JUSTICIA PROHÍBE
EXPLOTACIÓN MINERA PARA SALVAGUARDAR EL AGUA en Uruguay
Un tribunal de apelaciones hizo lugar a una demanda de la
empresa Salus
El Tribunal de
Apelaciones en lo Civil de 7º turno revocó una sentencia de la justicia en lo
Contencioso Administrativo en la cual se autorizaba a una empresa minera a
realizar actividades de explotación en un predio lindero al de Salus, según
indicó un comunicado publicado en la web del Poder Judicial.
La empresa Salus había promovido una demanda contra la
Dirección Nacional de Minería y Geología, en contra de las resoluciones que
autorizaban a la empresa minera a realizar estas actividades en ese terreno.
Además, declaró que la explotación le impediría a futuro "extraer agua 100
% natural, como lo ha verificado hasta el presente”.
El tribunal hizo lugar al reclamo y argumentó que “el agua
es considerada un recurso indispensable para la vida, no sólo del ser humano
sobre la Tierra, sino también para la vida vegetal y animal".
Salus declaró que la explotación le impediría a futuro
"extraer agua 100 % natural, como lo ha verificado hasta el presente”.
"La existencia de todos los seres vivos tiene una
dependencia directa con el agua. Es conocida la importancia de este líquido
vital y su escasez, lo cual ha llevado a preconizar su consumo responsable y la
evitación de conductas que puedan significar su derroche o su polución”, afirmó
le sentencia.
A su vez, agregó que el ambiente “se ha transformado en un
recurso crítico: si antes parecía infinito, inagotable, ahora hay conciencia de
que es escaso.(...) El medio ambiente no interesa a un solo individuo, sino a
un grupo de ellos. Se trata de un problema de acción colectiva y no individual
(...),no sólo interesa a un grupo de individuos actual, sino futuro. No se
puede comprometer el interés de las generaciones futuras, lo que lleva a una
acción colectiva intergeneracional”, concluyó la sentencia. Tomado de el observador de uy
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