integre formalmente la Comisión Directiva aunque mantenga sus roles tal como
están estipulados en el reglamento. El Consejo Administrativo por su parte
podría sí constituirse como “Comisión Directiva” dado que no hay previsiones,
al menos en la actualidad, para que estos miembros vayan a recibir una
remuneración por su tarea. De adoptarse esta propuesta, en las próximas
elecciones elegiremos 5 miembros y, siguiendo los criterios de nuestro
reglamento, el candidato más votado sería el Coordinador Regional de CANLA y
los cuatro restantes serían los miembros de la Comisión Directiva (legal) o
Consejo Administrativo. El funcionamiento operativo y las responsabilidades
tanto del Coordinador como del Consejo se mantendrían igual que en la
actualidad.
IMPORTANTE
En la
próxima Asamblea del mes de marzo, en caso de aprobarse esta opción de creación
de la Personería Jurídica en Uruguay las organizaciones presentes firmarán el
acta de constitución. Para eso es IMPRESCINDIBLE:
a. Contar
con una carta (Modelo Adjunto) de cada una de las instituciones firmada
por sus autoridades legales mandatando al asambleísta a firmar el acta de
constitución de Climate Action Network Latin America (CAN-LA). En la carta debe
figurar el nombre y N° de pasaporte del mandatado.
b. Copia
impresa de los estatutos de la organización.
En línea con la obtención de la personería jurídica, el
Consejo de Administración comenzó durante el año una revisión del Reglamento
para asegurar una estructura mas orgánica y sin contradicciones (el actual
reglamento tiene varias). Por eso, les dejo también la nueva estructura del
reglamento que básicamente reordena los artículos y elimina las
contradicciones, asi como también concreta el quorum de la asamblea general,
que lamentableente no fue formalmente modificado en la asamblea general
pasada.
Entiendo que son varios documentos para incorporar, pero son
todos sumamente importantes. Sobre todo la carta para poder firmar.
Por eso sintetizo, adjunto encontrarán:
- Agendas
del Taller y Asamblea
- Estatuto
de CANLA para Personería Jurídica
- Carta
Modelo para el representante que viaja para poder firmar el Acta de
Constitución de CANLA
- Reglamento
Nuevo con el control de cambios para que se vean los mismos
- Reglamento
nuevo limpio (con todos los cambios aceptados)
Les mando un abrazo grande.
Enrique
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