El polémico acuerdo del caso basura
Autor: Leslie Ayala C.
El ex gerente de la empresa KDM Fernando León, formalizado
por soborno y dos fraudes al Fisco, fue suspendido de su proceso penal sin que
se cumplieran los protocolos de la fiscalía. El acuerdo podría terminar con un
sumario interno en el Ministerio Público.
Durante 2017, el municipio de Maipú -que dirige Cathy
Barriga (UDI)- dará curso a una millonaria licitación para la recolección de
basura en la comuna. Y pese a que ya han pasado seis años, aún resuena el
escándalo que sacudió a las máximas autoridades locales en 2011 -edil y
concejales incluidos-luego de que estallara una investigación por cohecho,
malversación de caudales públicos y Fraude al Fisco en el marco de las
adjudicaciones para el servicio de tratamiento y relleno sanitario.
En esa causa están imputados por el supuesto pago de coimas
dos ex gerentes de la empresa KDM y las más altas autoridades edilicias de esa
época, entre ellos el ex alcalde de Maipú Christián Vittori, y también el ex
edil de Cerro Navia Luis Plaza, quienes perdieron la reelección en gran medida
debido al denominado “caso basura”
Pero cuando la Fiscalía Regional Metropolitana Occidente
presentó el viernes 5 la acusación, tras lo cual se preparará el juicio oral
para Vittori, Plaza y una serie de concejales y funcionarios públicos, hubo un
gran ausente: el ex gerente general y hoy director de la firma, Fernando León
Steffens.
Esa decisión hoy tiene al Ministerio Público enfrascado en
una dura disputa interna, debido a que la oferta a León que emanó del fiscal
regional José Luis Pérez Calaf no cumple los protocolos internos de la
fiscalía.
El miércoles 25 de abril, la fiscalía decidió ofrecerle al
ejecutivo una suspensión condicional del procedimiento, que fue aceptada por el
Noveno Juzgado de Garantía de Santiago. Este término judicial le permite a León
-formalizado por soborno y dos fraudes al Fisco- quedar sin condena y con sus
antecedentes penales limpios si en el plazo de un año cumple con las
condiciones fijadas por el Ministerio Público: el pago de $ 36 millones al
Estado, además de financiar un programa social de reciclaje de basura que
beneficiará a 2.500 hogares en Maipú. El costo de este plan, según se expuso en
la audiencia, es de $ 206 millones de pesos y se le dará seguimiento desde el
Dictuc de la Universidad Católica.
La propuesta de Pérez Calaf -quien lleva el caso- fue
respaldada por el Consejo de Defensa del Estado (CDE). Sin embargo, el
querellante, la Municipalidad de Maipú, se opuso a la salida alternativa. Así
quedó registrado en la audiencia donde ésta se dio a conocer y también en un
escrito de apelación ingresado esta semana y que hará que la corte santiaguina
intervenga en el polémico acuerdo.
Decisión inconsulta
En 2014, el entonces fiscal nacional, Sabas Chahuán, dictó
la instrucción general Oficio N° 699, que imparte criterios para la actuación
de fiscales en delitos de corrupción.
La idea era uniformar las actuaciones de los fiscales en la
persecución penal de delitos como cohecho y soborno, además de fraudes al
erario fiscal. “Se insta al íntegro y cabal cumplimiento de la presente
instrucción general, recordando que constituye normativa interna del Ministerio
Público”, se lee en la primera página del documento, que está disponible en la
página web de la institución. En el texto también se advierte que quien
incumpla el instructivo podrá ser afectado por un sumario y arriesga una sanción
administrativa.
En su página 11, la misma normativa interna asegura que en
este tipo de ilícitos (soborno, cohecho, fraude) la suspensión condicional se
debe aplicar “de forma excepcional, limitada y prudente”, considerando para
esto “lo delicado que resulta el bien jurídico protegido en estos delitos y las
repercusiones de este tipo de decisiones en relación a los fines preventivos de
la pena”.
El oficio agrega que los fiscales regionales que opten por
conceder esta salida alternativa deben cumplir con un requisito previo: “Se
deberá contar con un informe técnico favorable a ella confeccionado por la
Unidad Especializada Anticorrupción”.
