En Buenos Aires el pasado 4 de junio de 2018, la organización
ambientalista Greenpeace denunció
ante la Comisión Interamericana de Derechos
Humanos (CIDH) amenazas de "personas de estrecho vínculo con el Gobierno
Nacional" a miembros de la ONG, con el objetivo de obstaculizar las
actividades de campañas por la defensa del medioambiente. Como
premonitoriamente, un día antes el matutino Pagina/12 publico una nota que nos
esclarece sobre el alcance del problema. Intentar agregar o quitar una como al
artículo sería un desatino. Por esto lo envió tal como fue publicado.
Osvaldo Nicolás
Pimpignano
Poder financiero, depredación ambiental y la búsqueda
totalitaria de la máxima ganancia
Acabemos
con los bosques
El
ex juez de la Corte Suprema se pregunta para qué conservar un poder que será
recordado por su incapacidad de intervenir para salvarnos de una catástrofe
irremediable. Una reflexión sobre la destrucción de nuestro medio ambiente por
complicidad con poderes económicos que no piensan, no sienten, no planean.
Por E. Raúl Zaffaroni
1 ¿Sólo una homofonía?
El 25 de mayo, en la Catedral, se mencionó a Zaqueo. Más allá de la
homofonía en nuestro castellano en que asimilamos el sonido de las dos
consonantes, lo cierto es que avanza el saqueo por el mundo, bajo la autodenominación
de neoliberalismo. Se había dicho antes de otra forma: Los poderes económicos
continúan justificando el actual sistema mundial, donde priman una especulación
y una búsqueda de la renta financiera que tienden a ignorar todo contexto y los
efectos sobre la dignidad humana y el medio ambiente. (1)
Y los declamadores vernáculos de esa visión del mundo, no se conforman
con poner en crisis a nuestra sociedad, sino que también quieren hacerlo con el
medio ambiente, lo que no es de extrañar, porque no son dos crisis
independientes, sino que esa crisis es única: socio-ambiental. (2)
Por esa razón, no puede llamar la atención que la actual
administración haya puesto a cargo de las cuestiones ambientales a un
funcionario digno de todo respeto, pero que no es precisamente un experto en el
tema.
2 ¿Qué pasa con los
bosques salteños?
Si bien se pierde en la alucinante velocidad de las graves noticias de
las últimas semanas, no es bueno dejar de lado lo que está sucediendo con los
bosques naturales de Salta.
Se trata de una historia que viene de lejos, puesto que entre 2002 y
2006 se desmontaron allí casi medio millón de hectáreas. En el año 2008 la
Corte Suprema hizo lugar a una cautelar que suspendió el desmonte en cuatro
departamentos salteños que, justamente, eran los de mayor presencia indígena y
que, por ende, les proveen de lo indispensable para su subsistencia.
Algunos desmontes continuaron ilícitamente, aunque en mucha menor
medida y, muy poco después, un terrible aluvión de agua, barro y troncos,
inundó y arrasó las viviendas de un tercio de la población de Tartagal, lo que
–según la opinión científica más seria– se debió a la indefensión del suelo
causada por la eliminación de los bosques.
En una audiencia pública en 2009, el gobierno provincial trató de que
la Corte Suprema levantase la medida, con el insólito argumento de que dejaba
sin trabajo a los hacheros. Pero los jueces de la Corte, por muy urbanizados
que fuesen, no confundieron a unos hombres con hachas con una topadora con pala
mecánica que arranca todo de raíz y, por ende, en marzo de 2009 afirmaron que
los desmontes configuran una situación clara de peligro, de daño grave, porque
podría cambiar sustancialmente el régimen de todo el clima en la región,
afectando no sólo a los actuales habitantes, sino a las generaciones futuras.
Este perjuicio, de producirse, sería además irreversible.
