Diez recomendaciones de la SPDA respecto a los nuevos
decretos sobre minería informal e ilegal
Foto: Andina
• Según
especialistas de la SPDA, las nuevas normas destacan por su planteamiento en la
simplificación administrativa, pero no atacan los problemas de fondo.
• Asimismo,
señalan que las disposiciones sobre el uso de equipos permitidos se deben
reevaluar en base a criterios técnicos.
• El
alejamiento del Ministerio del Ambiente (Minam) en el tema de formalización
minera y lucha contra la minería ilegal es otro de los cuestionamientos a las
nuevas normas.
Revisa las diez recomendaciones aquí: https://goo.gl/WuqHKH
Ante la emisión de los nuevos decretos legislativos
relacionados a la formalización de la minería informal y lucha contra la
minería ilegal, por parte del Ejecutivo, la Sociedad Peruana de Derecho
Ambiental (SPDA) presentó diez recomendaciones sobre dichas normas, con el fin
de ajustar y mejorar estas nuevas disposiciones del Gobierno.
Como se sabe, la
minería informal y minería ilegal han tenido un crecimiento significativo desde
mediados de la década pasada, sobre todo en la Amazonía. Esta situación ha
generado una serie de impactos sociales, ambientales y económicos sobre el país
que, desde el gobierno del presidente Toledo, han tratado de ser abordados de
distintas maneras.
Ante este panorama
resulta necesario abordar este tema no solo resolviendo el problema que
representa la burocracia en asuntos de formalización. Si bien los nuevos
decretos presentan avances en materia de simplificación administrativa, aún no
atacan con claridad y coherencia algunos problemas de fondo.
Entre las
recomendaciones, la SPDA opina que “no se debe ampliar el proceso de
formalización minera hasta contar con mayor información sobre la situación
actual”, tal como lo indica el DL 1293. Esto genera una amnistía para los
mineros que no se acogieron al anterior proceso de formalización iniciado el
2012.
“Antes de tomar este
tipo de decisiones se requiere contar con información confiable sobre la
situación de la minería informal e ilegal que permita hacer una estimación
razonable de la población potencial y objetivo de la política de formalización.
Para ello, se hace necesario realizar un censo minero”, explica Lenin Valencia,
investigador del Programa de Asuntos Internacionales y Biodiversidad de la
SPDA, agregando que el nuevo proceso de formalización debería priorizar a los
mineros que iniciaron su formalización en el 2012.
La superposición de
derechos es otro tema que requiere una solución más integral, agrega la
organización, ya que este problema es uno de los principales cuellos de botella
para la formalización. Isabel Calle, Directora del Programa de Política y
Gestión Ambiental indica al respecto: “Consideramos que deben fortalecerse los
procesos de gestión y ordenamiento territorial en aquellos departamentos de la
Amazonía donde existe mayor presencia de minería informal y posibilidad de un
desarrollo futuro de esta actividad”.
Otras recomendaciones
tienen que ver con la ampliación del plazo de las concesiones, la reevaluación
del uso de maquinaria permitida en base a criterios técnicos, y el alejamiento
del Ministerio del Ambiente (Minam) en los trabajos destinados a la lucha
contra la informalidad e ilegalidad minera que destruye importantes espacios de
biodiversidad.
Finalmente, la SPDA
hace énfasis en que no se debe permitir la impunidad a los delitos de minería
ilegal. “Una de las principales preocupaciones de la nueva regulación está
vinculada a la impunidad que genera el régimen de exención de responsabilidad
penal para el caso de minería ilegal”, explica Lenin Valencia.
Como indica la norma,
no será considerado ilegal aquel minero en proceso de formalización que no haya
conseguido la autorización final por culpa de algún funcionario. Revisa las
diez recomendaciones aquí: https://goo.gl/WuqHKH
Contacto de prensa:
Jaime Tranca / jtranca@spda.org.pe / 997788433
Ante la emisión de los nuevos decretos legislativos
relacionados a la formalización de la minería informal y lucha contra la
minería ilegal, por parte del Ejecutivo, la Sociedad Peruana de Derecho
Ambiental (SPDA) presentó diez recomendaciones sobre dichas normas, con el fin
de ajustar y mejorar estas nuevas disposiciones del Gobierno.
Como se sabe, la minería informal y minería ilegal han
tenido un crecimiento significativo desde mediados de la década pasada, sobre
todo en la Amazonía. Esta situación ha generado una serie de impactos sociales,
ambientales y económicos sobre el país que, desde el gobierno del presidente
Toledo, han tratado de ser abordados de distintas maneras.
Ante este panorama
resulta necesario abordar este tema no solo resolviendo el problema que
representa la burocracia en asuntos de formalización. Si bien los nuevos
decretos presentan avances en materia de simplificación administrativa, aún no
atacan con claridad y coherencia algunos problemas de fondo.
Entre las
recomendaciones, la SPDA opina que “no se debe ampliar el proceso de
formalización minera hasta contar con mayor información sobre la situación
actual”, tal como lo indica el DL 1293. Esto genera una amnistía para los
mineros que no se acogieron al anterior proceso de formalización iniciado el
2012.
“Antes de tomar este
tipo de decisiones se requiere contar con información confiable sobre la
situación de la minería informal e ilegal que permita hacer una estimación
razonable de la población potencial y objetivo de la política de formalización.
Para ello, se hace necesario realizar un censo minero”, explica Lenin Valencia,
investigador del Programa de Asuntos Internacionales y Biodiversidad de la
SPDA, agregando que el nuevo proceso de formalización debería priorizar a los
mineros que iniciaron su formalización en el 2012.
La superposición de
derechos es otro tema que requiere una solución más integral, agrega la
organización, ya que este problema es uno de los principales cuellos de botella
para la formalización. Isabel Calle, Directora del Programa de Política y
Gestión Ambiental indica al respecto: “Consideramos que deben fortalecerse los
procesos de gestión y ordenamiento territorial en aquellos departamentos de la
Amazonía donde existe mayor presencia de minería informal y posibilidad de un
desarrollo futuro de esta actividad”.
Otras recomendaciones
tienen que ver con la ampliación del plazo de las concesiones, la reevaluación
del uso de maquinaria permitida en base a criterios técnicos, y el alejamiento
del Ministerio del Ambiente (Minam) en los trabajos destinados a la lucha
contra la informalidad e ilegalidad minera que destruye importantes espacios de
biodiversidad.
Finalmente, la SPDA
hace énfasis en que no se debe permitir la impunidad a los delitos de minería
ilegal. “Una de las principales preocupaciones de la nueva regulación está
vinculada a la impunidad que genera el régimen de exención de responsabilidad
penal para el caso de minería ilegal”, explica Lenin Valencia.
Como indica la norma,
no será considerado ilegal aquel minero en proceso de formalización que no haya
conseguido la autorización final por culpa de algún funcionario. Tomado de
envio en red foroba
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