En términos simples, se deberá hacer una consulta formal a
esa división de la Fiscalía Nacional.
Varias fuentes consultadas por Reportajes coincidieron en
que hasta el 25 de abril, cuando Pérez Calaf selló el acuerdo ante la jueza
Soledad Orellana, la Unidad Anticorrupción de la Fiscalía Nacional no había
sido consultada por la salida alternativa a León.
Pese a ello, el fiscal optó por conceder el acuerdo que
benefició al ex gerente de KDM y éste se selló en primera instancia. Sin
embargo, fue el municipio de Maipú el que frenó el término judicial para León.
El administrador municipal de Maipú, abogado Felipe Contreras,
explicó que “ante un acuerdo tan poco beneficioso para la víctima y
querellante, que es el municipio de Maipú, decidimos apelar”.
“Estamos hablando de un caso en que los erarios fiscales se
vieron afectados en más de mil millones, por lo que los términos de las
condiciones ya se alejan de los requerimientos de la víctima, en este caso la
municipalidad”, sostuvo el abogado. En su escrito de apelación, además,
Contreras asegura que “el Ministerio Público ha llegado a un acuerdo con el
imputado sin que se haya consultado previamente al municipio de Maipú. Esta
actuación es atentatoria contra el derecho que posee el municipio en el
cumplimento de sus obligaciones ambientales y sanitarias dentro de su
territorio jurisdiccional”. Y finaliza con una advertencia: “Llegaremos a la
corte para revertir estos términos, porque -además- Maipú ya cuenta con un
programa de reciclaje, por lo que la condición impuesta al imputado ya de por
sí genera problemas a la comuna y no podemos quedarnos con los brazos cruzados
ante esto”.
El abogado de León, Sergio Rodríguez, desestimó la apelación
del municipio señalando que “a Maipú lo representa el CDE. Las condiciones
impuestas significan un ahorro para la comuna y ningún costo. No entendemos los
argumentos de la municipalidad, salvo que actúe con criterios políticos”.
Además, presentó un recurso de hecho para deslegitimar la apelación del
querellante.
Acuerdo en entredicho
En el Código de Procedimiento Penal, para que se lleve a
cabo una suspensión condicional a un imputado, las penas que en concreto éste
arriesga no pueden superar los tres años de cárcel. Sin embargo, en el caso de
León su imputación es soborno (Artículo 250 del Código Penal, en relación al
Artículo 248 bis) y dos delitos de fraude al Fisco (Artículo 239, inciso número
3), por lo que -potencialmente- la pena que arriesga es de 15 años y un día a
20 años de cárcel.
En el mejor de los casos para León, aplicando atenuantes
calificadas de colaboración sustancial e irreprochable conducta anterior, sólo
puede rebajar su pena en hasta dos grados, por lo que no alcanzaría -según
penalistas consultados- el requisito de una salida alternativa, ya que se
supera el umbral de los tres años de cárcel. La fiscalía, en tanto, para llegar
al rango de la suspensión condicional habría rebajado en tres grados la pena,
lo que, según expertos, no se puede realizar en este caso.
El diputado Joaquín Lavín (UDI), también querellante del
caso, detalló que fue consultado por la fiscalía por este acuerdo y que
manifestó su rechazo. “Es verdaderamente impresentable que tras cinco años de
investigación este caso termine en una suspensión condicional del
procedimiento”. Agregó que “en tiempos donde la política está en el centro de
las críticas, la fiscalía también está llamada a cuidar las formas y aquí eso
no sucedió. Me parece grave y apoyaremos todos los recursos que busquen evitar
situaciones que instalan un dejo de impunidad en un caso como este”, expresó.
En la causa también hay otro gerente de KDM formalizado por
los mismos ilícitos que León. Se trata de José Miguel Gutiérrez, pero a éste,
según fuentes del caso, durante toda la investigación no se le ha ofrecido
salida alguna.
En los casos Penta y Corpesca, por existir imputaciones a
sus gerentes por delitos de cohecho, la fiscalía ha invocado la responsabilidad
de la persona jurídica. En el caso SQM, en tanto, si bien el Ministerio Público
aún no imputa este delito, existe una querella del CDE por esta figura. Pero en
el caso basura no se formalizó este ilícito a KDM durante el plazo de
investigación que se cerró el 25 de abril.