Desde ese momento, el gobierno provincial adoptó otro camino. La Ley
Nacional de Bosques (26.331) los divide en tres categorías: los de alto valor
de conservación (categoría 1, rojo), mediano valor de conservación (categoría
2, amarillo) y bajo valor de conservación (categoría 3, verde). De la categoría
en que se ubique el bosque, corresponderá que se habilite o no su explotación.
Esto lo resolvió en forma pragmática el gobierno provincial, mediante
los decretos 2211/10 y 3136/11, proclamándose competente para que, a simple
solicitud del titular de la finca, categorizase y recategorizaselos bosques a
su gusto y, con este sencillo medio burló la ley nacional y desmontó nada menos
que 130.000 hectáreas de bosques protegidos. En otras palabras: el zorro se autoproclamó cuidador del gallinero.
3 ¿Esto es
federalismo?
En nuestra República maltrecha, si se dejase en manos de los
gobernadores empobrecidos por los sucesivos ajustes nacionales el poder de
decidir qué bosques deben ser protegidos, en poco tiempo buena parte de nuestro
territorio se convertiría en un enorme campo de soja envenenado por
agrotóxicos, sin pájaros ni especies, pero también sin los pueblos originarios
sobrevivientes de los sucesivos genocidios, cuyo hábitat desaparecería con los
bosques.
De esta manera, se respondería al actual unitarismo financiero
habilitando un federalismo depredador o de saqueo. Cabe pensar que este no fue
el federalismo de nuestros caudillos –y menos el de Güemes–, aunque sería digno
del unitario Rivadavia que, si bien no trajo los restos de San Martín, le
aplicó suajuste y le cortó los fondos para continuar su gesta libertadora.
Volviendo a esta historia reciente, la Auditoría General de la Nación
(3)advirtió en 2017 que la provincia de Salta estaba violando la ley nacional y
exigió la anulación de 32 permisos de desmontes otorgados en zonas protegidas y
la recomposición de los ya ejecutados. Dijo en ese informe que en Salta se
generó el marco legal para burlar no solo las disposiciones provinciales sino
también las disposiciones nacionales que regulan la protección de los bosques
nativos. Según consta en los registros de la Dirección de Planificación
Territorial del Ministerio de Producción y Medio Ambiente de Salta desde 2010 a
diciembre de 2014, fecha en la que por medio del Decreto 3749/14 se
suspendieron las recategorizaciones prediales, las autorizaciones otorgadas por
la provincia para cambiar los valores de conservación fueron 32 fincas que en
total sumaban una superficie de 144.984 ha. y abarcaron un total de 58.611
hectáreas habilitadas para ser desmontadas de las cuales un 60 por ciento, es
decir 35.443 hectáreas, fueron efectivamente ejecutadas.
En vigencia de los decretos provinciales que autorizaron las 32
explotaciones ilícitas según la Auditoría, se desalojó policialmente el
campamento de Greenpeace en 2014, pese a la orden contraria de la Jueza de
Garantías de Tartagal. Finalmente, los decretos de 2010 y 2011 fueron derogados
por el gobierno provincial en diciembre de 2017.
Ante lo informado por la Auditoría General de la Nación, el Ministerio
de Ambiente nacional reaccionó correctamente, declaró ilegales los 32 permisos
e instó a la provincia a suspender su ejecución y a reforestar los desmontes ya
realizados(4). No obstante, algunos pocos desmontes ilícitos parecen haber
continuado.
4 El principio de no
regresión
La Auditoría y en Ministerio actuaron conforme a lo que se llama
principio de no regresión, derivado del principio de progresividad (5), lo que
en palabras claras significa que se puede ir para adelante, pero no para atrás
(6). Este principio se fue extendiendo a la materia ambiental, siendo
recomendado por las Naciones Unidas en la Resolución aprobada por la Asamblea
General el 27 de julio de 2012(A/66/L.56, 66/288, El futuro que queremos) (7).
La Constitución Nacional, por su parte, prescribe en el artículo 41º
que todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto
para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las
necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras; y tienen
el deber de preservarlo, El daño ambiental generará prioritariamente la
obligación de recomponer, según lo establezca la ley.
