domingo, 7 de mayo de 2017

INUNDACIONES EN CUENCA DEL RÍO LUJAN ARGENTINA

Inundaciones Cuenca del Río Luján y Delta del Paraná (Alerta de la Sociedad Civil): “Controversiales obras que se iniciarán en el Partido de Campana (Delta del Paraná)”
A fin de mitigar las inundaciones en la cuenca del río Luján,  el gobierno de la provincia de Buenos Aires  tiene prevista una serie de obras hidráulicas que surgieron de un Estudio  elaborado por la Consultora Serman & Asociados S.A., entre los años 2014 y 2015,  llamado “Plan Integral y Proyecto de Obras de Regulación y Saneamiento del río Luján”; pero hasta el día de la fecha las obras no han sido sometidas al proceso obligatorio de evaluación de impacto ambiental conforme lo exige la ley General del Ambiente Nº 25.675 y del que debe participar la ciudadanía.
Mapa Reserva Natural Otamendi: Localización en el centro de imagen, está integrada por lagunas y coloreada de color verde musgo claro. Atravesada en aprox. 2 km por el canal artificial Santa María. El río Luján tuerce 90 grados naturalmente en Escobar (ver centro de la imagen).
La primer obra a llevarse a cabo sería en el partido de Campana y consistiría en el ensanche del  Canal Santa María, que une artificialmente los ríos Luján y Paraná recorriendo 7 km, parte de los cuales  son humedales correspondientes a la Reserva Natural  Otamendi (Área Protegida Nacional). Según el Estudio, ello favorecería la evacuación del agua hacia el río Paraná durante las crecidas. A esto se sumaría otro canal, no contemplado en el Estudio, que partiría desde el Canal Santa María y correría paralelo a éste. Los barros extraídos para la obra servirían para rellenar la traza de un camino, a través de la Reserva Natural de Otamendi, que permitiría acceder a terrenos privados donde se anuncia un futuro emprendimiento inmobiliario. Éste ha sido seriamente cuestionado, ambiental y jurídicamente, por encontrarse en zona de humedales catalogada como área de amortiguamiento de la Reserva Natural Otamendi. De acuerdo a diversos estudios estos barros están contaminados con diferentes metales pesados, hidrocarburos y otras sustancias vertidas por numerosas industrias asentadas a lo largo de la cuenca.
Respecto del Estudio de la consultora Serman & Asociados S.A.,  es relevante señalar que no busca erradicar algunas e las causas principales que provocan las inundaciones, como son los rellenos de humedales por desarrollos inmobiliarios, ni tampoco tiene la finalidad de recomponer el ecosistema, acorde lo ordenado en el art. 41 de la Constitución Nacional  y recomendado por especialistas y organizaciones de la sociedad civil.
Mapa de la Obra de ampliación del canal Santa María y el nuevo  canal paralelo, rellenos entre ambos,   acorde el Pliego de Licitación del Ministerio de Infraestructura de la Provincia de Buenos Aires.
Ya desde el año 2008 el Defensor del Pueblo de la Nación (DPN) ha solicitado con  carácter de urgente a las autoridades de Nación y Provincia que sea preservada la dinámica hidríca del Delta del Paraná y así garantizar la conservación del humedal interjurisdiccional más importante del país, que brinda bienes y servicios ambientales  a la sociedad y que son indispensables para el ejercicio de la vida cotidiana y el desarrollo humano de más de 15 millones de personas que habitan en su área de influencia directa en las provincias de Entre Ríos, Santa Fé y Buenos Aires y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Imagen de la inundación del 30 de octubre del 2014 emprendimiento San Sebastián en el límite entre Pilar y Escobar, ocupó y modificó drásticamente 1100 has. de humedales del cauce mayor del río Luján, alterando los regímenes hidráulico e hidrológico, destruyendo reservas de agua de millones de argentinos.