Consultada por este tema, la Fiscalía Nacional señaló que
“respecto de la suspensión condicional aplicada al señor Fernando León, no
emitiremos opinión por encontrarse esta salida sujeta a una resolución de la
Corte de Apelaciones de Santiago, por un recurso pendiente”.
Además de haber obviado un instructivo interno, la decisión
de Pérez Calaf podría tener implicancias para el resto de los imputados en la
causa. En particular sobre las entonces autoridades públicas -Vittori, Plaza y
el ex concejal Marcelo Torres- imputadas por cohecho.
Un magistrado consultado por el tema lo grafica así: “Si yo
fuera defensor alegaría por qué la fiscalía hizo una distinción con el privado
y no le otorgó la misma salida a ese empleado público, sin duda”.
A mediados de abril y, a petición del CDE, se comenzaron a
estudiar suspensiones condicionales en el caso para los otrora concejales
Carlos Jara y Carol Bortnick, las que sí fueron consultadas a la Unidad
Anticorrupción, como obliga el instructivo N° 699.
Por entonces había interés en el Comité Penal del CDE por ir
despejando algunos casos con salidas alternativas para llevar a funcionarios
públicos involucrados a juicio. Aunque la Unidad Especializada habría rechazado
esa vía, el fiscal Pérez lo ofreció en la misma audiencia del gerente de KDM
Fernando León. La jueza Soledad Orellana, en estos dos casos, no dio curso al
acuerdo. El viernes 5 se presentó la acusación del caso: para Torres se
pidieron más de 20 años; para Vittori, 16 años; para Plaza, 15 años y un día, y
para Gutiérrez, más de siete años de prisión.
En el caso de León -por estar la suspensión pendiente- se le
pidió una pena de más de siete años de cárcel.
Eventual inhabilidad
Después de haber competido sin éxito para ingresar a la
quina que definiría al fiscal nacional en 2015, José Luis Pérez fue el último
fiscal regional designado por el ex jefe del Ministerio Público, Sabas Chahuán.
En esa época ya estaba aprobada por el Senado la designación del actual jefe
del Ministerio Público, Jorge Abbott, y por deferencia a la buena relación de
éste con Pérez, Chahuán visó su nominación.
Pérez Calaf fue juez del Crimen y luego fiscal regional de
O’Higgins. Eso hasta 2007, cuando postuló a la Fiscalía Occidente y Chahuán
optó por Solange Huerta. La decisión hizo que el persecutor renunciara al
Ministerio Público. Pérez Calaf, entonces, se desempeñó como defensor privado,
lo que lo llevó a litigar contra la fiscalía durante ocho años.
Una nueva oportunidad en la Regional Metropolitana Occidente
se selló en noviembre de 2015. En marzo del año siguiente, y apenas asumido el
cargo -cuentan fuentes de la fiscalía que dirige-, Pérez representó una
eventual inhabilidad para que el caso basura se tramitara en su zona. La razón
era su estrecha amistad con el abogado Germán Cueto, defensor en la causa y
quien, incluso, lo habría asesorado en una causa personal. Otro punto habría
sido que uno de los imputados del caso, el concejal Marcelo Torres, quien
estuvo cerca de dos años en prisión preventiva, le habría solicitado asesoría
legal, acudiendo a su oficina de ese entonces junto a Cueto. Pese a todo esto,
Abbott rechazó su inhabilidad, e incluso, días después, lo designó a cargo del
caso que entonces era tramitado por Tania Mora.
Sobre este último punto, el Ministerio Público señaló a
Reportajes que “en relación a la posible inhabilidad del fiscal regional, en
oficio del 15 de marzo de 2016 se le hizo presente al fiscal nacional esta
situación, quien la rechazó expresamente, considerando que “los antecedentes
expuestos no caben dentro de ninguna de las causales de inhabilidad del Art.
55”. Además, en resolución de 21 de marzo de 2016, el fiscal nacional designó
al fiscal regional José Luis Pérez Calaf a cargo de la investigación del caso
basura, considerando la gravedad y complejidad de los hechos investigados.
TOMADO DE LA TERCERA DE CHILE
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