La Constitución de la Ciudad en el año 1996 ordenó la
aprobación de un Código Ambiental para la Ciudad de Buenos Aires. En el año
2009, el Plan Urbano Ambiental (PUA) dispuso que debía aprobarse, entre otros,
el Código Ambiental, uno de los instrumentos normativos esenciales para
operativizar el PUA.
Esto se agrava con la discusión actual en la
Legislatura porteña del nuevo Código Urbanístico sin tratar el Código
Ambiental. Los constituyentes imaginaron la discusión conjunta de ambos
códigos.
La falta de un Código Ambiental también permite a la
Legislatura aprobar leyes ambientales como cualquier otra norma defraudando la
Constitución al violar el procedimiento de doble lectura y las audiencias
públicas obligatorias que ésta establece para cualquier modificación del Código
Ambiental.
La omisión inconstitucional de no haber aprobado el
Código Ambiental no debe premiar a la Legislatura con la facultad de determinar
en forma discrecional si respeta el procedimiento de doble lectura o no para
las leyes ambientales que constituirían una modificación del Código Ambiental
de haberse aprobado este.
Un claro ejemplo de leyes ambientales cuya
aprobación parlamentaria burlaron la Constitución de la ciudad y eliminaron
toda forma obligatoria de participación ciudadana son la Ley N° 5.786
que creó el Área Ambiental Buenos Aires Centro y la Ley N° 5.966 que autorizó
la incineración de residuos con recuperación de energía en la ciudad.
Por esta razón, presentamos una ACCIÓN DE
AMPARO COLECTIVO AMBIENTAL con el OBJETO de
que se ordene al GCBA (Poder Ejecutivo) y a la Legislatura de la
Ciudad a que inmediatamente inicien el procedimiento de diagnóstico,
elaboración y sanción del Código Ambiental de la Ciudad de Buenos
Aires (autos caratulados "Asociación Civil Observatorio del Derecho a
la Ciudad c/ GCBA s/ Amparo - Ambiental” Expte. N° A12718-2018/0).
Por otra parte, la falta de participación ciudadana
genera leyes que no atienden a los impactos negativos de su implementación. Un
caso paradigmático es la Ley N° 5.786 que creó el Área Ambiental Buenos
Aires Centro(aprobada por 29 votos afirmativos y en simple lectura) sin
respetar el procedimiento de doble lectura con audiencia pública obligatoria y
la mayoría absoluta (31 votos afirmativos) que exige la Constitución.
Esta Ley establece una prohibición de la circulación
general de vehículos motorizados todos los días hábiles de acuerdo a un
cronograma de implementación progresiva. Con el inicio de la
implementación de esta ley, el 3 de abril de 2018 en el área comprendida entre las
avenidas Santa Fe, Belgrano, 9 de Julio y Alem, están surgiendo los siguientes
problemas que podría haberse evitado si se otorgaba la debida participación
ciudadana:
- Cualquiera
que desee ingresar al área afectada por la ley debe sacar un permiso o de
lo contrario será multado por las fotos de las cámaras.
- Según
los dueños de las playas de estacionamiento, su recaudación, en el mejor
de los casos, llega al 40 % de la recaudación anterior a la Ley. Esto está
generando muchísimos despidos. Muchos dueños tienen aún a su personal
haciendo solamente tareas de mantenimiento, con la esperanza de que la
situación mejore, pero no parece ser el caso.
- La
mayor parte de la gente no está pudiendo solicitar el permiso para
ingresar.
- Según
los garajes los clientes mensuales que cuentan con el permiso actualmente
son aproximadamente el 10 %.
- El
trámite administrativo para solicitar el permiso a través de la página
(único medio posible) es complejo por la cantidad de información
solicitada y el poco espacio que da el GCBA para poder subirla.
- Los
kioscos y los restaurantes tienen inconvenientes para abastecerse porque
no les entregan mercadería en la puerta como solían hacerlo.
- Otros
rubros que están teniendo inconvenientes son los que brindan servicios de
reparación, fotocopiadoras, computadoras y otros servicios como los de
plomería. Todo esto hizo que aumente la cantidad de locales cerrados ya
que muchas oficinas optan por mudarse debido al difícil acceso.
- Se
congestionan mucho más las avenidas y hay mucho espacio vacante en los
estacionamientos a los que no se puede acceder.
- Todo
esto genera mayor contaminación en lugar de reducirla, que es el objetivo
manifiesto de la ley.
- No
solo no se puede ingresar, sino que, si se ingresa en el horario
permitido, no se puede salir hasta que no termine el horario de veda. Así,
todo el mundo sale a la misma hora de la zona y genera un
congestionamiento que podría evitarse fácilmente. Próximamente, cuando se
incorpore el área de tribunales a la zona de veda, todos los que
actualmente se retiraban al mediodía deberán esperar a las 16:00 (y en el
futuro hasta las 18:00) para poder retornar de sus trabajos.
- Si a
esto le sumamos que van a restringir el tránsito en avenida Corrientes
desde las 19:00, irse del centro va a transformase en une pesadilla.
Tomado de la envio de observatrio de la ciudad // red foroba
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