Asimismo el Defensor de Nación requirió que se cree un área protegida interjurisdiccional, que abarque la totalidad del Delta del Paraná, sus islas y cuerpos de agua, incluso bajo la protección de Sitio Ramsar. Su última Resolución lleva el Nº 1/2015.
Frente a esta situación nos preguntamos:
– ¿Qué efectividad tendrá la obra para evacuar el agua en un área donde la pendiente del  terreno es casi nula y que se encuentra afectada por las crecidas del Paraná y las sudestadas?
Imagen Reserva Natural Otamendi: El Defensor del Pueblo de la Nación señaló en sus resoluciones “…el avance de los emprendimientos inmobiliarios sobre zonas naturalmente bajas e inundables mediante rellenos, endicamientos y construcción de terraplenes, lo cual impide el normal desarrollo de la dinámica del humedal.”
Esta zona de humedales (entre el río Paraná y la ruta Panamericana) es una gigantesca esponjaque absorbe los excedentes hídricos en épocas de lluvias intensas y es parte del Delta del Paraná, que constituye el principal reservorio natural de agua a nivel nacional. Por lo tanto, debería ser conservada como tal por éste y otros numerosos servicios ambientales que presta.  Exactamente los mismos humedales, pero  ubicados aguas arriba de la ruta Panamericana, han sido protegidos por la ordenanza No. 6374/2015 del Partido de Campana y declarados como no urbanizables  ¿Entonces, por qué no reciben el mismo tratamiento normativo los humedales a ambos lados de la Panamericana si se trata del mismo ecosistema?
Imagen del Canal Santa María: el agua no se desplaza hacia el rio Paraná a través del Canal Santa María, sino que continúa a través del curso natural del río Luján hacia su desembocadura en el río de la Plata. Inundación, imagen16 de agosto 2015. Ver imagen siguiente relacionada.
-¿No es totalmente contradictorio planificar la ampliación del canal Santa María, parasupuestamente desagotar el río Luján, y simultáneamente construir un camino que significará  rellenar parte de esos humedales y eliminar su capacidad de acoger el agua de las crecidas?
-¿Cómo evitarán los daños  ambientales  y sanitarios de disponer miles de metros cúbicos de barros contaminados en una  área que afecta directamente a una reserva natural?
La respuesta es clara: no se pueden evitar. Esos barros deberían tratarse como residuos peligrosos y disponerse adecuadamente (en un relleno de seguridad, incinerados, etc.). Al de por sí ya conflictivo camino atravesando una reserva natural para llegar a un emprendimiento inmobiliario privado, se sumaría un impacto ambiental enorme  si se rellena con estos barros tóxicos. También nos preguntamos qué sucederá con la salud de las personas que adquieran un terreno en ese barrio privado si se habilita su alteo con esos barros.
a Masa de agua se desplaza a través del río Luján hacia el río de la Plata y no a través del canal Santa María.
¿Cuentan estas obras con una Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) y su respectiva aprobación (Declaración de Impacto Ambiental-DIA) como norma la Ley General del Ambiente?
El Defensor del Pueblo de la Provincia de Buenos Aires ha  solicitado información al respecto, pero todavía no ha tenido respuesta. Tampoco se ha realizado aún  la audiencia pública que establece la legislación vigente, para que la ciudadanía tenga oportunidad de conocer en detalle las obras y opinar acerca de ellas.
Las obras hidráulicas a lo largo de la cuenca del río Luján están entre las más costosas que la provincia propone para intentar solucionar la problemática de las inundaciones.  Creemos que un proyecto de tamaña envergadura debe iniciarse a través de un proceso transparente, donde estos interrogantes puedan ser respondidos,   y las opiniones de la ciudadanía  y distintos especialistas ser considerados.
¡Agradecemos la Difusión! 
Red de vecinos y ONG’s de la cuenca del río Luján

TOMADO DE ENVIO DE RED FOROBA 

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