Inundaciones Cuenca del Río Luján y Delta del Paraná (Alerta
de la Sociedad Civil): “Controversiales obras que se iniciarán en el Partido de
Campana (Delta del Paraná)”
A.A.P.E 5
Mayo, 2017 No
hay comentariosen Inundaciones Cuenca del Río Luján y Delta del Paraná (Alerta
de la Sociedad Civil): “Controversiales obras que se iniciarán en el Partido de
Campana (Delta del Paraná)”
A fin de mitigar las inundaciones en la cuenca del río
Luján, el gobierno de la provincia de Buenos Aires tiene prevista
una serie de obras hidráulicas que surgieron de un Estudio elaborado por
la Consultora Serman & Asociados S.A., entre los años 2014 y 2015,
llamado “Plan Integral y Proyecto de Obras de Regulación y Saneamiento
del río Luján”; pero hasta el día de la fecha las obras no han sido
sometidas al proceso obligatorio de evaluación de impacto ambiental conforme lo
exige la ley General del Ambiente Nº 25.675 y del que debe participar la
ciudadanía.
Mapa Reserva Natural Otamendi: Localización en el centro
de imagen, está integrada por lagunas y coloreada de color verde musgo claro.
Atravesada en aprox. 2 km por el canal artificial Santa María. El río Luján
tuerce 90 grados naturalmente en Escobar (ver centro de la imagen).
La primer obra a llevarse a cabo sería en el partido de
Campana y consistiría en el ensanche del Canal Santa María, que une
artificialmente los ríos Luján y Paraná recorriendo 7 km, parte de los
cuales son humedales correspondientes a la Reserva Natural Otamendi
(Área Protegida Nacional). Según el Estudio, ello favorecería la evacuación del
agua hacia el río Paraná durante las crecidas. A esto se sumaría otro canal, no
contemplado en el Estudio, que partiría desde el Canal Santa María y correría
paralelo a éste. Los barros extraídos para la obra servirían para rellenar la
traza de un camino, a través de la Reserva Natural de Otamendi, que permitiría
acceder a terrenos privados donde se anuncia un futuro emprendimiento
inmobiliario. Éste ha sido seriamente cuestionado, ambiental y jurídicamente,
por encontrarse en zona de humedales catalogada como área de amortiguamiento de
la Reserva Natural Otamendi. De acuerdo a diversos estudios estos barros están
contaminados con diferentes metales pesados, hidrocarburos y otras sustancias
vertidas por numerosas industrias asentadas a lo largo de la cuenca.
Respecto del Estudio de la consultora Serman & Asociados
S.A., es relevante señalar que no busca erradicar
algunas e las causas principales que provocan las inundaciones, como
son los rellenos de humedales por desarrollos inmobiliarios, ni tampoco tiene
la finalidad de recomponer el ecosistema, acorde lo ordenado en el art. 41 de
la Constitución Nacional y recomendado por especialistas y organizaciones
de la sociedad civil.
Mapa de la Obra de ampliación del canal Santa María y el
nuevo canal paralelo, rellenos entre ambos, acorde el Pliego de
Licitación del Ministerio de Infraestructura de la Provincia de Buenos Aires.
Ya desde el año 2008 el Defensor del Pueblo de la Nación
(DPN) ha solicitado con carácter de urgente a las autoridades de
Nación y Provincia que sea preservada la dinámica hidríca del Delta del Paraná
y así garantizar la conservación del humedal interjurisdiccional más importante
del país, que brinda bienes y servicios ambientales a la sociedad y
que son indispensables para el ejercicio de la vida cotidiana y el desarrollo
humano de más de 15 millones de personas que habitan en su área de influencia
directa en las provincias de Entre Ríos, Santa Fé y Buenos Aires y de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires.
Imagen de la inundación del 30 de octubre del 2014
emprendimiento San Sebastián en el límite entre Pilar y Escobar, ocupó y
modificó drásticamente 1100 has. de humedales del cauce mayor del río Luján,
alterando los regímenes hidráulico e hidrológico, destruyendo reservas de agua
de millones de argentinos.