El mismo artículo, en cuanto a la jurisdicción, dice claramente:
Corresponde a la Nación dictar las normas que contengan los presupuestos
mínimos de protección, y a las provincias, las necesarias para complementarlas,
sin que aquéllas alteren las jurisdicciones locales.
5 El principio
republicano
En nuestro ordenamiento jurídico, toda norma debe interpretarse
conforme al principio republicano (artículo 1º de la Constitución), que exige
la racionalidad, es decir, la adecuación a un fin deducido de la razón de ser
del Estado que, en primer lugar, debe asegurar la vida y la salud de sus
habitantes.
Sin perjuicio de que ladeforestación -según la Organización Mundial de
la Salud- es causa de la propagación de enfermedades infecciosas, los pueblos
originarios, mal que les pese a algunas autoridades que prefieren tratarlos con
la Gendarmería y la Prefectura, también son habitantes, por lo que esta
deforestación también viola los compromisos internacionales de la Nación a su respecto
y la propia letra del inc. 17º del artículo 75º de la Constitución. (8)
Dada la gravedad de estos hechos de múltiple violación normativa como
la jerarquía suprema de las normas que infringen y, considerando que la
destrucción de bosques es a veces irreversible, pues su restablecimiento
requiere muchos años y quizá siglos, el principio republicano de gobierno (la
racionalidad) impone que nadie se permita entender el párrafo del artículo
constitucional sobre jurisdicciones como derogatorio de todo el texto, lo que
sucedería si las provincias fuesen las encargadas de categorizar.
Obsérvese, además, que la Constitución se refiere a las jurisdicciones
locales y, como es sabido, jurisdicción significa decir el derecho, o sea, que
se trata de respetar la competencia de los jueces locales y no de los poderes
ejecutivos, lo que no es un detalle menor a la hora de interpretar el texto. Si
se lo quisiese entender como jurisdicción administrativa -expresión por demás
confusa, porque se confunde con competencia- el texto estaría negando su propio contenido, porque obviamente, en las
actuales circunstancias, dejaría al zorro al cuidado del gallinero.
6 Las últimas
novedades
Hace pocos días el gobierno provincial y el Ministerios de Ambiente
nacional firmaron un convenio marco de colaboración para la promoción de la
actividad productiva sustentable de los bosques de Salta, cuyo objetivo es
colaborar en tres aspectos: trabajo conjunto en la elaboración de criterios de
ordenamiento territorial de bosques nativos de la provincia de Salta, promoción
y apoyo de actividades productivas sustentables en bosques nativos ubicados en
categoría amarilla (de mediano valor de conservación, categoría 2 según la Ley
Nacional de Bosques, 26.331) e implementación de planes de restauración y
reforestación de zonas degradadas.
Pero junto a este convenio -de apariencia inofensiva- se firmó un acta
complementaria, con la participación de los representantes de los poderes
fácticos interesados en los desmontes, que tiene por objeto -nada menos- que
evaluar y verificar en 30 días, la licitud de los 32 proyectos autorizados
antes en función de los decretos provincialesderogados. En otras palabras: los
32 permisos que habían sido declarados ilícitos y suspendidos por pedido del
propio Ministerio de Medio ambiente nacional en razón del informe de la
Auditoría General de la Nación, serán nuevamente revisados, con lo cual el
Ministerio nacional da marcha atrás respecto de la medida dispuesta en los
primeros días del año, dejando abierta la posibilidad de su explotación.
Se trata de un nuevo episodio insólito de manipulación de esta
administración: sin la participación de los pueblos originarios ni de la
población de Tartagal -que no hace muchos años sufrió la referida catástrofe
aluvional-, pero en mesa con los poderes fácticos interesados en el desmonte,
se abre la posibilidad (que para algunos académicos salteños es certeza) de que, con beneplácito del gobierno
nacional, se entronice al zorro, pero no como cuidador, sino como dueño del
gallinero.