Asimismo el Defensor de Nación requirió que se cree
un área protegida interjurisdiccional, que abarque la totalidad del Delta del
Paraná, sus islas y cuerpos de agua, incluso bajo la protección de Sitio
Ramsar. Su última Resolución lleva el Nº 1/2015.
Frente a esta situación nos preguntamos:
– ¿Qué efectividad tendrá la obra para evacuar el agua en
un área donde la pendiente del terreno es casi nula y que se encuentra
afectada por las crecidas del Paraná y las sudestadas?
Imagen Reserva Natural Otamendi: El Defensor del Pueblo
de la Nación señaló en sus resoluciones “…el avance de los emprendimientos
inmobiliarios sobre zonas naturalmente bajas e inundables mediante rellenos,
endicamientos y construcción de terraplenes, lo cual impide el normal
desarrollo de la dinámica del humedal.”
Esta zona de humedales (entre el río Paraná y la ruta
Panamericana) es una gigantesca esponjaque absorbe los excedentes hídricos en
épocas de lluvias intensas y es parte del Delta del Paraná, que constituye el
principal reservorio natural de agua a nivel nacional. Por lo tanto, debería
ser conservada como tal por éste y otros numerosos servicios ambientales que
presta. Exactamente los mismos humedales, pero ubicados aguas
arriba de la ruta Panamericana, han sido protegidos por la ordenanza No.
6374/2015 del Partido de Campana y declarados como no urbanizables
¿Entonces, por qué no reciben el mismo tratamiento normativo los humedales a
ambos lados de la Panamericana si se trata del mismo ecosistema?
Imagen del Canal Santa María: el agua no se desplaza
hacia el rio Paraná a través del Canal Santa María, sino que continúa a través
del curso natural del río Luján hacia su desembocadura en el río de la Plata.
Inundación, imagen16 de agosto 2015. Ver imagen siguiente relacionada.
-¿No es totalmente contradictorio planificar la
ampliación del canal Santa María, parasupuestamente desagotar el río Luján, y
simultáneamente construir un camino que significará rellenar parte de
esos humedales y eliminar su capacidad de acoger el agua de las crecidas?
-¿Cómo evitarán los daños ambientales y
sanitarios de disponer miles de metros cúbicos de barros contaminados en
una área que afecta directamente a una reserva natural?
La respuesta es clara: no se pueden evitar. Esos barros
deberían tratarse como residuos peligrosos y disponerse adecuadamente (en un
relleno de seguridad, incinerados, etc.). Al de por sí ya conflictivo camino
atravesando una reserva natural para llegar a un emprendimiento inmobiliario
privado, se sumaría un impacto ambiental enorme si se rellena con estos
barros tóxicos. También nos preguntamos qué sucederá con la salud de las
personas que adquieran un terreno en ese barrio privado si se habilita su alteo
con esos barros.
a Masa de agua se desplaza a través del río Luján hacia
el río de la Plata y no a través del canal Santa María.
–¿Cuentan estas obras con una Evaluación de Impacto
Ambiental (EIA) y su respectiva aprobación (Declaración de Impacto
Ambiental-DIA) como norma la Ley General del Ambiente?
El Defensor del Pueblo de la Provincia de Buenos Aires ha
solicitado información al respecto, pero todavía no ha tenido
respuesta. Tampoco se ha realizado aún la audiencia pública que
establece la legislación vigente, para que la ciudadanía tenga oportunidad de
conocer en detalle las obras y opinar acerca de ellas.
Las obras hidráulicas a lo largo de la cuenca del río Luján
están entre las más costosas que la provincia propone para intentar solucionar
la problemática de las inundaciones. Creemos que un proyecto de tamaña
envergadura debe iniciarse a través de un proceso transparente, donde estos
interrogantes puedan ser respondidos, y las opiniones de la
ciudadanía y distintos especialistas ser considerados.
¡Agradecemos la Difusión!
Red de vecinos y ONG’s de la cuenca del río Luján
TOMADO DE ENVIO DE RED FOROBA
No hay comentarios:
Publicar un comentario