De materializarse este riesgo y si aún quedan en pie restos de la
institucionalidad abollada, cabe esperar que, cuando la cuestión llegue a la
Corte Suprema, la resuelva con la misma celeridad que en 2008 y mantenga su
jurisprudencia, en previsión de la depredación irrecuperable de los bosques
salteños, de la vida, propiedad y vivienda de los habitantes de la zona, de sus
pueblos originarios y de nuevas catástrofes locales.
En medio de los males que nos amenazan a los argentinos, vale la pena
apostar a que no se haya perdido del todo la dignidad, el sentimiento humano y,
sobre todo, la pulsión de supervivencia de la especie. De cualquier manera,
nunca debemos olvidar que el derecho no es un conjunto de reglas lógicas en un
toposuranos normativo ubicado encima del cielo de los mortales, sino que, en
este mundo de los mortales, es un campo de lucha permanente y continuo.
* Profesor emérito de la
Universidad de Buenos Aires.
1) Carta Encíclica Laudato
si, 56.
2) Idem, 139.
3) La auditoría es el
organismo que asiste al Congreso de la Nación y que tiene a su cargo el control
de legalidad, gestión y auditoría de toda la actividad de la administración
pública centralizada y descentralizada (art. 85 de la Constitución Nacional).
4) Resolución 56/2018,
publicada en el Boletín Oficial el 24 de enero
5) V. Peña Chacón, Mario,
director “El principio de no regresión ambiental en el derecho comparado
latinoamericano”, PNUD, 2013.
6) Para Derechos Humanos
Económicos, Sociales y Culturales, lo establece el Pacto Internacional homónimo
de 1966 (ratificado e incorporado a nuestra Constitución Nacional), en el
párrafo 1º de su artículo 2º, como también en la Convención Americana sobre
Derechos Humanos (Pacto de San José de Costa Rica), que lo enuncia en su
articulo 26º, del siguiente modo: Los Estados partes se comprometen a adoptar
providencias, tanto a nivel interno como mediante la cooperación internacional,
especialmente económica y técnica, para lograr progresivamente la plena
efectividad de los derechos que se derivan de las normas económicas, sociales y
sobre educación, ciencia y cultura, contenidas en la Carta de la Organización
de los Estados Americanos, reformada por el protocolo de Buenos Aires, en la
medida de los recursos disponibles, por vía legislativa u otros medios
apropiados.
7) Dicha Resolución dice:
Reconocemos que, desde 1992, en algunos aspectos de la integración de las tres
dimensiones del desarrollo sostenible, los avances han sido insuficientes y se
han registrado contratiempos, agravados por las múltiples crisis financieras,
económicas, alimentarias y energéticas, que han puesto en peligro la capacidad
de todos los países, en particular de los países en desarrollo, para lograr el
desarrollo sostenible. A este respecto, es esencial que no demos marcha atrás
en nuestro compromiso con los resultados de la Conferencia de las Naciones
Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo. También reconocemos que uno de
los principales problemas actuales de todos los países, especialmente de los
países en desarrollo, es el impacto de las múltiples crisis que afectan al
mundo hoy en día.
(8) Garantizar el respeto a
su identidad y el derecho a una educación bilingüe e intercultural; reconocer
la personería jurídica de sus comunidades, y la posesión y propiedad comunitarias
de las tierras que tradicionalmente ocupan; y regular la entrega de otras aptas
y suficientes para el desarrollo humano; ninguna de ellas será enajenable,
transmisible ni susceptible de gravámenes o embargos. Asegurar su participación
en la gestión referida a sus recursos naturales y a los demás intereses que los
afecte. Las provincias pueden ejercer concurrentemente estas atribuciones.
FUENTE: Pagina 12
Por Osvaldo Nicolás Pimpignano
Periodista de Investigación – FLACSO
Para: ASOCIACION ECOLOGISTA
RIO MOCORETA
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